Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-13411)
Orden HAC/682/2025, de 27 de junio, por la que se modifica la Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 86986

Primer apellido del otro progenitor. Se consignará el primer apellido del otro
progenitor del menor.
Segundo apellido del otro progenitor. Se consignará el segundo apellido del otro
progenitor del menor.
Nombre del otro progenitor. Se consignará el nombre del otro progenitor del menor.
NIF del menor. Se consignará en este campo, en su caso, el número de identificación
fiscal del menor de tres años inscrito en la guardería o centro de educación infantil autorizado.
No obstante, en el periodo impositivo en el que el menor cumpla tres años, también
se consignará, en su caso, el NIF del menor, si está inscrito en los meses posteriores al
cumplimiento de tres años, hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el
segundo ciclo de educación infantil.
Este campo deberá tener en la última posición el carácter de control, de acuerdo con las
reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los
tributos.
Primer apellido del menor. Se consignará el primer apellido del menor.
Segundo apellido del menor. Se consignará el segundo apellido del menor.
Nombre del menor. Se consignará el nombre del menor.
Fecha de nacimiento del menor. Se consignará la fecha de nacimiento del menor en
formato AAAAMMDD.
Meses completos en la guardería o centro de educación infantil autorizado. Se
consignará S o N en cada uno de los meses completos que el menor haya estado
inscrito en la guardería o centro de educación infantil autorizado.

En el caso de que se produzcan variaciones durante el ejercicio respecto de la
persona que haya tenido atribuida la guarda y custodia del menor, se consignaran tantos
registros como personas hayan tenido la guarda y custodia del menor. En este caso, en
cada registro se consignará S o N únicamente respecto de los meses en que cada
persona haya tenido atribuida la guarda y custodia del menor.
Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil autorizado. Se
hará constar el importe total satisfecho durante el ejercicio, incluyendo gastos de
preinscripción, matrícula, asistencia en horario general y ampliado y alimentación.
Se considerará tanto el importe pagado por la madre como el satisfecho por el otro
progenitor, adoptante, tutor o acogedor.
Para la cumplimentación de este campo no se tendrán en cuenta (no se minorará el
importe total) ni las cantidades satisfechas por la empresa o empleador de la madre,
padre, adoptante, tutor o acogedor del menor ni las cantidades subvencionadas que
hayan sido satisfechas a la guardería o centro de educación infantil en el ejercicio. Estas
últimas deberán consignarse en el campo «Importe subvencionado».
En el caso de que se produzcan variaciones durante el ejercicio respecto de la
persona que haya tenido atribuida la guarda y custodia del menor, se consignarán tantos
registros como personas hayan tenido la guarda y custodia del menor.

cve: BOE-A-2025-13411
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