Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-12580)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 82046

5.6 En el caso de que los miembros de las comisiones sean catedráticos de
cuerpos docentes o catedráticos permanentes laborales, deberán haber obtenido el
reconocimiento, al menos, de dos periodos de actividad investigadora. En el caso de que
sean profesorado titular o agregado, deberán haber obtenido como mínimo uno de los
periodos referidos. En cualquier caso, el último periodo se deberá haber reconocido en
los últimos diez años.
5.7 Si los miembros de las comisiones son profesorado universitario, deberán tener,
al menos, dos tramos de docencia autonómicos (en su defecto, se tendrán en cuenta los
tramos de docencia estatales). En cualquier caso, el último periodo se deberá haber
reconocido en los últimos diez años.
5.8 Si los miembros de las comisiones han hecho la carrera académica fuera del
sistema universitario español, la comisión de profesorado de la facultad deberá
comprobar que tienen méritos equivalentes a los anteriores y, a este efecto, deberá
considerar el mínimo de publicaciones indexadas o reconocidas que se requieran en su
ámbito por tramo de investigación y por tramos posibles según su carrera académica.
5.9 Con el objetivo de garantizar la transparencia y la objetividad en el
nombramiento de los miembros de las comisiones, la UB publicará el contenido del
currículum de los miembros en la Sede electrónica.
5.10 No se podrá renunciar al nombramiento como miembro de una comisión, a
menos que haya una causa justificada que impida actuar. En todo caso, la renuncia
deberá comunicarse al vicerrectorado adjunto al rector y de Personal Docente e
Investigador en los diez días hábiles posteriores a la publicación del nombramiento o en
cuanto se conozca la causa. La apreciación de la causa alegada corresponderá al
vicerrector adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador, por delegación del
rector, y es también quien deberá resolverla en el plazo máximo de diez días hábiles.
5.11 A los miembros de las comisiones les serán aplicables los supuestos de
abstención y recusación establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En caso de que se dé alguno de los
supuestos establecidos, las personas interesadas deberán abstenerse de actuar en la
comisión y manifestar el motivo.
Expresamente, los miembros nombrados deberán declarar sus posibles conflictos de
intereses teniendo en cuenta la normativa que les sea aplicable y, en su caso, renunciar
a formar parte de la comisión. El conflicto de intereses motivará la renuncia cuando se dé
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Haber sido coautor o coautora de publicaciones o patentes en los últimos seis años.
b) Haber tenido una relación contractual o ser miembro de los equipos de
investigación que participan en proyectos o contratos de investigación conjuntamente
con esta persona.
c) Ser o haber sido director o directora de la tesis doctoral, defendida en los últimos
seis años.
5.12 En caso de que se acepte la renuncia, la abstención o la recusación en un
momento anterior al inicio de las pruebas, actuará el miembro suplente.
5.13 En caso de que, a consecuencia de las renuncias, las abstenciones, las
recusaciones u otras circunstancias, sea necesario nombrar nuevos miembros de las
comisiones, se nombrarán por resolución del rector, la cual se hará pública en la Sede
electrónica de la UB.
5.14 La composición de la comisión resultante, una vez realizadas las sustituciones
necesarias, deberá continuar garantizando el equilibrio entre mujeres y hombres previsto
en la base 5.1.
6.

Tramitación del concurso

6.1 El procedimiento del concurso deberá permitir valorar la capacidad docente e
investigadora probada de las personas candidatas a profesorado titular de universidad.

cve: BOE-A-2025-12580
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 148