Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-12784)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta fotovoltaica hibridación PE Villamayor, de 29,025 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Villamayor de Santiago y Puebla de Almenara, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83244
Preferentemente, se optará por rampas de salida y se evitará el uso de rejillas de
materiales de origen sintético, con riesgo de desprendimiento y afección a la fauna
atrapada, salvo que las condiciones técnicas así lo requieran. Las zanjas se revisarán
antes de los inicios de trabajo diarios, para la detección de individuos atrapados.
(26) Deberá contemplarse también el uso de módulos solares anti-reflectantes para
minimizar o evitar el reflejo de la luz y con ello, el efecto llamada de los paneles sobre las
aves acuáticas. Se recomienda implementar bandas en forma de rejillas en los paneles
solares para minimizar la mortalidad por colisión de insectos y pequeñas aves.
(27) En lo que respecta al hábitat de las especies, se respetarán los enclaves
forestales de carácter permanente en terrenos agrícolas y los elementos del paisaje que
puedan servir de refugio para flora y fauna silvestre, como majanos, enclaves rocosos,
terrazas de retención, pequeñas construcciones como muros de piedra seca, entre otros.
En caso contrario, deberá plantearse su reubicación a zonas de las poligonales libres de
módulos solares para recrear sustrato natural de nidificación o cobijo, previa supervisión
del Servicio Provincial o agentes medioambientales.
(28) Se instalará un hotel de insectos en el interior de las poligonales de la planta,
próximo al vallado perimetral.
(29) Para favorecer a la fauna entomológica, entre otros, de la especie Apis
mellifera, se deberá mantener la vegetación natural en los márgenes de la planta y
bandas entre seguidores y contemplar el retraso del control mecánico de vegetación
hasta el 1 de junio, sin perjuicio de la legislación sectorial en materia de incendios
forestales.
(30) Se desarrollará un «Plan de diversificación y mejora del paisaje agrario
tradicional y fomento de las aves esteparias» en las parcelas 39 y 40 del polígono 15 de
Villamayor de Santiago, así como en las parcelas adicionales que sean necesarias para
alcanzar una superficie de compensación de 140,83 ha. Este plan deberá estar en
consonancia con las medidas agroambientales que se establezcan para las ZEPA en su
plan de gestión y en el Plan de desarrollo rural de Castilla-La Mancha.
Este plan deberá contemplar la creación de cinco pequeñas charcas que funcionen
como bebederos para aves esteparias, que deberán mantenerse libres de químicos
durante todo el año y vida útil del proyecto. Asimismo, incluirá un estudio de fauna con
censos anuales y con el mismo nivel de detalle que el empleado para el EsIA, en el que
se evaluará el estado de conservación de las especies de avifauna esteparia del entorno
inmediato de la planta solar con respecto a la situación original, especialmente el
mantenimiento del número y distribución de LEK de avutarda y sisón previo a las obras.
En caso de disminuir, se adoptarán medidas adicionales para revertir al estado inicial.
El plan deberá presentarse, antes del inicio de las obras, junto con los acuerdos o
contratos necesarios, alcance de las medidas, presupuesto, temporalización y
cartografía de detalle al organismo autonómico competente en medio ambiente para su
aprobación, deberá estar implantado antes del inicio de las obras y se deberá mantener
durante toda la vida útil del proyecto.
(31) Se valorará la necesidad de establecer plantaciones perimetrales en las zonas
de transformadores e inversores para reducir el nivel de presión sonora.
(32) Se limitará el número de luminarias al mínimo imprescindible y se emplearán
sistemas de iluminación de la más alta eficiencia. Se regulará el encendido y la
intensidad de la iluminación a la demanda real, evitando la proyección de la luz directa
hacia el cielo y proyecciones que supongan reflejos y empleando lámparas que
minimicen la atracción de lepidópteros.
