Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-12664)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Alcudia Solar" (67,39 Mwp) y equipamiento de la posición en 30 kV en la SET Doña María 132/30 kV, en el t.m. de Montoro (Córdoba)».
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 82497

garantizando la efectividad y adecuación a las necesidades de cada especie. Las cajas
nido instaladas dispondrán de sistema antidepredador.
(34) Se instalará al menos un edificio polivalente, preferentemente en la zona norte,
para la cría de cernícalo primilla, lechuza y otras rapaces de pequeño y mediano tamaño,
murciélagos, etc.
(35) La instalación de cajas nido y edificio polivalente se ajustará a parámetros de
densidad óptimos para las especies.
(36) Se diseñarán los bebederos de forma que, en la medida de lo posible, se evite
que las deyecciones de la fauna caigan en el agua.
(37) Se utilizarán en los majanos, materiales de mayor durabilidad, como los tubos
de hormigón usados en el modelo «majano de tubo» instalados en las zonas de
reintroducción de lince ibérico. La ubicación de los majanos deberá ser la más idónea
para el conejo, evitando zonas umbrías y húmedas. La ubicación de los majanos se
realizará, preferiblemente, en áreas críticas de lince ibérico o águila imperial, en
coordinación con el organismo autonómico competente en medio natural y biodiversidad.
(38) Se implementarán medidas correctoras en las balsas de agua del entorno.
Estas medidas incluirán la instalación de rampas u otros dispositivos que faciliten el
acceso y la salida de fauna silvestre en los puntos de agua.
(39) Se fomentará la nidificación de águila imperial mediante la plantación de
especies arbóreas autóctonas adecuadas (como chopos, fresnos y olmos),
especialmente en zonas de campiña. Además, se promoverá la instalación de nidales
artificiales en el arbolado disponible o, en su caso, la creación de «árboles artificiales»
que sirvan como soporte para la reproducción de esta especie. No se fomentará la
nidificación de águila imperial en zonas con presencia potencial de sisón y en el ámbito
afectado por las medidas compensatorias destinadas a la protección de dicha especie.
(40) Se desarrollará y aplicará un Programa de Medidas Agroambientales para el
fomento y la protección de las aves esteparias en las 16,20 ha situadas junto al proyecto
y en un área de 52,25 ha, durante toda la vida útil de la planta fotovoltaica hasta su
desmantelamiento definitivo.
Se seleccionarán terrenos de especial interés con presencia o potencialidad para
albergar especies de avifauna esteparia (parcelas dedicadas a la agricultura de
herbáceas en secano), en una zona continua y compacta lo más cercana posible al
proyecto, dentro del área de distribución y donde sea viable ambientalmente aplicar las
actuaciones. También podrán seleccionarse parcelas que sean colindantes con hábitats
esteparios existentes y parcelas que mejoren la conectividad, siempre que el área de
compensación forme una mancha continua.
En el área de compensación, se llevarán a cabo actuaciones de gestión
agroambiental mediante compra directa de terrenos, o bien iniciativas de custodia del
territorio como convenios o contratos de arrendamiento, en los que se obtendrá el
compromiso expreso de los titulares de dichas parcelas para su realización, se
especificarán las medidas concretas a realizar y se establecerán las condiciones para la
compensación de rentas que, en todo caso, serán sufragadas por el promotor.
Las medidas agroambientales a llevar a cabo, así como las parcelas concretas de
aplicación, los costes de las mismas y los acuerdos con los propietarios se detallarán en
el Programa mediante una propuesta de actuaciones para cada año venidero, el cual
deberá ser remitido al Servicio de Geodiversidad y Biodiversidad de la Delegación
Territorial en Córdoba para su conocimiento con carácter previo a la ejecución del
proyecto, quien podrá establecer medidas o condiciones adicionales. Cualquier
modificación de esta medida (superficies, beneficiarios, renovación o caducidad de
acuerdos o convenios, etc.) será comunicada a dicho organismo.
Las medidas agroambientales estarán encaminadas a favorecer la extensificación
agrícola (reducción del uso de agroquímicos, rotación de cultivos con barbechos de
media-larga duración, mantenimiento de lindes), así como a la creación de una
estructura de hábitat propicia para el desarrollo de las especies afectadas, destinando
distintas superficies a su refugio, a la obtención de alimento, a la reproducción y

cve: BOE-A-2025-12664
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 149