Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13711)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88840
Educación, Cultura y Deportes solicitud de manifestación de asunción del proyecto de pérdida de
carácter de Fundación del Sector Público Estatal de la Fundación Puertos de Las Palmas.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación a instancia de la Subdirección General
del Protectorado de Fundaciones trasladó esta solicitud de manifestación de asunción del proyecto
de pérdida de carácter de Fundación del Sector Público Estatal de la Fundación Puertos de Las
Palmas al Ministerio de Fomento al ejercer este Departamento ministerial la tutela efectiva de la
Fundación.
El Ministerio de Fomento emitió informe en el que concluye no compartir la posición de la Fundación
manifestada en la Memoria respecto de la calificación de unas aportaciones efectuadas en su día
por la Autoridad Portuaria para la rehabilitación del edificio concesional. Se han realizado nuevas
peticiones, con corrección de valores sobre la valoración de tasación del edificio. La IGAE se ha
negado a emitir el preceptivo informe en tanto en cuanto el Ministerio que ejerce la tutela sobre la
Fundación se niegue a asumir dicho proyecto.
Estas circunstancias han determinado que, el procedimiento quedase bloqueado porque: por un
lado, tanto el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte como el Ministerio de Fomento (Puertos
del Estado) se negaban a asumir el proyecto de la Fundación para la pérdida de su carácter de
fundación perteneciente al sector público estatal al no compartir su posición respecto de la
calificación de unas aportaciones efectuadas en su día por la Autoridad Portuaria para la
rehabilitación de un edificio cuya gestión fue otorgada a la Fundación mediante una concesión; y,
por otro lado, porque la IGAE se negaba a emitir el preceptivo informe al que alude el apartado
sexto del Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de septiembre de 2013 en tanto en cuanto el
Ministerio que ejerce la tutela sobre la Fundación no asumiera dicho proyecto.
A la fecha del cierre de los trabajos, en el INVENTE de la IGAE, figura que la Autoridad Portuaria
de Las Palmas tiene una participación del 80 % y la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores
Portuarios del Puerto de La Luz y de Las Palmas un 20 %5.
La recomendación se considera en curso
e) Fundación Juan José García
La IGAE en su informe de 10 de noviembre de 2020 puntualiza que las actuaciones para la
finalización del proceso, parece que se encuentran suspendidas desde 2016 y es por ello que insta
al Ministerio de Cultura y Deporte a que complete sin más demora su proceso de extinción
traspasando sin más actuaciones previas, conforme a lo previsto en el artículo 97 de la LRJSP, los
activos y pasivos a la entidad u órgano de la Administración del Estado que se determine y
quedando esta, por tanto, subrogada en los derechos y obligaciones de la Fundación y habilitada
para regularizar en el Registro de la Propiedad la situación de los inmuebles en situación irregular,
5
La Fundación ha presentado fuera de plazo en sus alegaciones un informe de unos servicios jurídicos privados en el
que se narra todo el proceso hasta la fecha y manifiesta su deseo de llevar a cabo el cumplimiento de lo dispuesto en el
Acuerdo de Consejo de Ministros.
cve: BOE-A-2025-13711
Verificable en https://www.boe.es
Debido a la situación irregular en el Registro de la propiedad en que se encuentra uno de los
inmuebles pertenecientes a la Fundación, que está formado por varias parcelas adquiridas
sucesivamente por Juan José García, sin que estas operaciones se inscribieran en su día en dicho
Registro ni se hayan regularizado después por la Fundación, esta considera que, en tanto en cuanto
no se regularice la situación de estos inmuebles en el Registro de la Propiedad, no puede
extinguirse.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88840
Educación, Cultura y Deportes solicitud de manifestación de asunción del proyecto de pérdida de
carácter de Fundación del Sector Público Estatal de la Fundación Puertos de Las Palmas.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación a instancia de la Subdirección General
del Protectorado de Fundaciones trasladó esta solicitud de manifestación de asunción del proyecto
de pérdida de carácter de Fundación del Sector Público Estatal de la Fundación Puertos de Las
Palmas al Ministerio de Fomento al ejercer este Departamento ministerial la tutela efectiva de la
Fundación.
El Ministerio de Fomento emitió informe en el que concluye no compartir la posición de la Fundación
manifestada en la Memoria respecto de la calificación de unas aportaciones efectuadas en su día
por la Autoridad Portuaria para la rehabilitación del edificio concesional. Se han realizado nuevas
peticiones, con corrección de valores sobre la valoración de tasación del edificio. La IGAE se ha
negado a emitir el preceptivo informe en tanto en cuanto el Ministerio que ejerce la tutela sobre la
Fundación se niegue a asumir dicho proyecto.
Estas circunstancias han determinado que, el procedimiento quedase bloqueado porque: por un
lado, tanto el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte como el Ministerio de Fomento (Puertos
del Estado) se negaban a asumir el proyecto de la Fundación para la pérdida de su carácter de
fundación perteneciente al sector público estatal al no compartir su posición respecto de la
calificación de unas aportaciones efectuadas en su día por la Autoridad Portuaria para la
rehabilitación de un edificio cuya gestión fue otorgada a la Fundación mediante una concesión; y,
por otro lado, porque la IGAE se negaba a emitir el preceptivo informe al que alude el apartado
sexto del Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de septiembre de 2013 en tanto en cuanto el
Ministerio que ejerce la tutela sobre la Fundación no asumiera dicho proyecto.
A la fecha del cierre de los trabajos, en el INVENTE de la IGAE, figura que la Autoridad Portuaria
de Las Palmas tiene una participación del 80 % y la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores
Portuarios del Puerto de La Luz y de Las Palmas un 20 %5.
La recomendación se considera en curso
e) Fundación Juan José García
La IGAE en su informe de 10 de noviembre de 2020 puntualiza que las actuaciones para la
finalización del proceso, parece que se encuentran suspendidas desde 2016 y es por ello que insta
al Ministerio de Cultura y Deporte a que complete sin más demora su proceso de extinción
traspasando sin más actuaciones previas, conforme a lo previsto en el artículo 97 de la LRJSP, los
activos y pasivos a la entidad u órgano de la Administración del Estado que se determine y
quedando esta, por tanto, subrogada en los derechos y obligaciones de la Fundación y habilitada
para regularizar en el Registro de la Propiedad la situación de los inmuebles en situación irregular,
5
La Fundación ha presentado fuera de plazo en sus alegaciones un informe de unos servicios jurídicos privados en el
que se narra todo el proceso hasta la fecha y manifiesta su deseo de llevar a cabo el cumplimiento de lo dispuesto en el
Acuerdo de Consejo de Ministros.
cve: BOE-A-2025-13711
Verificable en https://www.boe.es
Debido a la situación irregular en el Registro de la propiedad en que se encuentra uno de los
inmuebles pertenecientes a la Fundación, que está formado por varias parcelas adquiridas
sucesivamente por Juan José García, sin que estas operaciones se inscribieran en su día en dicho
Registro ni se hayan regularizado después por la Fundación, esta considera que, en tanto en cuanto
no se regularice la situación de estos inmuebles en el Registro de la Propiedad, no puede
extinguirse.