Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-12785)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Conducción de abastecimiento a Adra desde la desaladora de Campo de Dalías (Almería)».
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83260
influencia de 1.500 m para el águila perdicera, si bien, el trazado previsto se localiza a
más de 1 km de distancia de la zona de desarrollo y cría de dicha especie.
El documento ambiental indica que la realización de la zanja puede producir cierto
efecto barrera para pequeños y medianos vertebrados en zonas cercanas a vegetación
natural, como el cerro Aljibe Calado, la rambla de Balanegra o la ZEC «Río Adra»,
siendo posible afectar temporalmente a especies de interés como el erizo moruno, sapo
corredor y eslizón ibérico.
Para la protección de la fauna, el documento ambiental contempla, entro otras, las
siguientes medidas:
– Se planificarán las tareas más ruidosas de las obras, como desbroce y excavación,
fuera del periodo reproductor para la fauna más sensible (del 15 de marzo al 15 de junio)
en las zonas que discurran próximas a terrenos con vegetación natural, especialmente
en el entorno de la rambla de Balanegra y el cerro Aljibe Calado, evitando que se
produzcan alteraciones sobre las comunidades faunísticas.
– En caso de localizar nidos o camadas de especies de fauna, se pararán las
actividades y se informará a los organismos o servicios de la administración competente,
para que dispongan las actuaciones necesarias para su manipulación o traslado.
– Se limitará el tiempo de apertura de zanja; se balizarán las zonas cercanas a la
vegetación natural en el cerro Aljibe Calado, la rambla de Balanegra y la ZEC «Río
Adra» para evitar caída de animales; se evitarán los taludes verticales en los extremos
de inicio y final de los tramos de zanja abierta, para facilitar la salida de animales que
puedan haber caído a la misma y, si el espacio disponible en transversal lo permite, se
crearán rampas laterales cada 50 m; y se realizará una revisión diaria al inicio de la
jornada para detectar la presencia de dichas especies.
– En caso de necesitar labores de mantenimiento durante la fase de explotación, se
evitará intervenir durante las épocas de reproducción y, si es indispensable, se
determinará la potencial afección a la fauna presente, contactando con la administración
competente para la coordinación de los trabajos si se determina que pueden causar un
efecto significativo.
Respecto a los espacios protegidos, el promotor indica que la conducción prevista
atraviesa el ZEC «Río Adra» a la altura del núcleo urbano de Puente del Río, afectando
a una superficie de 0,021 ha, no significativa respecto a la total de 288 ha de la ZEC.
Según el promotor, en el ámbito de la ZEC «Río Adra» afectado se localizan los
HIC 92D0 y 1430, si bien, en el punto de cruce las formaciones vegetales existentes
están muy degradadas debido a proximidad de áreas urbanizadas y a la existencia de un
camino que cruza del cauce mediante un vado asfaltado con una losa de hormigón para
el tránsito de vehículos, por lo que no se afectará a los citados HIC de la ZEC.
En relación con el fartet, objetivo de conservación de la ZEC, el promotor señala que
su presencia se da en tramos con aguas permanentes, especialmente en el río Adra
aguas arriba de la zona de actuación. En este sentido, la zona de cruce de la conducción
con el río Adra se encuentra altamente alterada, coincidiendo con un badén existente
que se encuentra totalmente seco la mayor parte del año, por lo que el promotor no
considera posible que poblaciones de fartet puedan desarrollarse de forma permanente
en el tramo del cauce afectado y que, por tanto, la afección sobre esta especie será nula.
Con respecto a la función del río Adra como corredor entre la zona de sierra y la
costa, el documento ambiental afirma que el cruce del cauce se realizará con tubería
enterrada, por lo que no existe incidencia permanente en el entorno existente, de tal
forma que, una vez realizadas las obras, el cauce volverá al estado preoperacional,
restituyéndose su funcionalidad anterior.
Según el documento ambiental, durante la ejecución de las obras en el entorno del
cruce del río Adra (ZEC), se instalará un jalonamiento de mayor rigidez para garantizar la
mínima afección a dicha área, además, se realizará un muestreo previo al inicio de las
obras, de 200 m a ambos lados del río, en el que un técnico experto determinará las
especies vegetales y animales que pueden verse afectadas, estableciendo, en su caso,
cve: BOE-A-2025-12785
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83260
influencia de 1.500 m para el águila perdicera, si bien, el trazado previsto se localiza a
más de 1 km de distancia de la zona de desarrollo y cría de dicha especie.
