Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11510)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del «Proyecto de repotenciación de línea eléctrica a 132 KV, simple circuito, ST Calasparra-ST Hellín. Tramo apoyo 1031-ST Hellín (Murcia y Albacete)».
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75102

16. En caso de producirse descuajes o daños sobre el ramaje de la vegetación a
preservar, deberá realizarse la poda correcta de las ramas dañadas y aplicar después
pastas cicatrizantes en caso de ser de consideración, evitando así la entrada de
elementos patógenos y humedad.
17. Se procederá a la poda, siempre que sea posible, en lugar de la tala de
vegetación arbórea. En cualquier caso, previo al inicio de los trabajos de tala, poda y
desbroce se solicitará el correspondiente permiso al órgano competente de la comunidad
autónoma correspondiente.
18. Siempre que sea técnicamente viable, se evitará la corta del arbolado situado
bajo el tendido eléctrico, de tal manera que las distancias de seguridad entre
conductores y vegetación se alcancen elevando la cota de los cables o podando las
ramas críticas, excepto cuando el estrato arbóreo esté constituido por especies de
crecimiento rápido o de desarrollo elevado.
19. Las comunidades vegetales afectadas por la ocupación temporal de las
infraestructuras o instalaciones del proyecto deberán ser restauradas o recuperadas, en
las mismas superficies en las que se produjo la degradación, mediante la preparación o
acondicionamiento del suelo (descompactación, extendido de la tierra vegetal y
restitución morfológica del terreno) e implantación de vegetación con la misma
composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la
progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente.
20. Respecto a los HIC y a las formaciones vegetales de interés (espartal,
albardinal, pinar y vegetación de ribera) afectados de forma permanente, se llevará a
cabo la compensación y/o mejora del estado de conservación, mediante enriquecimiento
de especies propias del hábitat, incremento de densidad, etc., de áreas actualmente
degradadas o con un bajo grado de conservación de dicho hábitat en el entorno de la
actuación, en coordinación con el órgano autonómico competente, de forma que la
superficie finalmente compensada y/o mejorada sea igual a la superficie afectada.
21. Se elaborará y desarrollará un protocolo de erradicación y control de flora
alóctona invasora que integre actuaciones específicas y que incluya el seguimiento de
las zonas afectadas temporalmente por las obras.
22. Tanto durante la ejecución de las obras como durante la fase de explotación, se
tendrán en cuenta todas las medidas encaminadas a la prevención de incendios
forestales establecidas en la normativa autonómica vigente.

23. Se realizará una prospección de la zona de obras por personal técnico
especializado, de manera previa a la ejecución de las obras, con el fin de determinar la
existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de detectarse, se pondrá en
conocimiento del Agente Medioambiental de la zona o al órgano autonómico
competente.
24. Previo al inicio de los trabajos, se establecerá un calendario de obras, en el que
se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
especies protegidas. Se evitarán los desbroces, movimientos de tierras y actividades
más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.
En todo caso, no se realizará ninguna actuación en el área crítica de águila
perdicera, y un área de influencia de al menos 2 km, durante su periodo reproductivo, de
diciembre a junio, ambos inclusive. Por otra parte, de acuerdo con el informe de la
Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia, para evitar molestias a los
nidos de halcón peregrino y búho real durante su época de reproducción (de 15 de
febrero a 30 de junio y de 1 de noviembre a 31 de mayo, respectivamente) se deberá
respetar una distancia de seguridad de 1.000 m, que se reducirá a 500 m si el nido se
encuentra en la vertiente opuesta.
25. Si durante la ejecución de las obras se detectara la presencia de alguna
especie incluida en los Catálogos de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha o
Murcia que pudiera verse afectada por las mismas, se estará a lo dispuesto por el

cve: BOE-A-2025-11510
Verificable en https://www.boe.es

Fauna: