Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13709)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas de fomento e incentivos estatales a la cinematografía y al sector audiovisual, ejercicios 2020 y 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88663

GRÁFICO N.º 2
PROCEDIMIENTO RECONOCIMIENTO DE COSTE

Fuente: Elaboración propia

Igualmente, el artículo 2.3.c de la Orden prevé que no se computarán como coste, entre otros, los
gastos superiores a 40.000 euros, en el caso de largometrajes, y superiores a 2.000 euros en el
caso de cortometrajes, facturados por cada empresa vinculada a la empresa productora. El ICAA
ha entendido que, en caso de superarse este importe, la totalidad del gasto no es subvencionable,
lo que ha generado cierta litigiosidad, dado que la práctica que se está siguiendo no parece
deducirse como única posibilidad de la redacción de este precepto.
Por otro lado, la Orden 2784/2015 presenta algunas discrepancias con lo establecido en el artículo
74 del RLGS, dedicado a la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor. Se observa
que la información exigible al beneficiario por parte de la Orden no incluye documentación
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 26/10/2023

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cve: BOE-A-2025-13709
Verificable en https://www.boe.es

Si bien, en la práctica, las solicitudes presentadas fuera de los plazos previstos en la norma son
inadmitidas, el artículo 5.2 de la Orden 2784/2015, en su último párrafo, presenta una redacción
confusa para este supuesto, al establecer que “no obstante, en el caso de que la película a la que
se refiera la solicitud hubiera resultado beneficiaria de alguna ayuda se realizará el reconocimiento
de coste a los únicos efectos de la justificación de dicha ayuda, sin que dicho reconocimiento le
habilite para la percepción de futuras ayudas”.