Administración Local. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-12804)
Resolución de 11 de junio de 2025, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración, como bien de interés cultural, del yacimiento arqueológico Vilar de Talapi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 83426

En Aramburu-Zabala, Javier: Inventario arqueológico de Mallorca. Sa Pobla. Junio,
2018. Revisado, noviembre 2024. Lo fecha con cronología talayótica, balear y romana; y
lo sitúa, sin estructuras, en la parcela 352.
El informe sobre el yacimiento arqueológico del Velar de Talapi polígono 15
parcela 352–Sa Pobla, firmado por el arqueólogo José Jorge Argüello Menéndez se dice:
– La Carta Arqueológica (Maizara, et al. 1989) localiza cerámica prehistórica,
romana y cristiana. Aramburu (2005 y 2018) identifica bordes talayóticos, de ánforas
pitoides, púnica-ebusitanes (PE-17, PE-18, PE-24, PE25), grecoitálicas y de Dressel 1
y 2/4, además de un fragmento de sigilada clara. El 2017 miembros de la asociación
localizamos en superficie cerámica púnica, romana (sigilada itálica de Arezzo con la
inscripción CN ATEI) e islámica.
El informe concluye: Parece evidente que el yacimiento arqueológico se más extenso
de lo que se planteaba. Su delimitación dentro de la parcela solo es posible con una
prospección intensiva. Por lo que respeta en la afectación causada por las zanjas
abiertas, es posible la limpieza de los cortes para evaluación de la estratigrafía y
presencia de materiales arqueológicos o la realización en lo caso de que se considere
necesario de catas.
En lo referente a la vivienda y aljibes, cuya excavación ya fue realizada, no es
posible una observación superficial. La identificación de laso características de la
estratigrafía cortada solo es posible con trabajo de excavación arqueológica.
En lo que respeta a las terreras se debe indicar la presencia de un material
arqueológico de época altoimperial y de la Edad de Hierro, numeroso y no rodado.
Añadir a esta memoria histórica las visitas, los días 25 de junio y 2 de julio de 2024,
del técnico y jefe de servicio Jaume Cardell Perelló y del técnico Ferran J. Tarongí Vilaseca, que como consta en el informe técnico de 4 de julio de 2024, se comprobó de
manera fehaciente que en la totalidad de la parcela 352 del polígono 15 del término
municipal de Sa Pobla hay restos arqueológicos que son susceptibles de ser estudiadas
con metodología arqueológica. Se trata de materiales cerámicos de la edad del hierro, de
época púnica y romana, además de materiales más modernos. El material a su vez de
origen púnico-ebusitano que observamos es de origen anfórico. Con respecto al material
romano la presencia de contenedores anfóricos es del todo patente. Pero además, hay
que destacar la presencia de vajilla alta imperial (tierra sellada itálica e hispánica) y de
cerámica de cocina, indicativo de un lugar habitado. Apoya este planteamiento la
presencia de tégula en superficie.
La ausencia de estructuras visibles no quita en absoluto valor al yacimiento. Su
importancia reside en el estudio de las diferentes unidades estratigráficas, que de la
prospección ocular hecha en superficie es complicado para no decir imposible
determinar su alcance. Tampoco se puede descartar la presencia de estructuras en el
subsuelo.
En cualquier caso estamos delante de un lugar donde indudablemente hay restos
materiales, muebles y posiblemente inmuebles, fruto de la intervención humana, que son
susceptibles de ser estudiados con la metodología arqueológica que además de la
categoría de monumento puede ser declarada zona arqueológica. En este sentido y con
independencia de la resolución de este expediente, creemos necesario proceder a la
delimitación del Bien de Interés Cultural que ahora nos ocupa. En cualquier caso,
tenemos que decir que la totalidad de la parcela 352 del polígono 15 del término
municipal de Sa Pobla se ve afectada por la presencia de materiales arqueológicos. En
este sentido se contempló la posibilidad de desplazamiento de las construcciones en
curso sin ningún resultado. La afectación es a la totalidad de la Parcela.
La historiografía existente sobre este yacimiento no hace otra cosa que manifestar su
importancia. Sin lugar a dudas es un yacimiento destacable para la comprensión del
mundo rural en época talayótica y romana.
También se localizó el mismo tipo de cerámica en la parcela 351 y en los márgenes
de las parcelas 351, 352 y 354.

cve: BOE-A-2025-12804
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Núm. 150