Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-11439)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 29 y 30 de mayo de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 74677
adopción. Consúltese el manual administrativo en la Intranet, en la sección «cobertura
médica y social».
4.1
Informar al departamento.
Tanto si se está en poder de un justificante médico inicial como si se deja de acudir al
trabajo por enfermedad sin contar con un justificante, lo primero que debe hacerse es
informar al jefe del departamento, o al responsable de recibir dicha información en ese
departamento, durante la primera media jornada de ausencia del trabajo.
Además, es posible que deba informarse también a la Administración de origen si así
se hubiera acordado antes de la adscripción en comisión de servicio.
4.2
Justificante médico.
Deberá cumplimentarse el justificante de forma completa y legible (con apellido y
nombre, domicilio donde pueda ser visitado, etc.).
Dependiendo del plan de seguro médico, se enviará el justificante a la dirección
correspondiente:
Si el interesado está cubierto por la Seguridad Social francesa (la cobertura de
seguridad social ha sido transferida al sistema francés).
Páginas 1 y 2 del justificante:
Deberán enviarse al fondo de seguro médico (CPAM) en el plazo de 48 horas desde
la expedición del justificante. El incumplimiento de esta norma puede suponer que se
deniegue el derecho a la prestación por enfermedad (artículos L 321-2 y R 615-69 del
Código de la Seguridad Social).
Página 3 del justificante:
Deberá enviarse directamente al Departamento de Recursos Humanos de la
Administración de origen en el plazo de 48 horas, tras comprobar que la información
pertinente (apellido, nombre, fechas, número de asegurado, etc.) es legible. Si no lo es,
debe añadirse una nota. En algunos casos, la Administración podrá reclamar una
compensación al sistema nacional de Seguridad Social del interesado.
Si el interesado está asegurado por una póliza privada o a través de un plan de su
empleador (véase supra):
Debe consultarse a la Administración de origen las gestiones a realizar.
En todos los casos, debe enviarse una copia del justificante médico (página 3, en el
caso de los justificantes médicos expedidos en Francia) a la Unidad de Seguridad Social
y Pensiones (Dirección de Recursos Humanos, Consejo de Europa), a la dirección
assurances.sociales@coe.int, en el plazo de 48 horas.
– incluir en la línea del asunto «APELLIDO Nombre, Código COE-Justificante
médico desde el dd/mm/aaaa hasta el dd/mm/aaaa»;
– añadir el justificante médico como documento adjunto (y no en el cuerpo del
mensaje);
– indicar en el cuerpo del mensaje cualquier información adicional, como si se
trabajó o no el día en el que se expidió el justificante; y
– añadir el formulario de la declaración si el justificante se expide fuera de Francia.
cve: BOE-A-2025-11439
Verificable en https://www.boe.es
Para facilitar la tramitación, deberá enviarse una copia completa y legible del
justificante médico en formato PDF, asegurándose de:
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 74677
adopción. Consúltese el manual administrativo en la Intranet, en la sección «cobertura
médica y social».
4.1
Informar al departamento.
Tanto si se está en poder de un justificante médico inicial como si se deja de acudir al
trabajo por enfermedad sin contar con un justificante, lo primero que debe hacerse es
informar al jefe del departamento, o al responsable de recibir dicha información en ese
departamento, durante la primera media jornada de ausencia del trabajo.
Además, es posible que deba informarse también a la Administración de origen si así
se hubiera acordado antes de la adscripción en comisión de servicio.
4.2
Justificante médico.
Deberá cumplimentarse el justificante de forma completa y legible (con apellido y
nombre, domicilio donde pueda ser visitado, etc.).
Dependiendo del plan de seguro médico, se enviará el justificante a la dirección
correspondiente:
Si el interesado está cubierto por la Seguridad Social francesa (la cobertura de
seguridad social ha sido transferida al sistema francés).
Páginas 1 y 2 del justificante:
Deberán enviarse al fondo de seguro médico (CPAM) en el plazo de 48 horas desde
la expedición del justificante. El incumplimiento de esta norma puede suponer que se
deniegue el derecho a la prestación por enfermedad (artículos L 321-2 y R 615-69 del
Código de la Seguridad Social).
Página 3 del justificante:
Deberá enviarse directamente al Departamento de Recursos Humanos de la
Administración de origen en el plazo de 48 horas, tras comprobar que la información
pertinente (apellido, nombre, fechas, número de asegurado, etc.) es legible. Si no lo es,
debe añadirse una nota. En algunos casos, la Administración podrá reclamar una
compensación al sistema nacional de Seguridad Social del interesado.
Si el interesado está asegurado por una póliza privada o a través de un plan de su
empleador (véase supra):
Debe consultarse a la Administración de origen las gestiones a realizar.
En todos los casos, debe enviarse una copia del justificante médico (página 3, en el
caso de los justificantes médicos expedidos en Francia) a la Unidad de Seguridad Social
y Pensiones (Dirección de Recursos Humanos, Consejo de Europa), a la dirección
assurances.sociales@coe.int, en el plazo de 48 horas.
– incluir en la línea del asunto «APELLIDO Nombre, Código COE-Justificante
médico desde el dd/mm/aaaa hasta el dd/mm/aaaa»;
– añadir el justificante médico como documento adjunto (y no en el cuerpo del
mensaje);
– indicar en el cuerpo del mensaje cualquier información adicional, como si se
trabajó o no el día en el que se expidió el justificante; y
– añadir el formulario de la declaración si el justificante se expide fuera de Francia.
cve: BOE-A-2025-11439
Verificable en https://www.boe.es
Para facilitar la tramitación, deberá enviarse una copia completa y legible del
justificante médico en formato PDF, asegurándose de: