Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. I. Disposiciones generales. Gas natural. (BOE-A-2025-12964)
Circular 5/2025, de 18 de junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de información regulatoria de costes de la actividad de distribución de gas natural.
129 páginas totales
Página
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Código
prueba
Jueves 26 de junio de 2025
Objeto de revisión
AProcedimientos de control interno:
P1-4-3 conciliaciones con sistemas.
Descripción de la prueba
Comprobar si el sujeto obligado ha realizado conciliaciones entre la
información recogida en los ficheros txt y la información recogida en
sus sistemas contables en la fecha de elaboración de la
declaración.
Revisión conceptual por parte del auditor de las partidas
conciliatorias identificadas por el sujeto obligado.
Comprobar que las conciliaciones hayan sido supervisadas por
persona adecuada, diferente de la encargada de su confección.
Evaluar la adecuación del procedimiento aplicado por el sujeto
Ajuste del procedimiento a los criterios obligado para proporcionar información que se ajuste a los criterios
A-P1-5
fijados en la Circular 5/2025.
y desgloses establecidos en la Circular 5/2025 que permita una
adecuada cumplimentación de los formularios.
Criterios para la separación contable
entre actividades reguladas
A-P1-6
declarados en el
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
Sec. I. Pág. 84448
AF
E
F
C
Técnicas de
comprobación
Indagación.
Observación.
Inspección
documentación
soporte de las
conciliaciones y
revisiones.
Indagación.
P&D Inspección
procedimiento.
Comprobar que los criterios de asignación y de imputación de
activos, gastos e ingresos entre cada una de las actividades para
las que se exige llevar una contabilidad separada coincidan con los
criterios declarados en la memoria de las cuentas anuales auditadas
del ejercicio, conforme a lo exigido en el artículo 62.3 de la
Ley 34/1998.
Indagación.
Evaluar si dichos criterios o indicadores responden a criterios
Inspección
objetivos y siguen la orientación de que los gastos e ingresos
P&D
documentación
imputados a cada actividad sean lo más paralelos al coste o costes
soporte.
que tengan una relación funcional más importante con las
actividades realizadas.
Comprobar que dichos criterios aplicados en el ejercicio sean
uniformes respecto del ejercicio anterior. Indagar cualquier cambio
de criterio realizado e inspeccionar su justificación y cuantificar la
incidencia de dichos cambios, considerando que dichos cambios se
producen a inicio del ejercicio.
Evaluar la coherencia entre las funciones de los centros de coste
definidos en el Sistema IRC con las funciones de los CECOS de la
estructura organizativa del sujeto obligado, al objeto de identificar,
en caso de diferencias significativas, las reclasificaciones de costes
que sea preciso efectuar entre los diferentes CECOS.
Indagación.
Inspección
P&D organigramas y
procedimientos
internos.
Sistema de costes declarado en el
A-P1-8
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
Evaluar si los criterios aplicados por el sujeto obligado para la
asignación de los costes a los CECOS definidos en el Sistema IRC
(clave de reparto) sean una medida razonable del consumo
cuantitativo que dicho CECO realiza respecto a este tipo de coste.
Además, evaluará si el método empleado para la asignación de los
costes directos e indirectos de personal a los CECOS se puede
trazar con la información que figura en sus registros internos.
Indagación.
Inspección
P&D
documentación
soporte.
Sistema de costes declarado en el
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
Analizar la forma de cálculo de los porcentajes de dedicación para
el reparto de los costes de los CECOS principales a los OFC
inversión u OFC de O&M que han sido declarados por el sujeto
obligado en el procedimiento IRC.
Evaluar si estos criterios son coherentes con los utilizados en su
propio Sistema de Costes.
Comprobar que se pueda recalcular su valor a través de la
información disponible en sus sistemas.
Indagación e
P&D inspección
sistemas.
A-P1-7
A-P1-9
Estructura organizativa declarada en
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
cve: BOE-A-2025-12964
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Código
prueba
Jueves 26 de junio de 2025
Objeto de revisión
AProcedimientos de control interno:
P1-4-3 conciliaciones con sistemas.
Descripción de la prueba
Comprobar si el sujeto obligado ha realizado conciliaciones entre la
información recogida en los ficheros txt y la información recogida en
sus sistemas contables en la fecha de elaboración de la
declaración.
Revisión conceptual por parte del auditor de las partidas
conciliatorias identificadas por el sujeto obligado.
Comprobar que las conciliaciones hayan sido supervisadas por
persona adecuada, diferente de la encargada de su confección.
Evaluar la adecuación del procedimiento aplicado por el sujeto
Ajuste del procedimiento a los criterios obligado para proporcionar información que se ajuste a los criterios
A-P1-5
fijados en la Circular 5/2025.
y desgloses establecidos en la Circular 5/2025 que permita una
adecuada cumplimentación de los formularios.
Criterios para la separación contable
entre actividades reguladas
A-P1-6
declarados en el
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
Sec. I. Pág. 84448
AF
E
F
C
Técnicas de
comprobación
Indagación.
Observación.
Inspección
documentación
soporte de las
conciliaciones y
revisiones.
Indagación.
P&D Inspección
procedimiento.
Comprobar que los criterios de asignación y de imputación de
activos, gastos e ingresos entre cada una de las actividades para
las que se exige llevar una contabilidad separada coincidan con los
criterios declarados en la memoria de las cuentas anuales auditadas
del ejercicio, conforme a lo exigido en el artículo 62.3 de la
Ley 34/1998.
Indagación.
Evaluar si dichos criterios o indicadores responden a criterios
Inspección
objetivos y siguen la orientación de que los gastos e ingresos
P&D
documentación
imputados a cada actividad sean lo más paralelos al coste o costes
soporte.
que tengan una relación funcional más importante con las
actividades realizadas.
Comprobar que dichos criterios aplicados en el ejercicio sean
uniformes respecto del ejercicio anterior. Indagar cualquier cambio
de criterio realizado e inspeccionar su justificación y cuantificar la
incidencia de dichos cambios, considerando que dichos cambios se
producen a inicio del ejercicio.
Evaluar la coherencia entre las funciones de los centros de coste
definidos en el Sistema IRC con las funciones de los CECOS de la
estructura organizativa del sujeto obligado, al objeto de identificar,
en caso de diferencias significativas, las reclasificaciones de costes
que sea preciso efectuar entre los diferentes CECOS.
Indagación.
Inspección
P&D organigramas y
procedimientos
internos.
Sistema de costes declarado en el
A-P1-8
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
Evaluar si los criterios aplicados por el sujeto obligado para la
asignación de los costes a los CECOS definidos en el Sistema IRC
(clave de reparto) sean una medida razonable del consumo
cuantitativo que dicho CECO realiza respecto a este tipo de coste.
Además, evaluará si el método empleado para la asignación de los
costes directos e indirectos de personal a los CECOS se puede
trazar con la información que figura en sus registros internos.
Indagación.
Inspección
P&D
documentación
soporte.
Sistema de costes declarado en el
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
Analizar la forma de cálculo de los porcentajes de dedicación para
el reparto de los costes de los CECOS principales a los OFC
inversión u OFC de O&M que han sido declarados por el sujeto
obligado en el procedimiento IRC.
Evaluar si estos criterios son coherentes con los utilizados en su
propio Sistema de Costes.
Comprobar que se pueda recalcular su valor a través de la
información disponible en sus sistemas.
Indagación e
P&D inspección
sistemas.
A-P1-7
A-P1-9
Estructura organizativa declarada en
Procedimiento_Sistema_IRC.pdf.
cve: BOE-A-2025-12964
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153