El documento ambiental indica que la realización de la zanja puede producir cierto
efecto barrera para pequeños y medianos vertebrados en zonas cercanas a vegetación
natural, como el cerro Aljibe Calado, la rambla de Balanegra o la ZEC «Río Adra»,
siendo posible afectar temporalmente a especies de interés como el erizo moruno, sapo
corredor y eslizón ibérico.
Para la protección de la fauna, el documento ambiental contempla, entro otras, las
siguientes medidas:
– Se planificarán las tareas más ruidosas de las obras, como desbroce y excavación,
fuera del periodo reproductor para la fauna más sensible (del 15 de marzo al 15 de junio)
en las zonas que discurran próximas a terrenos con vegetación natural, especialmente
en el entorno de la rambla de Balanegra y el cerro Aljibe Calado, evitando que se
produzcan alteraciones sobre las comunidades faunísticas.
– En caso de localizar nidos o camadas de especies de fauna, se pararán las
actividades y se informará a los organismos o servicios de la administración competente,
para que dispongan las actuaciones necesarias para su manipulación o traslado.
– Se limitará el tiempo de apertura de zanja; se balizarán las zonas cercanas a la
vegetación natural en el cerro Aljibe Calado, la rambla de Balanegra y la ZEC «Río
Adra» para evitar caída de animales; se evitarán los taludes verticales en los extremos
de inicio y final de los tramos de zanja abierta, para facilitar la salida de animales que
puedan haber caído a la misma y, si el espacio disponible en transversal lo permite, se
crearán rampas laterales cada 50 m; y se realizará una revisión diaria al inicio de la
jornada para detectar la presencia de dichas especies.
– En caso de necesitar labores de mantenimiento durante la fase de explotación, se
evitará intervenir durante las épocas de reproducción y, si es indispensable, se
determinará la potencial afección a la fauna presente, contactando con la administración
competente para la coordinación de los trabajos si se determina que pueden causar un
efecto significativo.
Respecto a los espacios protegidos, el promotor indica que la conducción prevista
atraviesa el ZEC «Río Adra» a la altura del núcleo urbano de Puente del Río, afectando
a una superficie de 0,021 ha, no significativa respecto a la total de 288 ha de la ZEC.
Según el promotor, en el ámbito de la ZEC «Río Adra» afectado se localizan los
HIC 92D0 y 1430, si bien, en el punto de cruce las formaciones vegetales existentes
están muy degradadas debido a proximidad de áreas urbanizadas y a la existencia de un
camino que cruza del cauce mediante un vado asfaltado con una losa de hormigón para
el tránsito de vehículos, por lo que no se afectará a los citados HIC de la ZEC.
En relación con el fartet, objetivo de conservación de la ZEC, el promotor señala que
su presencia se da en tramos con aguas permanentes, especialmente en el río Adra
aguas arriba de la zona de actuación. En este sentido, la zona de cruce de la conducción
con el río Adra se encuentra altamente alterada, coincidiendo con un badén existente
que se encuentra totalmente seco la mayor parte del año, por lo que el promotor no
considera posible que poblaciones de fartet puedan desarrollarse de forma permanente
en el tramo del cauce afectado y que, por tanto, la afección sobre esta especie será nula.
Con respecto a la función del río Adra como corredor entre la zona de sierra y la
costa, el documento ambiental afirma que el cruce del cauce se realizará con tubería
enterrada, por lo que no existe incidencia permanente en el entorno existente, de tal
forma que, una vez realizadas las obras, el cauce volverá al estado preoperacional,
restituyéndose su funcionalidad anterior.
Según el documento ambiental, durante la ejecución de las obras en el entorno del
cruce del río Adra (ZEC), se instalará un jalonamiento de mayor rigidez para garantizar la
mínima afección a dicha área, además, se realizará un muestreo previo al inicio de las
obras, de 200 m a ambos lados del río, en el que un técnico experto determinará las
especies vegetales y animales que pueden verse afectadas, estableciendo, en su caso,
cve: BOE-A-2025-12785
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150