Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-13523)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Vitoria n.º 5, por la que se suspende parcialmente la inscripción de una escritura de préstamo hipotecario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 87421

presente contrato, se utilizará como base el año de trescientos sesenta (360) días o Año
Comercial, comprendidos en 12 meses de 30 días cada uno y los períodos inferiores a
un mes, restando de 30 días los días transcurridos del mes. Efecto Material Adverso: A
efectos del presente Contrato, se entenderá por «Cambio Material Adverso», cualquier
cambio, hecho o circunstancia que se produzca o ponga de manifiesto con posterioridad
a la fecha de firma del presente Contrato: Afecte de forma directa, significativa y adversa
a la condición financiera, solvencia, activos, bienes o derechos de la acreditada en
relación con su capacidad de cumplir con las obligaciones contraídas por la acreditada
frente al acreditante bajo el presente Contrato; o pueda resultar en que el presente
Contrato devenga ilegal, inválido, ineficaz o inexigible frente a la acreditada. Euribor: Se
entiende por euribor (European Interbank Offered Rate), a efectos del presente Contrato,
(i) el tipo de referencia del Mercado Interbancario de la Zona Euro que resulta de la
aplicación de la convención vigente en cada momento, administrado por la European
Money Markets Institute (EMMI) cualquier otra entidad que tome la administración del
tipo en su lugar) y que aparezca (antes de cualquier corrección, recálculo o nueva
publicación por el administrador) en la pantalla Reuters correspondiente a la página
euribor01 (o en la pantalla y página que las sustituyan), a las 11:00 a.m. CET del
segundo Día Hábil anterior al del inicio del Periodo de Interés de que se trate, para
depósitos en Euros de igual plazo que el Periodo de Interés correspondiente. Fecha de
Formalización: significa el 30 de enero de 2025. Fecha de Liquidación de Intereses:
significa el día final de cada Período de Interés en el que se producirá una liquidación de
intereses de conformidad con lo previsto en la Estipulación 4.1 Devengo y liquidación de
intereses. Fecha de Vencimiento Final: significa el 30 de enero de 2055. Período de
Amortización: significa cada una de las cuotas semestrales de amortización del Importe
Desembolsado del Préstamo que serán los días 30 de cada semestre correspondiente.
Período de Interés: tiene el significado que a dicho concepto se le atribuye en la
Estipulación 4.3 siguiente. Período de Renovación de Tipo de Interés Ordinario: se
corresponderá con los días 30 de cada semestre. Proyecto: Financiación para la
construcción de 177 viviendas de Protección Oficial de Régimen General, con sus
correspondientes trasteros y garajes vinculados, destinadas a alquiler protegido en la
parcela RCP-6 del sector (…) Población Vitoria-Gasteiz, Municipio Vitoria-Gasteiz,
Provincia Álava (…) Ratio Loan To Value: es una ratio de información hipotecaria
introducida en España en el año 2008 que mide el porcentaje de deuda sobre el valor del
inmueble, en concreto, el valor del inmueble conforme a la última tasación realizada.
Se suspenden por ser meras definiciones, carentes de trascendencia real (9, 98 LH
y 51.6 RH).
Tercera.
N.º

Disposición del préstamo.

Cuenta: (…).

Se suspende por ser un dato sensible y tener alcance puramente personal.

La fórmula de la cual resultan los intereses es la siguiente: I = c x r x n: 36.000,
donde: «c» corresponde al saldo vivo del Préstamo; «r» es el tipo de interés nominal
anual aplicable; y «n» es el número de Días Comerciales comprendidos en el Período de
Intereses.
4.2 Conversión del tipo de interés. Finalizado el periodo de carencia, en el supuesto
de que la acreditada ejercite la opción de convertir el régimen de tipo de interés del
Préstamo de variable a fijo, podrá solicitar a la acreditante la conversión al Tipo de
Interés Fijo como se estipula en la estipulación cuarta, apartado cuarto «determinación
del tipo de interés ordinario aplicable», según las condiciones pactadas en este Contrato.

cve: BOE-A-2025-13523
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Tipo de interés, devengo y liquidación de intereses. 4.1.–Devengo,
liquidación de los intereses a favor de la acreditante.