Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13713)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de entidades del sector público empresarial estatal no financiero aprobados en el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88944
II.1.2. Recomendación 2
Se recomienda que MERCASA continúe con la adopción de las medidas necesarias para la efectiva
implementación de un sistema eficaz para la prevención de riesgos penales y para el fomento y la
sistematización de la integridad en el ejercicio de su actividad, tanto en el ámbito interno como el
externo de la Entidad.
El Informe de fiscalización referido a los ejercicios 2017 y 2018 analizó también la situación de la
Sociedad en materia de prevención de riesgos penales. La conclusión principal a estos efectos fue
que al cierre del ejercicio 2018 estaba pendiente de aprobación, y por tanto de aplicación, un sistema
de prevención de riesgos penales eficaz. Esta conclusión fue el fundamento de la recomendación 2
transcrita. El Informe añadía que, en septiembre de 2019, con posterioridad por tanto al ámbito
temporal de aquella fiscalización, quedó aprobada una actualización del Manual de Prevención de
Riesgos Penales.
Al objeto de evaluar el grado de cumplimiento de la recomendación citada se han analizado las
actuaciones llevadas a cabo por MERCASA en materia de prevención de riesgos penales, que se
han materializado en la aprobación de dos documentos: uno de carácter general, el citado Manual
de Prevención de Riesgos Penales, y otro de carácter más especial, el denominado “Identificación
de posibles riesgos y el impulso de acciones para mitigarlos”.
El Manual de Prevención de Riesgos Penales fue aprobado por la Comisión de Auditoría el 26 de
septiembre de 2019. Detalla los principios de gestión y prevención de delitos y los adecúa a las
modificaciones introducidas en el Código Penal por las Leyes Orgánicas 5/2010, de 22 de junio, y
1/2015, de 30 de marzo, así como a la Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2016, sobre la
responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada
por Ley Orgánica 1/2015.
-
Sensibilización y difusión, a todos los niveles, de los principios asumidos y de las reglas de
comportamiento.
Revisión periódica de las actividades que potencialmente podrían estar afectadas por algún
riesgo.
Establecimiento de controles adecuados y proporcionales al riesgo en las operaciones, así
como de medidas para su supervisión.
Segregación de funciones y apoderamientos.
Supervisión y control de los comportamientos de la Sociedad, así como del funcionamiento
del Modelo de Prevención de Riesgos.
Actualización de las funciones y de las reglas de comportamiento de la Sociedad tras los
posibles cambios en la normativa vigente.
Comunicación efectiva de las políticas y procedimientos, involucrando todos los niveles de
la Sociedad.
Inclusión de las materias de prevención de riesgos penales en los programas de formación
de empleados.
cve: BOE-A-2025-13713
Verificable en https://www.boe.es
El Manual establece la estructura y el funcionamiento de los órganos de control y supervisión
establecidos en MERCASA, detallando los controles anteriormente existentes y los que la Sociedad
ha implantado con asesoramiento externo. Incluye el mapa de riesgos, clasificándolos como
relevantes y no relevantes, al objeto de permitir el ejercicio del control sobre su actividad pública
empresarial. Los principios definidos para asegurar la eficacia de las medidas establecidas son los
siguientes:
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88944
II.1.2. Recomendación 2
Se recomienda que MERCASA continúe con la adopción de las medidas necesarias para la efectiva
implementación de un sistema eficaz para la prevención de riesgos penales y para el fomento y la
sistematización de la integridad en el ejercicio de su actividad, tanto en el ámbito interno como el
externo de la Entidad.
El Informe de fiscalización referido a los ejercicios 2017 y 2018 analizó también la situación de la
Sociedad en materia de prevención de riesgos penales. La conclusión principal a estos efectos fue
que al cierre del ejercicio 2018 estaba pendiente de aprobación, y por tanto de aplicación, un sistema
de prevención de riesgos penales eficaz. Esta conclusión fue el fundamento de la recomendación 2
transcrita. El Informe añadía que, en septiembre de 2019, con posterioridad por tanto al ámbito
temporal de aquella fiscalización, quedó aprobada una actualización del Manual de Prevención de
Riesgos Penales.
Al objeto de evaluar el grado de cumplimiento de la recomendación citada se han analizado las
actuaciones llevadas a cabo por MERCASA en materia de prevención de riesgos penales, que se
han materializado en la aprobación de dos documentos: uno de carácter general, el citado Manual
de Prevención de Riesgos Penales, y otro de carácter más especial, el denominado “Identificación
de posibles riesgos y el impulso de acciones para mitigarlos”.
El Manual de Prevención de Riesgos Penales fue aprobado por la Comisión de Auditoría el 26 de
septiembre de 2019. Detalla los principios de gestión y prevención de delitos y los adecúa a las
modificaciones introducidas en el Código Penal por las Leyes Orgánicas 5/2010, de 22 de junio, y
1/2015, de 30 de marzo, así como a la Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2016, sobre la
responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada
por Ley Orgánica 1/2015.
-
Sensibilización y difusión, a todos los niveles, de los principios asumidos y de las reglas de
comportamiento.
Revisión periódica de las actividades que potencialmente podrían estar afectadas por algún
riesgo.
Establecimiento de controles adecuados y proporcionales al riesgo en las operaciones, así
como de medidas para su supervisión.
Segregación de funciones y apoderamientos.
Supervisión y control de los comportamientos de la Sociedad, así como del funcionamiento
del Modelo de Prevención de Riesgos.
Actualización de las funciones y de las reglas de comportamiento de la Sociedad tras los
posibles cambios en la normativa vigente.
Comunicación efectiva de las políticas y procedimientos, involucrando todos los niveles de
la Sociedad.
Inclusión de las materias de prevención de riesgos penales en los programas de formación
de empleados.
cve: BOE-A-2025-13713
Verificable en https://www.boe.es
El Manual establece la estructura y el funcionamiento de los órganos de control y supervisión
establecidos en MERCASA, detallando los controles anteriormente existentes y los que la Sociedad
ha implantado con asesoramiento externo. Incluye el mapa de riesgos, clasificándolos como
relevantes y no relevantes, al objeto de permitir el ejercicio del control sobre su actividad pública
empresarial. Los principios definidos para asegurar la eficacia de las medidas establecidas son los
siguientes: