Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13716)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Reactivación económica y social, Diputación Suma+, de la Diputación Provincial de Badajoz, ejercicios 2020 a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
•
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89181
La herramienta no contenía registros de actividad, ni datos históricos, ni trazabilidad de las
modificaciones realizadas y la persona que las habían efectuado.
Como consecuencia de la introducción manual de la información recibida, la denominación de las
actuaciones subvencionadas a ejecutar difirió de la comunicada por los beneficiarios en los modelos
normalizados presentados. El Servicio de Planificación incluyó en la hoja de cálculo denominaciones
generales no normalizadas, llegando a ser incluso más genéricas las que constaban en DYGEX.
Todo ello, dificultó el adecuado seguimiento y control de las actuaciones comunicadas por los
beneficiarios.
En el gráfico siguiente se detallan los sistemas de información utilizados en las diferentes fases de
tramitación del Plan:
GRÁFICO 13. SISTEMAS DE INFORMACIÓN UTILIZADOS EN LAS FASES DE TRAMITACIÓN
DEL PLAN
Fuente: Elaboración propia
Ninguna de las herramientas utilizadas para la gestión y tramitación del Plan permitía la obtención de
un expediente electrónico en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
II.2.6. Comunicación de las actuaciones a realizar por los beneficiarios
Los beneficiarios comunicaban al Área de Fomento el desglose de las actuaciones específicas a
ejecutar, clasificadas por líneas de actuación, con posterioridad a la recepción de los fondos, e incluso
a la resolución de concesión de las subvenciones, cuestión esta última que ya fue criticada en el
informe jurídico emitido por el Secretario General de la DP durante la aprobación de las BBRR.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
Finalmente, en relación con las políticas de seguridad informáticas aplicadas a las herramientas de
utilizadas, la DP no disponía de un manual de seguridad específico que garantizase una adecuada
protección de la información en ellas contenida.
Núm. 160
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Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89181
La herramienta no contenía registros de actividad, ni datos históricos, ni trazabilidad de las
modificaciones realizadas y la persona que las habían efectuado.
Como consecuencia de la introducción manual de la información recibida, la denominación de las
actuaciones subvencionadas a ejecutar difirió de la comunicada por los beneficiarios en los modelos
normalizados presentados. El Servicio de Planificación incluyó en la hoja de cálculo denominaciones
generales no normalizadas, llegando a ser incluso más genéricas las que constaban en DYGEX.
Todo ello, dificultó el adecuado seguimiento y control de las actuaciones comunicadas por los
beneficiarios.
En el gráfico siguiente se detallan los sistemas de información utilizados en las diferentes fases de
tramitación del Plan:
GRÁFICO 13. SISTEMAS DE INFORMACIÓN UTILIZADOS EN LAS FASES DE TRAMITACIÓN
DEL PLAN
Fuente: Elaboración propia
Ninguna de las herramientas utilizadas para la gestión y tramitación del Plan permitía la obtención de
un expediente electrónico en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
II.2.6. Comunicación de las actuaciones a realizar por los beneficiarios
Los beneficiarios comunicaban al Área de Fomento el desglose de las actuaciones específicas a
ejecutar, clasificadas por líneas de actuación, con posterioridad a la recepción de los fondos, e incluso
a la resolución de concesión de las subvenciones, cuestión esta última que ya fue criticada en el
informe jurídico emitido por el Secretario General de la DP durante la aprobación de las BBRR.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
Finalmente, en relación con las políticas de seguridad informáticas aplicadas a las herramientas de
utilizadas, la DP no disponía de un manual de seguridad específico que garantizase una adecuada
protección de la información en ellas contenida.