Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13711)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88858

II.6.2. Seguimiento de las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización de la
gestión del patrimonio inmobiliario utilizado por las fundaciones del sector público estatal
en la realización de su actividad ejercicios, 2014 y 2015
II.6.2.1. RECOMENDACIÓN 1
Sería conveniente que, en el marco de la racionalización del sector público, se establecieran los
cauces necesarios entre los diferentes departamentos ministeriales y la Dirección General del
Patrimonio del Estado con objeto de definir los criterios de gestión de inmuebles adecuados, para
que las fundaciones del sector público estatal puedan integrar, convenientemente, los inmuebles en
los que desarrollan su actividad fundacional en el conjunto de los de carácter público.
Si bien no se han definido por escrito los criterios de gestión a los que hace referencia la
recomendación, la Dirección General del Patrimonio puso a disposición de las distintas fundaciones
desde 2016, fecha en que se asumió la recomendación, asesoramiento en el marco de la normativa
patrimonial a la que están sujetas las fundaciones. En este sentido, la Carta del DGPE del
12/07/2016 remitiendo información y anticipando que la gestión patrimonial de las Fundaciones
Públicas no está sujeta a la legislación de las Administraciones Públicas. Así mismo, las
recomendaciones ofrecidas sobre la finca Raixa a la FB con el objeto de optimizar su gestión, en
un contexto no formalizado dado que esta finca no está integrada en el Patrimonio del Estado y por
tanto, no entra en el ámbito objetivo de la DGPE, (el informe del TCU destacó que la gestión de este
inmueble, que era un proindiviso entre la FB y el Consell de Mallorca no había sido eficiente en base
a los recursos invertidos, ni resultaba eficiente desde una perspectiva de racionalización del sector
público). La DGPE también realizó distintas contestaciones a diversas solicitudes de informe previo
planteadas entre los años 2018 y 2022 por el Instituto de Salud Carlos III para el otorgamiento de
autorizaciones especiales de uso de determinados espacios en el Campus de Chamartín, en
Madrid, a favor de diversas Fundaciones Públicas.
En base a todo ello, se considera la recomendación parcialmente cumplida.
II.6.2.2. RECOMENDACIÓN 2
La Fundación Biodiversidad debería analizar la situación de su patrimonio inmobiliario de forma que
optimice la eficacia y eficiencia de su gestión, proponiendo a los responsables del ministerio del que
depende, y a los del Ministerio de Hacienda y Función Pública y de la Dirección General del
Patrimonio del Estado, entidades con competencias específicas en la gestión del patrimonio
inmobiliario del Sector Público, la utilización de los instrumentos y criterios de racionalización que
se derivan del contenido de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas.

II.6.2.3. RECOMENDACIÓN 3
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte debería abordar su intervención en la Fundación
Centro Nacional del Vidrio dotándola de los recursos necesarios y un proyecto de gestión sostenible
mediante la adecuada coordinación con, entre otras instituciones, el organismo Patrimonio Nacional
de tal forma que se ponga en valor el museo que alberga y se evite el deterioro de su inmueble.

cve: BOE-A-2025-13711
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Esta recomendación es la misma que la recogida en el Informe de Fiscalización de la FB, ejercicios
2013 y 2014, analizado en el subepígrafe II.4.2.1. Tal y como se valoró en él, se considera
parcialmente cumplida.