Suelo:
(33) En el replanteo de las instalaciones, las infraestructuras proyectadas deberán
ubicarse fuera de zonas con pendientes superiores a un 12 %. En caso de tener que
ubicarse sobre pendientes superiores a un 8 %, se deberán adoptar medidas para evitar
fenómenos erosivos y pérdida de suelo durante las obras y en la fase de explotación del
proyecto.
cve: BOE-A-2025-12784
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83244
Preferentemente, se optará por rampas de salida y se evitará el uso de rejillas de
materiales de origen sintético, con riesgo de desprendimiento y afección a la fauna
atrapada, salvo que las condiciones técnicas así lo requieran. Las zanjas se revisarán
antes de los inicios de trabajo diarios, para la detección de individuos atrapados.
(26) Deberá contemplarse también el uso de módulos solares anti-reflectantes para
minimizar o evitar el reflejo de la luz y con ello, el efecto llamada de los paneles sobre las
aves acuáticas. Se recomienda implementar bandas en forma de rejillas en los paneles
solares para minimizar la mortalidad por colisión de insectos y pequeñas aves.
(27) En lo que respecta al hábitat de las especies, se respetarán los enclaves
forestales de carácter permanente en terrenos agrícolas y los elementos del paisaje que
puedan servir de refugio para flora y fauna silvestre, como majanos, enclaves rocosos,
terrazas de retención, pequeñas construcciones como muros de piedra seca, entre otros.
En caso contrario, deberá plantearse su reubicación a zonas de las poligonales libres de
módulos solares para recrear sustrato natural de nidificación o cobijo, previa supervisión
del Servicio Provincial o agentes medioambientales.
(28) Se instalará un hotel de insectos en el interior de las poligonales de la planta,
próximo al vallado perimetral.
(29) Para favorecer a la fauna entomológica, entre otros, de la especie Apis
mellifera, se deberá mantener la vegetación natural en los márgenes de la planta y
bandas entre seguidores y contemplar el retraso del control mecánico de vegetación
hasta el 1 de junio, sin perjuicio de la legislación sectorial en materia de incendios
forestales.
(30) Se desarrollará un «Plan de diversificación y mejora del paisaje agrario
tradicional y fomento de las aves esteparias» en las parcelas 39 y 40 del polígono 15 de
Villamayor de Santiago, así como en las parcelas adicionales que sean necesarias para
alcanzar una superficie de compensación de 140,83 ha. Este plan deberá estar en
consonancia con las medidas agroambientales que se establezcan para las ZEPA en su
plan de gestión y en el Plan de desarrollo rural de Castilla-La Mancha.
Este plan deberá contemplar la creación de cinco pequeñas charcas que funcionen
como bebederos para aves esteparias, que deberán mantenerse libres de químicos
durante todo el año y vida útil del proyecto. Asimismo, incluirá un estudio de fauna con
censos anuales y con el mismo nivel de detalle que el empleado para el EsIA, en el que
se evaluará el estado de conservación de las especies de avifauna esteparia del entorno
inmediato de la planta solar con respecto a la situación original, especialmente el
mantenimiento del número y distribución de LEK de avutarda y sisón previo a las obras.
En caso de disminuir, se adoptarán medidas adicionales para revertir al estado inicial.
El plan deberá presentarse, antes del inicio de las obras, junto con los acuerdos o
contratos necesarios, alcance de las medidas, presupuesto, temporalización y
cartografía de detalle al organismo autonómico competente en medio ambiente para su
aprobación, deberá estar implantado antes del inicio de las obras y se deberá mantener
durante toda la vida útil del proyecto.
(31) Se valorará la necesidad de establecer plantaciones perimetrales en las zonas
de transformadores e inversores para reducir el nivel de presión sonora.
(32) Se limitará el número de luminarias al mínimo imprescindible y se emplearán
sistemas de iluminación de la más alta eficiencia. Se regulará el encendido y la
intensidad de la iluminación a la demanda real, evitando la proyección de la luz directa
hacia el cielo y proyecciones que supongan reflejos y empleando lámparas que
minimicen la atracción de lepidópteros.
Suelo:
(33) En el replanteo de las instalaciones, las infraestructuras proyectadas deberán
ubicarse fuera de zonas con pendientes superiores a un 12 %. En caso de tener que
ubicarse sobre pendientes superiores a un 8 %, se deberán adoptar medidas para evitar
fenómenos erosivos y pérdida de suelo durante las obras y en la fase de explotación del
proyecto.
cve: BOE-A-2025-12784
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150