Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-11439)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 29 y 30 de mayo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 74679

ANEXO F
Asunto: Información relativa a los viajes oficiales realizados a cargo
de la Organización por miembros del personal, expertos u otras personas
XII. Características principales
El seguro de viajes oficiales CHARTIS (antes AIG EUROPE) cubre los riesgos
específicos que conllevan los desplazamientos realizados a cargo de la Organización por
miembros del personal, expertos u otras personas.
Número de póliza de CHARTIS: 2.004.761.
Teléfono 24 h de CHARTIS:
Tel.: +32 3 253 69 16.
Fax: +32 3 252 69 58.
XIII.

Condiciones de validez

La póliza es válida, independientemente del medio de transporte, siempre que el
beneficiario tenga una orden de desplazamiento (con o sin gastos) o una carta de
invitación que haga referencia a CHARTIS. La referencia incluida en la orden de
desplazamiento o carta de invitación deberá ser la siguiente:
«Los riesgos específicos relativos a este viaje están cubiertos por una póliza
CHARTIS (número 2.004.761), que proporciona cobertura hasta que el interesado
cumpla 76 años. En caso de necesidad puede contactarse con el siguiente teléfono de
asistencia 24 h de CHARTIS: + 32 3 253 69 16. No es necesario contratar una póliza
complementaria, que en ningún caso será reembolsada por el Consejo de Europa.»
No será necesario adoptar ninguna otra medida, pero es fundamental que la orden
de desplazamiento, carta de invitación o contrato de servicio con un tercero incluyan el
texto anterior. Compruébese que aparece reproducido en los documentos entregados a
las personas que realicen viajes oficiales en nombre de la Organización.
XIV.

Principales incidencias cubiertas

Los gastos médicos por enfermedades sobrevenidas o accidentes durante un viaje
oficial para el Consejo de Europa siguen estando cubiertos en la mayoría de los casos
por el sistema básico de atención médica y seguridad social al que pertenecen los
asegurados en sus países de residencia.
La póliza CHARTIS no pretende sustituir esos sistemas básicos de atención médica,
sino que se ha negociado a fin de ofrecer garantías complementarias específicas para
los viajes. Por lo tanto, los viajeros siempre deberán obtener, en primer lugar, un
reembolso de su sistema básico (Van Breda, en el caso del personal) y, después, si es
necesario, solicitar a CHARTIS el reembolso adicional que corresponda.
En caso de un problema médico grave y antes de contraer un gasto
considerable, es fundamental que los viajeros contacten con la compañía
aseguradora (teléfono: +32 3 253 69 16) para aclarar las modalidades de asistencia.
La decisión de repatriación por motivos médicos corresponderá exclusivamente a la
aseguradora. Si el personal o los expertos deciden regresar a su país de origen para
recibir asistencia médica sin la aprobación previa del servicio de atención 24 h de
CHARTIS, no se les reembolsará el precio abonado por los billetes de avión.

cve: BOE-A-2025-11439
Verificable en https://www.boe.es

Gastos médicos/repatriación