Comunidad Autónoma de CanariasV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Delegación de competencias. (BOE-B-2025-23965)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto eléctrico denominado "Ampliación subestación San Agustín 66 kV y modificación de la línea 66 kV Barranco de Tirajana – San Agustín en el tramo T-6B a la subestación San Agustín", expediente número AT24/010.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de junio de 2025

Sec. V-B. Pág. 36634

Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio
Climático y Planificación Territorial, establece que la Dirección General de Energía
tiene atribuidas las competencias para la concesión de autorizaciones y la
tramitación de comunicaciones previas y declaraciones responsables en materia
energética, ejerciendo exclusivamente sobre las mismas las atribuciones
sectoriales en materia de energía. Así mismo, también tiene atribuidas las
competencias para la declaración en concreto de utilidad pública de las
instalaciones energéticas a efectos de expropiación forzosa de los bienes y
derechos necesarios para su establecimiento, de la urgente ocupación de los
mismos, y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.
Propuesta de resolución
Primero.- Otorgar la autorización administrativa para la ejecución de las
instalaciones contempladas en el proyecto denominado "Ampliación subestación
San Agustín 66 kV y modificación de la línea 66 kV Barranco de Tirajana – San
Agustín en el tramo T-6B a la subestación San Agustín", expediente número AT24/
010, promovido por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, en
el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, isla de Gran Canaria (número
de visado GC114236/00, de fecha 27/05/2024 del Colegio Oficial de Ingenieros
Industriales de Canarias Oriental), de conformidad con lo establecido en el artículo
11 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos
relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en
Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y resto de
normativa de aplicación.
Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en el
proyecto anteriormente indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos
55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre. En el Anexo de la presente resolución se relacionan los bienes y
titulares afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos
previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Tercero.- Esta autorización se concede con los efectos previstos en el artículo
6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico
Canario y sin perjuicio de la obtención de cualquier otra autorización o intervención
exigible por la legislación vigente, cuyo otorgamiento competa a otras
Administraciones y Organismos Públicos.
Cuarto.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de
las instalaciones será de 24 meses, contados a partir de la notificación de la
presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el
artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre.
Quinto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente al proyecto
identificado en la presente resolución, excepto las modificaciones no sustanciales,
que deberán contemplarse como anexos al Certificado de Dirección y Finalización
de Obra según lo indicado en el artículo 45 del Reglamento aprobado por el
Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier modificación sustancial de las
características de la instalación autorizada exigirá nueva resolución de autorización
administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.5 de dicho
Reglamento.

cve: BOE-B-2025-23965
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Núm. 152