Cortes Generales. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Administrativo de las Cortes Generales. (BOE-A-2025-13262)
Resolución de 18 de junio de 2025, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición, por los turnos libre, restringido y discapacidad, para el Cuerpo Administrativo de las Cortes Generales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 85925
– En los ejercicios tercero y, en su caso, cuarto, tras la correspondiente deliberación
de los miembros del Tribunal, la calificación de cada persona aspirante se hará mediante
papeletas con su nombre, una por cada miembro del Tribunal, que contendrán el nombre
de este y su firma, el desglose de las puntuaciones, en su caso, y la puntuación total.
La calificación del Tribunal será el cociente de dividir la suma de los puntos
consignados en las papeletas por el número de papeletas emitidas.
Tercera.
Puntuación de los ejercicios.
– El primer ejercicio será eliminatorio y se calificará de 0 a 120 puntos, siendo
preciso obtener, al menos, 20 puntos en cada uno de los tres bloques para superar el
ejercicio.
Cada respuesta correcta se valorará con un punto. Las contestaciones erróneas se
penalizarán con un tercio del valor de una respuesta. No se valorarán las respuestas en
blanco ni las nulas (con más de una respuesta marcada).
No podrán superar este ejercicio más aspirantes que el quíntuplo de plazas
convocadas en cada turno. Si varias personas obtuviesen la puntuación mínima
resultante de la aplicación de los mencionados criterios, se entenderá que todas ellas lo
han superado.
– El segundo ejercicio será eliminatorio y se calificará de 0 a 120 puntos,
correspondiendo 40 puntos a la primera parte (transcripción) y 80 puntos a la segunda
(ofimática). Será necesario para superar el ejercicio, además de alcanzar la velocidad
mínima exigida para la primera parte, obtener un mínimo de 20 puntos en la parte A y 40
en la parte B, con un mínimo de 20 puntos en Word y de 20 puntos en Excel.
– El tercer ejercicio será eliminatorio y se calificará de 0 a 120 puntos, siendo
necesario obtener como mínimo 60 puntos para aprobarlo.
– En el ejercicio optativo de idiomas se puntuará cada uno de los idiomas de 0 a 10
puntos como máximo, siendo necesario obtener en cada uno, como mínimo, 5 puntos
para que el idioma sea valorado. Este ejercicio solo se realizará por quienes hayan
superado la oposición.
Cuarta.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios eliminatorios de la oposición, a la que se
sumará la puntuación obtenida en el ejercicio optativo de idiomas, que solo influirá en el
orden de la lista de aprobados.
Quinta.
Empates.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.º La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Propuesta del Tribunal.
1. El Tribunal ordenará la publicación en la página web de cada Cámara de la
relación de aspirantes que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con
indicación de la misma, hayan obtenido plaza. Dicha relación, una vez comprobada la
documentación a que se refiere la base décima de la presente convocatoria, será
elevada a través del Letrado Mayor de las Cortes Generales a las Presidencias de
ambas Cámaras, en unión de la correspondiente propuesta de nombramiento,
acompañando el expediente de la oposición con todos los ejercicios y las actas de las
reuniones del Tribunal.
cve: BOE-A-2025-13262
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 85925
– En los ejercicios tercero y, en su caso, cuarto, tras la correspondiente deliberación
de los miembros del Tribunal, la calificación de cada persona aspirante se hará mediante
papeletas con su nombre, una por cada miembro del Tribunal, que contendrán el nombre
de este y su firma, el desglose de las puntuaciones, en su caso, y la puntuación total.
La calificación del Tribunal será el cociente de dividir la suma de los puntos
consignados en las papeletas por el número de papeletas emitidas.
Tercera.
Puntuación de los ejercicios.
– El primer ejercicio será eliminatorio y se calificará de 0 a 120 puntos, siendo
preciso obtener, al menos, 20 puntos en cada uno de los tres bloques para superar el
ejercicio.
Cada respuesta correcta se valorará con un punto. Las contestaciones erróneas se
penalizarán con un tercio del valor de una respuesta. No se valorarán las respuestas en
blanco ni las nulas (con más de una respuesta marcada).
No podrán superar este ejercicio más aspirantes que el quíntuplo de plazas
convocadas en cada turno. Si varias personas obtuviesen la puntuación mínima
resultante de la aplicación de los mencionados criterios, se entenderá que todas ellas lo
han superado.
– El segundo ejercicio será eliminatorio y se calificará de 0 a 120 puntos,
correspondiendo 40 puntos a la primera parte (transcripción) y 80 puntos a la segunda
(ofimática). Será necesario para superar el ejercicio, además de alcanzar la velocidad
mínima exigida para la primera parte, obtener un mínimo de 20 puntos en la parte A y 40
en la parte B, con un mínimo de 20 puntos en Word y de 20 puntos en Excel.
– El tercer ejercicio será eliminatorio y se calificará de 0 a 120 puntos, siendo
necesario obtener como mínimo 60 puntos para aprobarlo.
– En el ejercicio optativo de idiomas se puntuará cada uno de los idiomas de 0 a 10
puntos como máximo, siendo necesario obtener en cada uno, como mínimo, 5 puntos
para que el idioma sea valorado. Este ejercicio solo se realizará por quienes hayan
superado la oposición.
Cuarta.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios eliminatorios de la oposición, a la que se
sumará la puntuación obtenida en el ejercicio optativo de idiomas, que solo influirá en el
orden de la lista de aprobados.
Quinta.
Empates.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.º La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Propuesta del Tribunal.
1. El Tribunal ordenará la publicación en la página web de cada Cámara de la
relación de aspirantes que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con
indicación de la misma, hayan obtenido plaza. Dicha relación, una vez comprobada la
documentación a que se refiere la base décima de la presente convocatoria, será
elevada a través del Letrado Mayor de las Cortes Generales a las Presidencias de
ambas Cámaras, en unión de la correspondiente propuesta de nombramiento,
acompañando el expediente de la oposición con todos los ejercicios y las actas de las
reuniones del Tribunal.
cve: BOE-A-2025-13262
Verificable en https://www.boe.es
Novena.