Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13716)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Reactivación económica y social, Diputación Suma+, de la Diputación Provincial de Badajoz, ejercicios 2020 a 2022.
124 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89167
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
En el subapartado II.1 se recogen los resultados referidos al cumplimiento por las entidades de sus
obligaciones de rendición de cuentas y en el II.2 los referentes a la tramitación y gestión realizada
por la DP de Badajoz del Plan Suma hasta el 31 de marzo de 20232.
Por su parte, los resultados derivados de las actuaciones desarrolladas con los recursos del Plan por
las entidades beneficiarias hasta la finalización del periodo fiscalizado se incluyen en el subapartado
II.3. Tales resultados se refieren a una muestra formada por 15 entidades, de las que 13 eran
ayuntamientos y 2 ELM. Su identificación y los criterios para su selección se indican en el citado
subapartado.
Por último, en el subapartado II.4 se recogen los resultados sobre el cumplimiento de la normativa
sobre transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
II.1. RENDICIÓN DE CUENTAS
La sujeción al régimen de contabilidad pública establecido legalmente para las EELL implica la
obligación de rendir sus cuentas al TCu, cualquiera que sea su naturaleza.
Respecto de la cuenta general del año 2020, las entidades de Almendralejo, Entrerríos y Gargáligas
no habían cumplido su obligación de rendición a 11 de octubre de 2023, siendo la referida al año
2018 la última cuenta rendida en el caso de las dos primeras. Por su parte, la ELM de Gargáligas no
ha presentado sus cuentas a este Tribunal desde hace más de 15 años.
Del resto de entidades, 9 rindieron su cuenta general de 2020 en plazo y 4 lo hicieron con retraso. Es
el caso de los Ayuntamientos de Zafra, Benquerencia de la Serena, Olivenza y Azuaga, que
presentaron sus cuentas con un retraso de 528, 125, 61 y 45 días, respectivamente.
En relación con la cuenta general del ejercicio 2021, no la habían rendido 4 entidades; las 3 que se
encontraban en esta situación respecto del ejercicio 2020, así como el Ayuntamiento de Castuera.
Respecto de las entidades que habían rendido sus cuentas generales, los Ayuntamientos que lo
hicieron con mayor retraso fueron los de Olivenza, Zafra, Benquerencia de la Serena y Jerez de los
Caballeros, que lo hicieron con un retraso de 370, 163, 89 y 61 días, respectivamente.
Por último, en relación con la cuenta general del ejercicio 2022, cuyo plazo de rendición finalizó
durante el trámite de formulación de alegaciones, los Ayuntamientos de Almendralejo, Azuaga,
Castuera, Olivenza y las ELM de Entrerríos y Gargáligas no remitieron su cuenta general en el plazo
legal previsto.
2
A fecha de redacción del presente Anteproyecto de Informe algunos beneficiarios tenían pendiente de justificar a la DP
las actuaciones ejecutadas por las ampliaciones del plazo concedidas para ello por la DP, como se expone en el epígrafe
II.2.8.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
En el Anexo III se detalla el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas por la DP de
Badajoz y el resto de las entidades analizadas.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89167
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
En el subapartado II.1 se recogen los resultados referidos al cumplimiento por las entidades de sus
obligaciones de rendición de cuentas y en el II.2 los referentes a la tramitación y gestión realizada
por la DP de Badajoz del Plan Suma hasta el 31 de marzo de 20232.
Por su parte, los resultados derivados de las actuaciones desarrolladas con los recursos del Plan por
las entidades beneficiarias hasta la finalización del periodo fiscalizado se incluyen en el subapartado
II.3. Tales resultados se refieren a una muestra formada por 15 entidades, de las que 13 eran
ayuntamientos y 2 ELM. Su identificación y los criterios para su selección se indican en el citado
subapartado.
Por último, en el subapartado II.4 se recogen los resultados sobre el cumplimiento de la normativa
sobre transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
II.1. RENDICIÓN DE CUENTAS
La sujeción al régimen de contabilidad pública establecido legalmente para las EELL implica la
obligación de rendir sus cuentas al TCu, cualquiera que sea su naturaleza.
Respecto de la cuenta general del año 2020, las entidades de Almendralejo, Entrerríos y Gargáligas
no habían cumplido su obligación de rendición a 11 de octubre de 2023, siendo la referida al año
2018 la última cuenta rendida en el caso de las dos primeras. Por su parte, la ELM de Gargáligas no
ha presentado sus cuentas a este Tribunal desde hace más de 15 años.
Del resto de entidades, 9 rindieron su cuenta general de 2020 en plazo y 4 lo hicieron con retraso. Es
el caso de los Ayuntamientos de Zafra, Benquerencia de la Serena, Olivenza y Azuaga, que
presentaron sus cuentas con un retraso de 528, 125, 61 y 45 días, respectivamente.
En relación con la cuenta general del ejercicio 2021, no la habían rendido 4 entidades; las 3 que se
encontraban en esta situación respecto del ejercicio 2020, así como el Ayuntamiento de Castuera.
Respecto de las entidades que habían rendido sus cuentas generales, los Ayuntamientos que lo
hicieron con mayor retraso fueron los de Olivenza, Zafra, Benquerencia de la Serena y Jerez de los
Caballeros, que lo hicieron con un retraso de 370, 163, 89 y 61 días, respectivamente.
Por último, en relación con la cuenta general del ejercicio 2022, cuyo plazo de rendición finalizó
durante el trámite de formulación de alegaciones, los Ayuntamientos de Almendralejo, Azuaga,
Castuera, Olivenza y las ELM de Entrerríos y Gargáligas no remitieron su cuenta general en el plazo
legal previsto.
2
A fecha de redacción del presente Anteproyecto de Informe algunos beneficiarios tenían pendiente de justificar a la DP
las actuaciones ejecutadas por las ampliaciones del plazo concedidas para ello por la DP, como se expone en el epígrafe
II.2.8.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
En el Anexo III se detalla el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas por la DP de
Badajoz y el resto de las entidades analizadas.