Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-11439)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 29 y 30 de mayo de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
4.3
Sec. I. Pág. 74678
Ausencia sin justificante.
En lo que respecta al Consejo de Europa, no es necesario enviar ningún justificante
médico si la ausencia por enfermedad oscila entre media jornada y jornada y media
(máximo). No obstante, si las ausencias sin justificante médico suman un total de más
de 4 días en un año natural, las posteriores ausencias sin justificar durante ese año se
deducirán del permiso anual.
No obstante, la Unidad de Seguridad Social y Pensiones recuerda que esto no
significa que se tenga derecho a 4 días adicionales de permiso anual y recomienda que,
en caso de acudir al médico, se pida un justificante si es necesario. Se recuerda que, de
cualquier modo, deberá informarse al departamento de tales incidencias, ya desde la
primera media jornada en que se deje de acudir al trabajo.
Además, en caso de estar enfermo un viernes y al lunes siguiente, se computará
como una ausencia de 4 días, por lo que deberá aportarse un justificante médico, al
menos, para el lunes.
4.4
Justificantes médicos expedidos en el extranjero.
En caso de obtenerse un justificante médico durante un viaje al exterior (en viaje
oficial o de vacaciones), deberá informarse inmediatamente a la Unidad de Seguridad
Social y Pensiones.
Además, se añadirá una breve nota explicativa de las circunstancias y del periodo
cubierto, junto con el apellido, nombre y número de identidad y de asegurado
(especialmente si el justificante está redactado en un idioma distinto del inglés o el
francés). Se consignarán también su dirección y número de teléfono.
A continuación, se seguirá el procedimiento previsto en el apartado 4.2.
5.
Datos de contacto en la Dirección de Recursos Humanos
Se recuerda que los siguientes miembros del personal están a disposición del
interesado si necesita asistencia o tiene dudas.
Asistencia en caso de registrarse en la seguridad social francesa:
Unidad de Seguridad Social y Pensiones.
Despacho: Palais 4095.
Teléfono: + 33 (0)3 88 41 29 92.
Correo electrónico: assurances.sociales@coe.int
Trabajador social:
cve: BOE-A-2025-11439
Verificable en https://www.boe.es
Despacho: Palais 4090.
Teléfono: + 33 (0)3 88 41 24 41.
Correo electrónico: manon.genay@coe.int/conseil.social@coe.int
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
4.3
Sec. I. Pág. 74678
Ausencia sin justificante.
En lo que respecta al Consejo de Europa, no es necesario enviar ningún justificante
médico si la ausencia por enfermedad oscila entre media jornada y jornada y media
(máximo). No obstante, si las ausencias sin justificante médico suman un total de más
de 4 días en un año natural, las posteriores ausencias sin justificar durante ese año se
deducirán del permiso anual.
No obstante, la Unidad de Seguridad Social y Pensiones recuerda que esto no
significa que se tenga derecho a 4 días adicionales de permiso anual y recomienda que,
en caso de acudir al médico, se pida un justificante si es necesario. Se recuerda que, de
cualquier modo, deberá informarse al departamento de tales incidencias, ya desde la
primera media jornada en que se deje de acudir al trabajo.
Además, en caso de estar enfermo un viernes y al lunes siguiente, se computará
como una ausencia de 4 días, por lo que deberá aportarse un justificante médico, al
menos, para el lunes.
4.4
Justificantes médicos expedidos en el extranjero.
En caso de obtenerse un justificante médico durante un viaje al exterior (en viaje
oficial o de vacaciones), deberá informarse inmediatamente a la Unidad de Seguridad
Social y Pensiones.
Además, se añadirá una breve nota explicativa de las circunstancias y del periodo
cubierto, junto con el apellido, nombre y número de identidad y de asegurado
(especialmente si el justificante está redactado en un idioma distinto del inglés o el
francés). Se consignarán también su dirección y número de teléfono.
A continuación, se seguirá el procedimiento previsto en el apartado 4.2.
5.
Datos de contacto en la Dirección de Recursos Humanos
Se recuerda que los siguientes miembros del personal están a disposición del
interesado si necesita asistencia o tiene dudas.
Asistencia en caso de registrarse en la seguridad social francesa:
Unidad de Seguridad Social y Pensiones.
Despacho: Palais 4095.
Teléfono: + 33 (0)3 88 41 29 92.
Correo electrónico: assurances.sociales@coe.int
Trabajador social:
cve: BOE-A-2025-11439
Verificable en https://www.boe.es
Despacho: Palais 4090.
Teléfono: + 33 (0)3 88 41 24 41.
Correo electrónico: manon.genay@coe.int/conseil.social@coe.int