Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13711)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88831

II.1.2.2. RECOMENDACIÓN 2
El CNIO debería elaborar un procedimiento objetivo para la valoración de las diferentes ofertas
presentadas en las Solicitudes de Ofertas.
En el Informe 1.302, se dio cuenta de que con fecha 23 de junio de 2015, se habían elaborado unas
nuevas Instrucciones Internas de Contratación (IIC), actualizadas el 21 de febrero de 2017, con lo
que se daba un cumplimiento formal a lo requerido en la recomendación, pero del examen de su
aplicación se observaba la limitación de la competencia y una acumulación de contratos con el
mismo licitador, lo que llevaba a concluir que se había producido un cumplimiento estrictamente
formal.
Tras el examen de la contratación correspondiente al ejercicio 2021, se ha comprobado que la
acumulación en un mismo licitador se ha reducido palpablemente. Se han adjudicado 5.831
contratos menores por un importe total de 4.609.199,83 de euros y, salvo en dos casos, la
acumulación en un mismo contratista no supera la cantidad de 60.000 euros.
La recomendación se considera cumplida.
II.1.2.3. RECOMENDACIÓN 3
Se recomienda la acumulación en lo posible de las órdenes de compra de productos similares para
efectuar su adquisición, siguiendo los procedimientos de las IIC y evitando los contratos menores.
En el Informe 1.302, se manifestó que se había producido una mejora evidente al respecto, sobre
todo con la incorporación de la posibilidad de realizar acuerdos marco para la contratación en un
único expediente de la adquisición de múltiples artículos y referencias.
Actualmente, se ha continuado con la reducción del volumen de contratación por contratos menores.
En 2017, había descendido desde el 67,78 % del total del importe contratado en los años 2012 y
2013 a un 29,71 %. En 2021 se han formalizado 10.079 contratos menores, por un importe de
4.609.199,83 euros, lo que representa un 21,46 % del total del importe contratado por el CNIO.
Continúa bajando el porcentaje de contratación por el procedimiento de contrato menor.
La recomendación se considera cumplida.
II.1.2.4. RECOMENDACIÓN 4
Se recomienda que la fundación CNIO tome las medidas oportunas para poder disponer en el plazo
más breve posible de un Acuerdo laboral que regule las condiciones retributivas y complementos
salariales de su personal.

En el Plan de Viabilidad 2013-2016 de la Fundación se encontraba prevista la negociación con los
sindicatos de un Convenio Colectivo a partir de febrero de 2014, que debería formalizarse antes del
final de ese ejercicio. Se celebraron numerosas reuniones de la Mesa de Negociación que dieron
lugar a la redacción de un borrador de Convenio Colectivo (el séptimo), que fue enviado al Ministerio
de Hacienda y Administraciones Públicas el 24 de noviembre de 2015 para la emisión del preceptivo
informe. La Fundación, realizó infructuosos intentos de reunirse con el Ministerio, y llegó un

cve: BOE-A-2025-13711
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En el Informe 1.302, ya se puso de manifiesto la falta de acuerdo entre el Comité de Empresa y la
Dirección del CNIO.