Ministerio de Cultura. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-13414)
Real Decreto 565/2025, de 1 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Generalitat de Cataluña para la celebración del Congreso Internacional de Archivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 87021

En el supuesto de que a través de la subvención se financien gastos de personal,
deberá requerirse al beneficiario la entrega de partes horarios firmados por los propios
empleados de este, con la periodicidad que se estime oportuna, en los que se
especifiquen las horas de dedicación a la actividad subvencionada, y a las demás
actividades en que intervengan.
Artículo 5. Procedimiento de concesión: inicio, instrucción y terminación.
1. El procedimiento de concesión de la subvención se iniciará con la entrada en
vigor de este real decreto. La administración beneficiaria presentará su solicitud en el
plazo máximo de veinte días desde la entrada en vigor de este real decreto, en el
registro electrónico, accesible a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de
Cultura, mediante el formulario habilitado a tal efecto, conforme a lo dispuesto en el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) Memoria descriptiva de las actuaciones a las que se destinará la subvención.
b) Memoria económica con el presupuesto previsto para las actividades propuestas
para la subvención. El presupuesto deberá desglosar también los costes indirectos que
el beneficiario prevé imputar y sus criterios de atribución al respectivo proyecto. El
presupuesto de la actividad presentado por la administración beneficiaria servirá de
referencia para la determinación final del importe de la subvención a conceder,
calculándose este como un porcentaje del coste final de la actividad, en los términos que
prevé el artículo 32.1 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Este
porcentaje ascenderá al 20 % del coste total del Congreso.
c) Tarjeta de identificación fiscal de la administración beneficiaria, salvo que se
hubiera presentado con anterioridad, según lo dispuesto en el artículo 23.3 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en cuyo caso bastará con indicar el Número de
Identificación Fiscal de la administración beneficiaria.
d) La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la beneficiaria para
que el órgano instructor obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias
previstas en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, a través de certificados electrónicos, en cuyo caso la beneficiaria no deberá
aportar la correspondiente certificación. No obstante, si la beneficiaria deniega
expresamente el consentimiento, deberá aportar entonces la certificación en los términos
previstos en el artículo 22 del citado reglamento.
e) Declaración responsable de la beneficiaria de no ser deudora de obligaciones
por reintegro de subvenciones.
f) Comunicación de los datos de la cuenta bancaria en la que se realizaría el
ingreso de la subvención.
3. Actuará como órgano instructor del procedimiento para la concesión de la
subvención la Subdirección General de los Archivos Estatales. Las funciones del órgano
instructor serán:
a) Examinar la solicitud y la documentación presentada y comprobar los datos en
virtud de los cuales deba adoptarse la resolución.
b) Formular la propuesta de resolución.
c) Recabar si es preciso cuanta información complementaria estime oportuna al
solicitante e informes de los servicios del Ministerio de Cultura, así como de
profesionales o expertos de reconocido prestigio.
4. Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el
órgano competente requerirá a la administración beneficiaria para que la subsane en
el plazo máximo e improrrogable de diez días, de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el artículo 68 de la

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Núm. 158