Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-13411)
Orden HAC/682/2025, de 27 de junio, por la que se modifica la Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 86984
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se
aprueba el modelo 233 «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de
educación infantil autorizados», y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento
para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la
que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de
determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales,
comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
Se introduce la siguiente modificación en la Orden HAC/1400/2018, de 21 de
diciembre, por la que se aprueba el modelo 233 «Declaración informativa por gastos en
guarderías o centros de educación infantil autorizados», y se determinan el lugar, forma,
plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013,
de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones
generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones
informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de
naturaleza tributaria.
Se sustituye el anexo a que se refiere el artículo 1 de la Orden HAC/1400/2018,
de 21 de diciembre, por el que figura como anexo de la presente orden.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», y será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las
declaraciones informativas por gastos en guarderías o centros de educación infantil
autorizados correspondientes al ejercicio 2025 a presentar en el 2026.
Madrid, 27 de junio de 2025.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de
Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
ANEXO
DESCRIPCIÓN DE LOS CONTENIDOS
«DECLARACIÓN INFORMATIVA POR GASTOS EN GUARDERÍAS O CENTROS
DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADOS»
Modelo 233
Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de contenidos, que se
distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:
Tipo 1: Declarante. Datos identificativos y de contacto.
Tipo 2: Declarado. Datos de los declarados.
Naturaleza y descripción de los contenidos
Tipo de contenido. Constante número «1».
Modelo declaración. Constante «233».
Ejercicio. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.
NIF del declarante. Se consignará el NIF de la persona o entidad obligada a la
presentación de la declaración informativa.
Este campo tendrá en la última posición el carácter de control, de acuerdo con las reglas
previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
cve: BOE-A-2025-13411
Verificable en https://www.boe.es
Contenidos del declarante (tipo 1)
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 86984
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se
aprueba el modelo 233 «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de
educación infantil autorizados», y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento
para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la
que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de
determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales,
comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
Se introduce la siguiente modificación en la Orden HAC/1400/2018, de 21 de
diciembre, por la que se aprueba el modelo 233 «Declaración informativa por gastos en
guarderías o centros de educación infantil autorizados», y se determinan el lugar, forma,
plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013,
de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones
generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones
informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de
naturaleza tributaria.
Se sustituye el anexo a que se refiere el artículo 1 de la Orden HAC/1400/2018,
de 21 de diciembre, por el que figura como anexo de la presente orden.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», y será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las
declaraciones informativas por gastos en guarderías o centros de educación infantil
autorizados correspondientes al ejercicio 2025 a presentar en el 2026.
Madrid, 27 de junio de 2025.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de
Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
ANEXO
DESCRIPCIÓN DE LOS CONTENIDOS
«DECLARACIÓN INFORMATIVA POR GASTOS EN GUARDERÍAS O CENTROS
DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADOS»
Modelo 233
Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de contenidos, que se
distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:
Tipo 1: Declarante. Datos identificativos y de contacto.
Tipo 2: Declarado. Datos de los declarados.
Naturaleza y descripción de los contenidos
Tipo de contenido. Constante número «1».
Modelo declaración. Constante «233».
Ejercicio. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.
NIF del declarante. Se consignará el NIF de la persona o entidad obligada a la
presentación de la declaración informativa.
Este campo tendrá en la última posición el carácter de control, de acuerdo con las reglas
previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
cve: BOE-A-2025-13411
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Contenidos del declarante (tipo 1)