Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13713)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de entidades del sector público empresarial estatal no financiero aprobados en el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88945

De esta manera, se examinan las actividades y los procesos desarrollados en la Sociedad,
valorando su ajuste, y se revisan las políticas, los códigos, los procedimientos y los contratos
empleados en el desarrollo de su actividad. También se realizan los ajustes necesarios,
constituyendo un órgano de control interno para el seguimiento de los eventuales riesgos.
El análisis de riesgos parte de los existentes en enero de 2019 y de los riesgos hipotéticos, tanto en
función del sector económico en el que opera como de sus actividades intrínsecas, pretendiendo
diseñar un sistema preventivo conforme a la norma UNE 19601 que permita conseguir la
certificación de compliance penal.
Este Manual se centra exclusivamente en la actividad de MERCASA, excluyendo por tanto las
actividades realizadas en Olympic Moll, S.A. (OMSA) -sociedad filial de MERCASA, participada por
esta en un 100 % del capital social- y por las distintas sociedades gestoras de las unidades
alimentarias en las que participa, denominadas “Mercas”. Sus destinatarios son toda la estructura
administrativa de la Sociedad, así como aquellos que, aun no siendo empleados directos de
MERCASA, pudieran, ocasionalmente, actuar en su esfera: subcontratistas, proveedores y clientes.
La Entidad ha desarrollado un doble canal de denuncias, a través de su página web, mediante dos
correos electrónicos. El primer canal es estrictamente para denuncias y permite seguir la
trazabilidad y la tramitación por el responsable, mientras que el segundo es una herramienta
corporativa a disposición de todos los profesionales, empleados, colaboradores, proveedores y
clientes de la compañía para la formulación de cualquier consulta, sugerencia o comunicación
respecto del cumplimiento del Código de Conducta y el Modelo de prevención y detección de riesgos
penales.
El segundo de los documentos aprobados por MERCASA en materia de prevención de riesgos
penales, el denominado “Identificación de posibles riesgos y el impulso de acciones para mitigarlos”,
identifica las actividades por departamentos con el objetivo de prevenir la comisión de posibles
ilícitos penales que podrían conllevar la responsabilidad penal de la persona jurídica si se realizasen
por un representante legal o empleado, en beneficio de la Sociedad, y no se hubieran implementado
medidas de control para prevenir e identificar los riesgos penales.

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Código de Conducta.
Canal de denuncias.
Segregación de funciones, fortalecimiento orgánico de la Sociedad a través del
establecimiento de diferentes Comités y generalización de poderes de representación
mancomunados en cuanto a facultades que impliquen o conlleven una obligación de gasto
(excepto los gastos de pequeña cuantía), inversión y vinculación contractual.
Auditorías específicas.
Formaciones específicas.
Instrucciones internas de Contratación.
Políticas sobre protección de datos.
Normativa reguladora de SEPI.
Manual de Planificación, Seguimiento y Control de SEPI.
Estatuto de Auditoría Interna de MERCASA.

cve: BOE-A-2025-13713
Verificable en https://www.boe.es

La estructura de este documento está referenciada al articulado del Código Penal, y define los
controles específicos por cada delito, los riesgos que no han sido identificados como potencialmente
posibles y aquellos existentes al ser intrínsecos al tipo de actividad empresarial que desarrolla la
Sociedad. Para prevenir los riesgos penales que podrían surgir en la actividad profesional se
establecen los siguientes controles específicos: