Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13710)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de entidades del sector público empresarial estatal no financiero aprobados en el periodo 2016 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88740
través de sus planes de control, en virtud del artículo 40.4 del TRLPEMM, realiza la supervisión y
control de los procedimientos de contratación, con independencia de donde provengan los fondos
de financiación.
Para reforzar la supervisión y control en los procedimientos de contratación y en su ejecución, en
especial de las actuaciones que sean objeto de cofinanciación con Fondos Europeos, se ha
verificado que Puertos del Estado dispone de un “Plan de Comunicación Autoridades Portuarias y
Puertos del Estado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” que contempla las
acciones de comunicación de obligado cumplimiento recogidas en los diferentes instrumentos
jurídicos de carácter europeo y nacional, al objeto de dar respuesta a las acciones requeridas, en
el que se exponen las acciones de comunicación a aportar por las Autoridades Portuarias y Puertos
del Estado como entidades partícipes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Además, con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la normativa
aplicable a la gestión de los fondos Next Generation EU – Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, Puertos del Estado ha desarrollado un “Plan de medidas antifraude”, para garantizar y
declarar que, en su ámbito de actuación, los fondos han sido utilizados conforme a las normas
aplicables, en particular, en lo que hace referencia a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
La recomendación se considera cumplida.
II.1.3. Seguimiento de la Resolución aprobada por la Comisión Mixta relativa al Informe de
Fiscalización de la ejecución por la Autoridad Portuaria de Gijón del proyecto de
ampliación del Puerto de Gijón, ejercicios 2012 y 2013
La Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas en su sesión
celebrada el 16 de mayo de 2017, acordó asumir el contenido del informe, así como sus
conclusiones y recomendaciones, adicionalmente, instó al Gobierno:
A colaborar con la OLAF y la Audiencia Nacional para contribuir a depurar las responsabilidades
judiciales derivadas de las negligencias e irregularidades durante la ejecución de las obras de
ampliación del Puerto de Gijón.
El 12 de noviembre de 2014 se recibió escrito de la Dirección General de Política Regional y Urbana
de la Comisión Europea, dirigida al Subdirector General de Certificación y Pagos del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, que incluía la “motivación de la corrección financiera
propuesta” calificando la totalidad de gasto declarado como no elegible, y pretendiendo la
recuperación de 198 millones de euros por los pagos realizados, y el impago de 49,5 millones
pendiente de desembolso en concepto de saldo final. El 2 de febrero de 2015 la Autoridad Portuaria
de Gijón presentó alegaciones mostrando su disconformidad con la propuesta.
Hasta la fecha, el MITMA, no tiene conocimiento de ninguna otra actuación realizada por la
Comisión Europea.
cve: BOE-A-2025-13710
Verificable en https://www.boe.es
El 24 de junio de 2011 la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) informó de la apertura
de un expediente de investigación en relación con el Proyecto de Ampliación del Puerto de Gijón,
financiado por el Fondo de Cohesión. La investigación se extendió hasta marzo de 2014, con la
notificación de la OLAF a la Autoridad Portuaria del cierre de la investigación y la emisión del
informe. Durante este periodo la Autoridad Portuaria atendió diversos requerimientos de remisión
de documentación e información adicional, colaborando totalmente y con transparencia.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88740
través de sus planes de control, en virtud del artículo 40.4 del TRLPEMM, realiza la supervisión y
control de los procedimientos de contratación, con independencia de donde provengan los fondos
de financiación.
Para reforzar la supervisión y control en los procedimientos de contratación y en su ejecución, en
especial de las actuaciones que sean objeto de cofinanciación con Fondos Europeos, se ha
verificado que Puertos del Estado dispone de un “Plan de Comunicación Autoridades Portuarias y
Puertos del Estado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” que contempla las
acciones de comunicación de obligado cumplimiento recogidas en los diferentes instrumentos
jurídicos de carácter europeo y nacional, al objeto de dar respuesta a las acciones requeridas, en
el que se exponen las acciones de comunicación a aportar por las Autoridades Portuarias y Puertos
del Estado como entidades partícipes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Además, con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la normativa
aplicable a la gestión de los fondos Next Generation EU – Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, Puertos del Estado ha desarrollado un “Plan de medidas antifraude”, para garantizar y
declarar que, en su ámbito de actuación, los fondos han sido utilizados conforme a las normas
aplicables, en particular, en lo que hace referencia a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
La recomendación se considera cumplida.
II.1.3. Seguimiento de la Resolución aprobada por la Comisión Mixta relativa al Informe de
Fiscalización de la ejecución por la Autoridad Portuaria de Gijón del proyecto de
ampliación del Puerto de Gijón, ejercicios 2012 y 2013
La Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas en su sesión
celebrada el 16 de mayo de 2017, acordó asumir el contenido del informe, así como sus
conclusiones y recomendaciones, adicionalmente, instó al Gobierno:
A colaborar con la OLAF y la Audiencia Nacional para contribuir a depurar las responsabilidades
judiciales derivadas de las negligencias e irregularidades durante la ejecución de las obras de
ampliación del Puerto de Gijón.
El 12 de noviembre de 2014 se recibió escrito de la Dirección General de Política Regional y Urbana
de la Comisión Europea, dirigida al Subdirector General de Certificación y Pagos del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, que incluía la “motivación de la corrección financiera
propuesta” calificando la totalidad de gasto declarado como no elegible, y pretendiendo la
recuperación de 198 millones de euros por los pagos realizados, y el impago de 49,5 millones
pendiente de desembolso en concepto de saldo final. El 2 de febrero de 2015 la Autoridad Portuaria
de Gijón presentó alegaciones mostrando su disconformidad con la propuesta.
Hasta la fecha, el MITMA, no tiene conocimiento de ninguna otra actuación realizada por la
Comisión Europea.
cve: BOE-A-2025-13710
Verificable en https://www.boe.es
El 24 de junio de 2011 la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) informó de la apertura
de un expediente de investigación en relación con el Proyecto de Ampliación del Puerto de Gijón,
financiado por el Fondo de Cohesión. La investigación se extendió hasta marzo de 2014, con la
notificación de la OLAF a la Autoridad Portuaria del cierre de la investigación y la emisión del
informe. Durante este periodo la Autoridad Portuaria atendió diversos requerimientos de remisión
de documentación e información adicional, colaborando totalmente y con transparencia.