Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13297)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia lectora, en el ejercicio presupuestario 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 86193

– Participar activamente en las actividades formativas que se desarrollen desde el
MEFPD y que forman parte del programa: jornadas, cursos, congresos, etc.
– Facilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes todos los
datos necesarios para el seguimiento y evaluación del programa y el cumplimiento con la
información requerida por la normativa correspondiente, así como la precisa para la
elaboración de las estadísticas e informes generales sobre el Programa de refuerzo de la
competencia lectora de todos los cursos. De igual forma, se facilitará al Ministerio la
realización de estudios o evaluaciones para comprobar el éxito del programa.
– En todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación sobre el Programa de refuerzo de la competencia lectora, la Comunidad
Autónoma deberá hacer constar la mención expresa siguiente: Programa financiado por
el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, así como incorporar el
logo institucional del MEFPD.
– Presentar un informe inicial con los requisitos descritos en el apartado 10 de esta
resolución, así como una memoria del curso a la finalización del curso.
– Entregar antes del 31 de marzo de 2027, los documentos siguientes, de acuerdo a
los modelos facilitados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes:





Memoria del programa.
Certificado de remanentes.
Certificado de control de fondos.
Certificado de desglose económico.

Los centros educativos se comprometen a:
– Participar activamente en las actividades formativas que se desarrollen dentro del
programa.
– Desarrollar los planes de lectura de centro integrándolo con el resto de planes y
documentos organizativos intentando crear sinergias entre ellos.
– Presentar la consecución de los objetivos establecidos anualmente ante la
comisión establecida para tal efecto en la comunidad autónoma.
– Facilitar todos los datos que se requieran para el seguimiento y evaluación del
Programa de refuerzo de la competencia lectora.
10.

Evaluación y seguimiento

El programa se desarrollará teniendo en cuenta las siguientes fases en las que se
establecen mecanismos de seguimiento y evaluación:
1.

Planificación.

2.

Desarrollo.

Para llevar a cabo el seguimiento de este programa, el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y las comunidades autónomas se comprometen a
designar y mantener una estructura de coordinación para la implementación, apoyo y
seguimiento del programa, con la constitución de una comisión de seguimiento formada
por los responsables que para ello nombren las partes y que se reunirá, de común
acuerdo, cuando sea necesario y al menos una vez cada seis meses. Esta comisión será
coordinada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes que se

cve: BOE-A-2025-13297
Verificable en https://www.boe.es

Aprobado el programa y una vez recibidos los fondos para la financiación de este, la
comunidad autónoma enviará al MEFPD, ante del 30 de noviembre de 2025, un informe
inicial, que deberá estar firmado digitalmente, en el que se consignarán todos los datos
de seguimiento relacionados con los objetivos, actuaciones, financiación, asesores,
formación, identificación de centros, difusión y otros.