Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13718)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las inversiones financieramente sostenibles realizadas por los Ayuntamientos en el ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89362
Administraciones Públicas, a efectos del SEC7. Por ello, además de los ayuntamientos
seleccionados, se han tenido en cuenta los datos de sus entidades instrumentales clasificadas como
Administraciones Públicas por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), cuya
enumeración se recoge en el Anexo 3, junto con la indicación de aquellas entidades dependientes
o adscritas cuyas cuentas anuales debían integrarse en la cuenta general de la entidad local.
Con carácter general, a lo largo del periodo 2017 a 2019 se han mantenido invariables las entidades
clasificadas por la IGAE como Administraciones Públicas de los ayuntamientos de la muestra
seleccionada, con las siguientes excepciones:
-
En el Ayuntamiento de Madrid, la Empresa Mixta de Servicios Funerarios, S.A. fue
clasificada como Administración Pública en julio de 2018.
-
En el Ayuntamiento de Valladolid, para el ejercicio 2019, el organismo autónomo Semana
Internacional del Cine y las fundaciones Museo de la Ciencia, Patio Herreriano de Arte
Contemporáneo Español y Teatro Calderón se han integrado en el organismo autónomo
Fundación Municipal de Cultura.
-
En el Ayuntamiento de Málaga, el organismo Agencia Pública Gestión Casa Natal de Pablo
Ruiz Picasso y Otros Equipamientos se clasificó como Administración Pública en enero de
20188.
-
En el Ayuntamiento de Santander, las fundaciones Santander Creativa y Promoción de
Centros y Actividades Sociales fueron clasificadas como Administraciones Públicas en el
ejercicio 2018, teniéndose en cuenta a partir de ese periodo para el cálculo de las distintas
magnitudes analizadas.
-
El Ayuntamiento de Córdoba causó baja en la Asociación de Ciudades de Turismo del
Caballo en diciembre de 2017, por lo que dicha entidad dejó de incluirse en los cálculos de
la Corporación en el ejercicio 2018.
A continuación, se recoge el resultado del análisis sobre el cumplimiento por las entidades
seleccionadas de los requisitos, antes mencionados, para realizar IFS en el ejercicio 2019.
II.1.1. Cumplimiento de los límites de las operaciones de endeudamiento
La disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de
medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público, prevé que las entidades locales y sus entidades dependientes o adscritas, clasificadas en
el sector Administraciones Públicas, que liquiden el ejercicio inmediato anterior con ahorro neto
positivo9, podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de
7
Con carácter general, forman parte del sector Administraciones Públicas aquellas entidades que, estando bajo el control
de una Administración, sus ingresos principales no provienen de una actividad de mercado.
El Ayuntamiento de Málaga, en sus alegaciones, manifiesta que la entidad instrumental se adaptó a la modalidad de
Agencia Pública Local en 2014, permaneciendo sectorizada como Administración Pública desde entonces, si bien en el
inventario gestionado por la SGFAL aparece clasificada por la IGAE con fecha de 1 de enero de 2018.
9
El artículo 53 del TRLRHL señala que se entenderá por ahorro neto de las entidades locales la diferencia entre los
derechos liquidados por los capítulos 1 a 5, ambos inclusive, del estado de ingresos, y las obligaciones reconocidas por
los capítulos 1, 2 y 4 del estado de gastos, minorada en el importe de una anualidad teórica de amortización de la
operación proyectada y de cada uno de los préstamos y empréstitos propios y avalados a terceros pendientes de
reembolso.
cve: BOE-A-2025-13718
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89362
Administraciones Públicas, a efectos del SEC7. Por ello, además de los ayuntamientos
seleccionados, se han tenido en cuenta los datos de sus entidades instrumentales clasificadas como
Administraciones Públicas por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), cuya
enumeración se recoge en el Anexo 3, junto con la indicación de aquellas entidades dependientes
o adscritas cuyas cuentas anuales debían integrarse en la cuenta general de la entidad local.
Con carácter general, a lo largo del periodo 2017 a 2019 se han mantenido invariables las entidades
clasificadas por la IGAE como Administraciones Públicas de los ayuntamientos de la muestra
seleccionada, con las siguientes excepciones:
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En el Ayuntamiento de Madrid, la Empresa Mixta de Servicios Funerarios, S.A. fue
clasificada como Administración Pública en julio de 2018.
-
En el Ayuntamiento de Valladolid, para el ejercicio 2019, el organismo autónomo Semana
Internacional del Cine y las fundaciones Museo de la Ciencia, Patio Herreriano de Arte
Contemporáneo Español y Teatro Calderón se han integrado en el organismo autónomo
Fundación Municipal de Cultura.
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En el Ayuntamiento de Málaga, el organismo Agencia Pública Gestión Casa Natal de Pablo
Ruiz Picasso y Otros Equipamientos se clasificó como Administración Pública en enero de
20188.
-
En el Ayuntamiento de Santander, las fundaciones Santander Creativa y Promoción de
Centros y Actividades Sociales fueron clasificadas como Administraciones Públicas en el
ejercicio 2018, teniéndose en cuenta a partir de ese periodo para el cálculo de las distintas
magnitudes analizadas.
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El Ayuntamiento de Córdoba causó baja en la Asociación de Ciudades de Turismo del
Caballo en diciembre de 2017, por lo que dicha entidad dejó de incluirse en los cálculos de
la Corporación en el ejercicio 2018.
A continuación, se recoge el resultado del análisis sobre el cumplimiento por las entidades
seleccionadas de los requisitos, antes mencionados, para realizar IFS en el ejercicio 2019.
II.1.1. Cumplimiento de los límites de las operaciones de endeudamiento
La disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de
medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público, prevé que las entidades locales y sus entidades dependientes o adscritas, clasificadas en
el sector Administraciones Públicas, que liquiden el ejercicio inmediato anterior con ahorro neto
positivo9, podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de
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Con carácter general, forman parte del sector Administraciones Públicas aquellas entidades que, estando bajo el control
de una Administración, sus ingresos principales no provienen de una actividad de mercado.
El Ayuntamiento de Málaga, en sus alegaciones, manifiesta que la entidad instrumental se adaptó a la modalidad de
Agencia Pública Local en 2014, permaneciendo sectorizada como Administración Pública desde entonces, si bien en el
inventario gestionado por la SGFAL aparece clasificada por la IGAE con fecha de 1 de enero de 2018.
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El artículo 53 del TRLRHL señala que se entenderá por ahorro neto de las entidades locales la diferencia entre los
derechos liquidados por los capítulos 1 a 5, ambos inclusive, del estado de ingresos, y las obligaciones reconocidas por
los capítulos 1, 2 y 4 del estado de gastos, minorada en el importe de una anualidad teórica de amortización de la
operación proyectada y de cada uno de los préstamos y empréstitos propios y avalados a terceros pendientes de
reembolso.
cve: BOE-A-2025-13718
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