Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-10194)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico FV Ekienea de 125,9 MWp y 107,6 MWn, ubicado en el término municipal de Armiñón, y su infraestructura de evacuación en la provincia de Álava».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 68143

vertidos accidentales de sustancias peligrosas para el medio ambiente. En el plan se
especificará el protocolo de actuación para detener la fuente de contaminación y restituir
el medio contaminado a sus condiciones iniciales.
La Confederación Hidrográfica del Ebro indica que la traza de la LAT cruza varios
cauces: río Baias, arroyo de Los Moros, arroyo del Lago, arroyo Calcedo, erreka Bisoto y
varios barrancos innominados. Además, expone que con la implantación de la PSF se
prevé un incremento de probabilidad de daños por el aumento de la escorrentía en el
entorno agrícola o rural, debido a fenómenos erosivos por la pérdida de la capa
superficial del suelo. Por ello, señala que será necesario aplicar medidas relativas a la
reutilización de la capa de suelo vegetal para la regeneración vegetal y dotar de una red
de drenaje al conjunto de la PSF para canalizar la escorrentía de la zona hacia puntos de
desagüe natural. Igualmente, establece que se ha de evitar que la impermeabilización
del terreno por la implantación de la PSF pueda contribuir a incrementar la probabilidad
de daños por escorrentía en el entorno agrícola o rural.
Frente a estas consideraciones, el promotor confirma que la tierra vegetal que sea
necesario retirar para la ejecución de la instalación fotovoltaica, se acopiará de forma
selectiva para su reutilización en la restauración ambiental. Acerca de la
impermeabilización, el promotor indica que las zonas pavimentadas son mínimas,
limitándose a determinadas áreas de la SET y a los entronques previstos con la carretera
de la Diputación Foral de Álava, que requieren asfaltar, de modo que no se prevén
impermeabilizaciones relevantes en la parcela.
La citada Confederación Hidrográfica del Ebro señala que deberán tomarse todas las
medidas y precauciones necesarias tendentes a minimizar la significación de la posible
afección de la actuación proyectada sobre el medio hídrico en la zona de actuación,
garantizando que no se alterará significativamente la dinámica hidrológica de la zona y
asegurando, en todo momento, la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.
El promotor hace constar que el criterio general del proyecto es minimizar el
movimiento de tierras y alterar, en lo mínimo posible, la hidrología superficial existente e
incluye medidas, que se describen a lo largo de su documento de respuesta, que
permiten garantizar que no se alterará, significativamente, la dinámica hidrológica de la
zona, asegurando la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.
Respecto a las aguas subterráneas, el Servicio de Desarrollo Agrario de la Dirección
de Agricultura de la Diputación Foral de Álava indica que la modalidad de colocación de
los paneles no supondrá afección sobre los acuíferos, no obstante, considera que se
requiere un estudio pormenorizado de afección a aguas superficiales por inclemencias
meteorológicas adversas a consecuencia de las actuaciones que puedan cambiar la
orografía. Asimismo, indica que no debe suceder lo que ocurre en el parque fotovoltaico
Ekian (situado en las inmediaciones de la PSF Ekienea), el cual requiere intervenciones
para evitar daños en parcelas colindantes. El promotor manifiesta su conformidad en el
escrito de contestación remitido.
Con respecto a los rellenos y vertidos, la Confederación Hidrográfica del Ebro
informa que se ha de garantizar la no afección a cursos de aguas superficiales y masas
subterráneas por vertidos contaminantes que puedan realizarse durante la fase de
construcción, así como una vez finalizadas las obras, a lo que el promotor manifiesta que
no se prevé ningún tipo de vertido procedente de la operación de la planta. Sobre las
aguas subterráneas, el promotor hace constar que el apoyo de la estructura fotovoltaica
será preferentemente mediante hinca directa, pudiéndose requerir en determinadas
ocasiones la ejecución de pre-drilling o micropilote.
Por otro lado, en cuanto al uso del agua, la Confederación Hidrográfica del Ebro
informa que la PSF se emplaza sobre parcelas de regadío de varias Comunidades de
Regantes, en unas parcelas pertenecientes al sistema «Omecillo» e indica que puesto
que la implantación de la PSF implica un cambio de uso del terreno, en caso de
autorización del proyecto, se deberá comunicar dicha circunstancia a la Comunidad de
Regantes con objeto de eliminar esas parcelas de la superficie regable de esa
Comunidad, que debe solicitar a la Confederación Hidrográfica del Ebro la modificación

cve: BOE-A-2025-10194
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