Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13718)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las inversiones financieramente sostenibles realizadas por los Ayuntamientos en el ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
CUADRO 6
Sec. III. Pág. 89373
COMPARACIÓN ENTRE CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN Y RTGG DEL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
(Importes en euros)
2017
2018
Entidad
Capacidad
financiación
RTGG
Ayuntamiento
Agencia para el Empleo
Informática
Ayuntamiento de Madrid
Agencia Tributaria de
Madrid
Madrid Salud
Agencia de Gestión de
Licencias de Actividades
Consorcio de
Rehabilitación y
Equipamiento de
Teatros de Madrid
Madrid Calle 30
Madrid Destino Cultura,
Turismo y Negocio, S.A.
Empresa Municipal de
Vivienda y Suelo de
Madrid, S.A.
Empresa Mixta de
Servicios Funerarios de
Madrid, S.A.
TOTAL
1.046.390.421,25
10.248.425,19
1.108.294.260,80
3.057.927,63
(6.244.578,55)
2.178.969,40
420.244,55
1.440.400,36
2.030.485,53
591.121,21
376.916,65
631.756,62
299.492,37
0,00
2.236.128,53
n/d
5.985.689,84
n/d
(4.734.829,55)
n/d
n/a
n/a
1.057.008.395,81
1.116.194.436,02
Aportación
(*)
Capacidad
financiación
RTGG no
comprometido
Aportación
(*)
-
918.839.663,94
(10.061.037,65)
830.245.765,17
4.347.801,94
5.052.687,28
6.628.754,24
-
147.898,25
1.588.501,62
2.042.624,61
860.022,58
(504.285,81)
126.320,75
34.558,58
0,00
3.304.908,45
n/d
2.587.261,54
n/d
150.830.943,72
n/d
(71.815,00)
n/d
1.072.203.407,91
843.797.166,30
-
-
-
-
-
-
1.057.008.395,81
843.797.166,30
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por el Ayuntamiento y los disponibles en la Plataforma de Rendición de Cuentas.
n/a: no aplicable; n/d: no disponible
Nota: La Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, S.A. se clasificó como Administración Pública en julio de 2018.
(*) La aportación se determina, conjuntamente, por el menor entre los importes positivos de la capacidad de financiación y el RTGG.
En el ejercicio 2017, el importe del superávit calculado por el Ayuntamiento de Madrid (de manera
conjunta y sin computar importe alguno equivalente al RTGG para las entidades mercantiles)
ascendía a un total de 1.057.008 miles de euros, correspondiente a la capacidad de financiación.
No obstante, la entidad no tenía en cuenta los importes del RTGG que se encontraban
comprometidos y no podían aplicarse a los destinos previstos en la disposición adicional sexta de
la LOEPSF, que han sido estimados en un importe total de 381.962 miles.
Conforme a este nuevo criterio, el Ayuntamiento de Madrid descontó del RTGG calculado de
manera conjunta para la entidad principal y sus dependientes clasificadas como Administraciones
Públicas (1.263.817 miles de euros), el importe de las IFS autorizadas en 2018 y cuyas obligaciones
fueron reconocidas en 2019 (263.059 miles), así como el importe estimado que debía destinar a la
amortización anticipada de deuda (156.961 miles), resultando un superávit calculado por el
Ayuntamiento por importe de 843.797 miles. No obstante, de acuerdo con los cálculos efectuados
por este Tribunal, el importe total de los compromisos que debían detraerse del RTGG ascendían a
563.723 miles, lo que supone 143.703 miles de euros adicionales a los tenidos en cuenta por la
cve: BOE-A-2025-13718
Verificable en https://www.boe.es
Para determinar el superávit del ejercicio 2018, el Ayuntamiento modificó la forma de calcularlo,
amparándose en el informe de la Intervención relativo a la liquidación del presupuesto de 2019, en
el que indicaba que “se considera que las obligaciones reconocidas en 2019 correspondientes a la
incorporación de remanentes de crédito de las IFS de 2018 también deben descontarse del RTGG
total antes de efectuar la comparación con el superávit del ejercicio, ya que ya se tuvieron en cuenta
en la liquidación del presupuesto de 2018 al computarse como gastos autorizados”.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
CUADRO 6
Sec. III. Pág. 89373
COMPARACIÓN ENTRE CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN Y RTGG DEL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
(Importes en euros)
2017
2018
Entidad
Capacidad
financiación
RTGG
Ayuntamiento
Agencia para el Empleo
Informática
Ayuntamiento de Madrid
Agencia Tributaria de
Madrid
Madrid Salud
Agencia de Gestión de
Licencias de Actividades
Consorcio de
Rehabilitación y
Equipamiento de
Teatros de Madrid
Madrid Calle 30
Madrid Destino Cultura,
Turismo y Negocio, S.A.
