Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13297)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia lectora, en el ejercicio presupuestario 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86190
Los centros que tengan implantado el programa PROA+ podrán llevar a cabo esta
actuación, pero siempre estará vinculada a los objetivos y financiación de PROA+, sin
que pueda producirse una doble financiación por ambos programas.
3. Reducción horaria para los coordinadores del plan de lectura de los centros
educativos.
Se establecerá una reducción de un mínimo de tres y un máximo de cinco horas
lectivas semanales para el coordinador del plan de lectura, al margen de las horas que
cada comunidad autónoma haya destinado a la gestión y mantenimiento de la biblioteca
escolar.
Esta medida tiene como fin elaborar, coordinar y desarrollar el plan y llevar a cabo las
actividades y acciones contempladas en el mismo. Dicho plan se vinculará tanto a los
proyectos de centro como a la biblioteca escolar, desde una perspectiva global que
aglutine a todas las áreas y materias y que implique a todos los sectores de la
comunidad educativa.
4. Actividades formativas sobre metodologías del proceso de lectoescritura y
estrategias para el aprendizaje competencial de la lectura en distintos soportes,
diseñadas por el comité científico designado para este programa o en consonancia con
estas.
Estas actividades de formación del profesorado estarán dirigidas a reflexionar sobre
las propias prácticas lectoras que se dan en el aula, conocer cómo se desarrolla la
competencia lectora, identificar los factores que influyen en su adquisición, detectar las
dificultades más frecuentes, así como plantear cuáles son los enfoques más eficaces
para su mejora. Estas actividades estarán fundamentadas en modelos recientes de los
componentes de la lectura, de la comprensión lectora y de la lectura digital. Deberá
hacerse hincapié en cómo y cuándo enseñar cada una de las microhabilidades que
forman la competencia lectora. Asimismo, se analizarán los elementos básicos de la
lectura (decodificación, comprensión del lenguaje, actividad estratégica y motivación, y
lectura digital) con especial atención al desarrollo de la conciencia fonológica y los
procedimientos y herramientas que permiten trabajar la lectura en el aula.
En aquellos centros con modelos o programas multilingües se tendrá en cuenta el
tratamiento integrado de las lenguas. La formación continua será gestionada por las
CC.AA. una vez que el MEFPD ponga a su disposición los contenidos y actividades de la
formación inicial de asesores, así como del resto de cursos que conforman el itinerario
formativo de este programa.
Estos equipos de asesores, por una parte, serán los encargados de adquirir
formación en metodologías del proceso de lectoescritura y estrategias para el
aprendizaje competencial de la lectura y, con posterioridad, de coordinar e impartir esa
misma formación a los coordinadores de planes de lectura o bibliotecas escolares y a los
docentes de los centros; por otra parte, los equipos de asesores aconsejarán a los
centros en la elaboración de los planes de lectura y los guiarán durante el proceso de
implantación. El número de asesores de la Administración contratados deberá ser
suficiente para que todos los centros reciban la atención necesaria para poder llevar a
cabo el plan de manera adecuada.
6.
Elaboración de recursos educativos digitales de apoyo al profesorado.
Las actuaciones 1 (reducción de ratios), 3 (reducción horaria para coordinadores), 4
(actividades formativas) y 5 (mantenimiento y ampliación de equipos de asesores)
cve: BOE-A-2025-13297
Verificable en https://www.boe.es
5. Mantenimiento y ampliación de los equipos de asesores de las Administraciones
educativas que guíen a los centros en el diseño, implementación y evaluación del plan
de lectura y que establezcan directrices que permitan mejorar la competencia lectora y
su evaluación.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86190
Los centros que tengan implantado el programa PROA+ podrán llevar a cabo esta
actuación, pero siempre estará vinculada a los objetivos y financiación de PROA+, sin
que pueda producirse una doble financiación por ambos programas.
3. Reducción horaria para los coordinadores del plan de lectura de los centros
educativos.
Se establecerá una reducción de un mínimo de tres y un máximo de cinco horas
lectivas semanales para el coordinador del plan de lectura, al margen de las horas que
cada comunidad autónoma haya destinado a la gestión y mantenimiento de la biblioteca
escolar.
Esta medida tiene como fin elaborar, coordinar y desarrollar el plan y llevar a cabo las
actividades y acciones contempladas en el mismo. Dicho plan se vinculará tanto a los
proyectos de centro como a la biblioteca escolar, desde una perspectiva global que
aglutine a todas las áreas y materias y que implique a todos los sectores de la
comunidad educativa.
4. Actividades formativas sobre metodologías del proceso de lectoescritura y
estrategias para el aprendizaje competencial de la lectura en distintos soportes,
diseñadas por el comité científico designado para este programa o en consonancia con
estas.
Estas actividades de formación del profesorado estarán dirigidas a reflexionar sobre
las propias prácticas lectoras que se dan en el aula, conocer cómo se desarrolla la
competencia lectora, identificar los factores que influyen en su adquisición, detectar las
dificultades más frecuentes, así como plantear cuáles son los enfoques más eficaces
para su mejora. Estas actividades estarán fundamentadas en modelos recientes de los
componentes de la lectura, de la comprensión lectora y de la lectura digital. Deberá
hacerse hincapié en cómo y cuándo enseñar cada una de las microhabilidades que
forman la competencia lectora. Asimismo, se analizarán los elementos básicos de la
lectura (decodificación, comprensión del lenguaje, actividad estratégica y motivación, y
lectura digital) con especial atención al desarrollo de la conciencia fonológica y los
procedimientos y herramientas que permiten trabajar la lectura en el aula.
En aquellos centros con modelos o programas multilingües se tendrá en cuenta el
tratamiento integrado de las lenguas. La formación continua será gestionada por las
CC.AA. una vez que el MEFPD ponga a su disposición los contenidos y actividades de la
formación inicial de asesores, así como del resto de cursos que conforman el itinerario
formativo de este programa.
Estos equipos de asesores, por una parte, serán los encargados de adquirir
formación en metodologías del proceso de lectoescritura y estrategias para el
aprendizaje competencial de la lectura y, con posterioridad, de coordinar e impartir esa
misma formación a los coordinadores de planes de lectura o bibliotecas escolares y a los
docentes de los centros; por otra parte, los equipos de asesores aconsejarán a los
centros en la elaboración de los planes de lectura y los guiarán durante el proceso de
implantación. El número de asesores de la Administración contratados deberá ser
suficiente para que todos los centros reciban la atención necesaria para poder llevar a
cabo el plan de manera adecuada.
6.
Elaboración de recursos educativos digitales de apoyo al profesorado.
Las actuaciones 1 (reducción de ratios), 3 (reducción horaria para coordinadores), 4
(actividades formativas) y 5 (mantenimiento y ampliación de equipos de asesores)
cve: BOE-A-2025-13297
Verificable en https://www.boe.es
5. Mantenimiento y ampliación de los equipos de asesores de las Administraciones
educativas que guíen a los centros en el diseño, implementación y evaluación del plan
de lectura y que establezcan directrices que permitan mejorar la competencia lectora y
su evaluación.