Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-12664)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Alcudia Solar" (67,39 Mwp) y equipamiento de la posición en 30 kV en la SET Doña María 132/30 kV, en el t.m. de Montoro (Córdoba)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 82496

(23) Se deberá elaborar un calendario o cronograma de actuaciones concretas,
especificando su localización en la zona de actuación. Las obras de instalación y
desmantelamiento se realizarán, desde septiembre a febrero de cada año natural para
evitar que se solapen con la reproducción de las principales especies presentes en la
zona. En caso de que fuera necesario realizar las obras en dicho periodo, se solicitará
autorización al organismo autonómico competente en biodiversidad, previa prospección
de fauna que descarte las posibles molestias sobre la reproducción de especies de fauna
protegida.
(24) Se adoptarán las medidas necesarias para que las obras asociadas al
soterramiento de las líneas eléctricas y otras infraestructuras no afecten por
atrapamiento a las especies de reptiles, anfibios u otros vertebrados propios de la zona,
mediante, la colocación de rampas adecuadas, comprobación por personal cualificado
de zanjas antes de su tapado, etc.
(25) Se moderará la velocidad de los vehículos controlando que no superen los 20
km/h y no se realizarán trabajos nocturnos.
(26) La iluminación nocturna de las plantas y de las subestaciones se limitará a los
elementos que resulten imprescindible por razones de seguridad, emergencia o por
requerimiento normativo. En ese caso, se contemplará la reducción del número de
luminarias al mínimo imprescindible, el uso de sistemas de iluminación de más alta
eficiencia, la regulación del encendido e intensidad a la demanda real, evitando la
proyección de la luz directa hacia el cielo, o proyecciones que supongan reflejos y se
emplearán lámparas que minimicen la atracción de lepidópteros.
(27) Se evitarán las alarmas por reproducción de avisos sonoros, salvo las que
sean obligatorios de acuerdo con la normativa de prevención de incendios.
(28) El cerramiento perimetral se instalará de forma que englobe la mayor parte de
recintos posible.
(29) No se permite el uso de productos químicos tales como insecticidas,
rodenticidas, etc., salvo autorización excepcional de Servicio de Geodiversidad y
Biodiversidad de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, por causa justificada.
(30) Las calles entre filas de paneles fotovoltaicos deben mantener una anchura
mínima de 8 metros. En caso de no ser posible cumplir esta exigencia en toda la
superficie, debe garantizarse que, al menos, el 25 % de cada recinto (A, B y C) cuente
con una separación mínima de 8 metros entre filas de paneles, lo que implica que una de
cada cuatro filas mantenga dicha distancia. Cuando la implantación no supere las 7 filas,
podrá prescindirse de estas separaciones internas si se asegura una franja perimetral
continua de 8 metros de anchura, incluyendo en ella los caminos de acceso. Asimismo,
en recintos con superficie libre suficiente bajo la cerca perimetral que represente, al
menos, el 25 % del total, se admitirá una separación de 8 metros entre una de cada diez
filas. En este caso, si hay menos de 10 filas, se aplicará el mismo criterio que en el caso
anterior.
(31) En caso de que fuera necesaria la aplicación de medidas para el control de
conejos, consistirán en la realización de batidas para su captura y suelta en áreas de
campeo de rapaces, en coordinación con el organismo autonómico competente en medio
natural y biodiversidad.
(32) Se prohibirá el acceso al interior, el taponamiento de las entradas y el uso de
maquinaria en las inmediaciones del refugio de Rhinolophus ferrumequinum (murciélago
grande de herradura) localizado a 126 metros del límite del proyecto. Igualmente, se
evitará la realización de desbroces u otras actividades que generen molestias en las
proximidades. Estas medidas se aplicarán durante toda la fase de obras y explotación.
(33) En la zona sur de la PSFV, se instalarán nidos diseñados específicamente
para favorecer la cría de la carraca europea. Asimismo, en las zonas norte y sur se
instalarán cajas nido destinadas al cernícalo vulgar y a rapaces nocturnas de pequeño y
mediano tamaño, como la lechuza. La elección del diseño y la ubicación de las cajas
nido para cada especie se realizará de acuerdo con las mejores opciones disponibles,

cve: BOE-A-2025-12664
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Núm. 149