Empresa Municipal de
Vivienda y Suelo de
Madrid, S.A.
Empresa Mixta de
Servicios Funerarios de
Madrid, S.A.
TOTAL
1.046.390.421,25
10.248.425,19
1.108.294.260,80
3.057.927,63
(6.244.578,55)
2.178.969,40
420.244,55
1.440.400,36
2.030.485,53
591.121,21
376.916,65
631.756,62
299.492,37
0,00
2.236.128,53
n/d
5.985.689,84
n/d
(4.734.829,55)
n/d
n/a
n/a
1.057.008.395,81
1.116.194.436,02
Aportación
(*)
Capacidad
financiación
RTGG no
comprometido
Aportación
(*)
-
918.839.663,94
(10.061.037,65)
830.245.765,17
4.347.801,94
5.052.687,28
6.628.754,24
-
147.898,25
1.588.501,62
2.042.624,61
860.022,58
(504.285,81)
126.320,75
34.558,58
0,00
3.304.908,45
n/d
2.587.261,54
n/d
150.830.943,72
n/d
(71.815,00)
n/d
1.072.203.407,91
843.797.166,30
-
-
-
-
-
-
1.057.008.395,81
843.797.166,30
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por el Ayuntamiento y los disponibles en la Plataforma de Rendición de Cuentas.
n/a: no aplicable; n/d: no disponible
Nota: La Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, S.A. se clasificó como Administración Pública en julio de 2018.
(*) La aportación se determina, conjuntamente, por el menor entre los importes positivos de la capacidad de financiación y el RTGG.
En el ejercicio 2017, el importe del superávit calculado por el Ayuntamiento de Madrid (de manera
conjunta y sin computar importe alguno equivalente al RTGG para las entidades mercantiles)
ascendía a un total de 1.057.008 miles de euros, correspondiente a la capacidad de financiación.
No obstante, la entidad no tenía en cuenta los importes del RTGG que se encontraban
comprometidos y no podían aplicarse a los destinos previstos en la disposición adicional sexta de
la LOEPSF, que han sido estimados en un importe total de 381.962 miles.
Conforme a este nuevo criterio, el Ayuntamiento de Madrid descontó del RTGG calculado de
manera conjunta para la entidad principal y sus dependientes clasificadas como Administraciones
Públicas (1.263.817 miles de euros), el importe de las IFS autorizadas en 2018 y cuyas obligaciones
fueron reconocidas en 2019 (263.059 miles), así como el importe estimado que debía destinar a la
amortización anticipada de deuda (156.961 miles), resultando un superávit calculado por el
Ayuntamiento por importe de 843.797 miles. No obstante, de acuerdo con los cálculos efectuados
por este Tribunal, el importe total de los compromisos que debían detraerse del RTGG ascendían a
563.723 miles, lo que supone 143.703 miles de euros adicionales a los tenidos en cuenta por la
cve: BOE-A-2025-13718
Verificable en https://www.boe.es
Para determinar el superávit del ejercicio 2018, el Ayuntamiento modificó la forma de calcularlo,
amparándose en el informe de la Intervención relativo a la liquidación del presupuesto de 2019, en
el que indicaba que “se considera que las obligaciones reconocidas en 2019 correspondientes a la
incorporación de remanentes de crédito de las IFS de 2018 también deben descontarse del RTGG
total antes de efectuar la comparación con el superávit del ejercicio, ya que ya se tuvieron en cuenta
en la liquidación del presupuesto de 2018 al computarse como gastos autorizados”.