Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12735)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y Banco Santander, SA, para participar en cursos de formación.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82904
en los cursos, no constituirá una prestación de servicios, en virtud de la aplicación a este
convenio del artículo 25, apartado 1, párrafo 2.º de la Ley 49/2002, relativo a los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general. En vista de lo
anterior, este convenio no está sujeto a IVA.
Salvo lo dispuesto específicamente en el presente documento, ninguna de las partes
podrá utilizar ningún nombre, marca comercial o logotipo de la otra parte en modo alguno
en relación con el presente convenio, sin la aprobación previa por escrito de la otra parte.
Cualquier derecho a utilizar cualquier nombre, marca comercial o logotipo concedido por
una de las partes en virtud del presente convenio no constituirá una cesión, transferencia
o renuncia de derechos por dicha parte en beneficio de la otra, y cada una de las partes
conservará todos los derechos, títulos e intereses sobre sus nombres, marcas
comerciales y logotipos.
Decimotercera.
Notificaciones.
Todas las notificaciones, consentimientos, solicitudes, reclamaciones, demandas y
otras comunicaciones en virtud del presente documento se harán por escrito y se
considerarán debidamente entregadas en la fecha en que se entreguen si se entregan
en persona; cuando se transmitan si se transmiten por medios telemáticos o correo
electrónico; al día siguiente de su envío, si se envían para su entrega al día siguiente a
una dirección nacional mediante un servicio de entrega al día siguiente; y a su recepción,
si se envían por correo certificado con acuse de recibo. Las notificaciones se enviarán a
las partes respectivas de la siguiente manera:
Instituto Cervantes:
Director de Gabinete Técnico de Secretaría General.
Calle Alcalá, 49.
28014 Madrid.
Teléfono: 91587XXXX.
gabinete.sgeneral@cervantes.es.
Jefa del Dpto. de Promoción Comercial.
Gabinete Técnico de Secretaría General.
Calle Alcalá, 49.
28014 Madrid.
Teléfono: 91587XXXX.
victoria.rubini@cervantes.es.
Cargo: Directora Global-Plataformas Digitales-Santander Open Academy.
Paseo de la Castellana, 24.
Madrid, 28046.
Teléfono: 67554XXXX.
mzuastil@gruposantander.com.
Cargo: Directora Global-Plataformas digitales-Santander X.
Paseo de la Castellana, 24.
Madrid, 28046.
Teléfono: 65335XXXX.
ana.aleman@gruposantander.com.
Decimocuarta. Ley aplicable y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que en el
capítulo VI del título preliminar regula los acuerdos adoptados por las Administraciones
Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o
cve: BOE-A-2025-12735
Verificable en https://www.boe.es
Santander:
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82904
en los cursos, no constituirá una prestación de servicios, en virtud de la aplicación a este
convenio del artículo 25, apartado 1, párrafo 2.º de la Ley 49/2002, relativo a los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general. En vista de lo
anterior, este convenio no está sujeto a IVA.
Salvo lo dispuesto específicamente en el presente documento, ninguna de las partes
podrá utilizar ningún nombre, marca comercial o logotipo de la otra parte en modo alguno
en relación con el presente convenio, sin la aprobación previa por escrito de la otra parte.
Cualquier derecho a utilizar cualquier nombre, marca comercial o logotipo concedido por
una de las partes en virtud del presente convenio no constituirá una cesión, transferencia
o renuncia de derechos por dicha parte en beneficio de la otra, y cada una de las partes
conservará todos los derechos, títulos e intereses sobre sus nombres, marcas
comerciales y logotipos.
Decimotercera.
Notificaciones.
Todas las notificaciones, consentimientos, solicitudes, reclamaciones, demandas y
otras comunicaciones en virtud del presente documento se harán por escrito y se
considerarán debidamente entregadas en la fecha en que se entreguen si se entregan
en persona; cuando se transmitan si se transmiten por medios telemáticos o correo
electrónico; al día siguiente de su envío, si se envían para su entrega al día siguiente a
una dirección nacional mediante un servicio de entrega al día siguiente; y a su recepción,
si se envían por correo certificado con acuse de recibo. Las notificaciones se enviarán a
las partes respectivas de la siguiente manera:
Instituto Cervantes:
Director de Gabinete Técnico de Secretaría General.
Calle Alcalá, 49.
28014 Madrid.
Teléfono: 91587XXXX.
gabinete.sgeneral@cervantes.es.
Jefa del Dpto. de Promoción Comercial.
Gabinete Técnico de Secretaría General.
Calle Alcalá, 49.
28014 Madrid.
Teléfono: 91587XXXX.
victoria.rubini@cervantes.es.
Cargo: Directora Global-Plataformas Digitales-Santander Open Academy.
Paseo de la Castellana, 24.
Madrid, 28046.
Teléfono: 67554XXXX.
mzuastil@gruposantander.com.
Cargo: Directora Global-Plataformas digitales-Santander X.
Paseo de la Castellana, 24.
Madrid, 28046.
Teléfono: 65335XXXX.
ana.aleman@gruposantander.com.
Decimocuarta. Ley aplicable y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que en el
capítulo VI del título preliminar regula los acuerdos adoptados por las Administraciones
Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o
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Santander: