Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13711)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88834

CUADRO N.º 3: ESTRUCTURA DE DOMINIO FECYT
Entidades
AGE: Ministerio de Ciencia e Innovación
AGE: Ministerio de Sanidad
Universidad de Castilla-La Mancha
Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E.
Agencia Estatal de Investigación, M.P.
Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.
Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P.

Total

Participación
52,94
47,06
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00

% Voto
54,55
0,00
9,09
9,09
9,09
9,09
9,09
100

Fuente: INVENTE-IGAE

II.2.2. Seguimiento de las Recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización de la
Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, ejercicios 2012 y 2013
II.2.2.1. RECOMENDACIÓN 1
La Fundación debería coordinar adecuadamente, con la Secretaría General de Universidades, los
procedimientos de seguimiento y control de las ayudas en el Marco del Estatuto del personal
investigador en el extranjero, mediante la creación de una Comisión paritaria entre ambos
organismos, con la finalidad de examinar el desarrollo del convenio y el grado de cumplimiento de
sus objetivos, así como la propuesta de modificaciones o mejoras en el sistema de gestión del
programa.
El 27 de febrero de 2008 se firmó por la FECYT un convenio de colaboración con la Secretaría de
Estado de Universidades e Investigación para la gestión de programas en el marco del Estatuto del
personal investigador en el extranjero. El 25 de julio de 2013, se actualizó el convenio con el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Con fecha 9 de julio de 2015, en contestación a una
propuesta de nuevo convenio, el Director General de la Fundación, manifiesta la imposibilidad de
asumir por falta de los recursos requeridos para ello las obligaciones que conlleva el nuevo
convenio. El 26 de agosto se firmó un nuevo convenio entre la FECYT, el Ministerio y la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo (en adelante UIMP) por el que, con fecha 31 de diciembre de 2015,
la UIMP, se subrogaba en las obligaciones contraídas por la FECYT en este ámbito. Dado que el
convenio a que se refiere la recomendación ha quedado modificado y que la UIMP se ha subrogado
en las obligaciones contraídas por la FECYT, la recomendación deja de ser aplicable a la FECYT.
La recomendación se considera no aplicable.

Sería necesario que la Fundación incrementase el control que efectúa sobre las justificaciones
económicas presentadas por los beneficiarios de las Convocatorias de Ayudas del Programa de
Cultura Científica y de la Innovación, solicitando a sus perceptores, aleatoriamente, la remisión de
los justificantes de los gastos y de los pagos incurridos en la realización de las actividades
subvencionadas, y, en algún caso, contratando expertos que emitan un informe sobre la correcta
aplicación de las ayudas por parte del beneficiario de las mismas.
Ya en el Informe 1.302, se plasmó la evolución que había experimentado el control a estas ayudas
entre 2012 y 2016 cuyo detalle se presenta en el Cuadro n.º 4:

cve: BOE-A-2025-13711
Verificable en https://www.boe.es

II.2.2.2. RECOMENDACIÓN 2