Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13717)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones incluidas en los informes relativos al Área de Administración Económica del Estado, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89293
periodos de amortización, sino que el total de la deuda, computando conjuntamente intereses y
principal, creció entre el 31 de diciembre de 2014 y el 31 de diciembre de 2016, ya que la retención
en los tributos del Estado destinada a amortizar el importe adelantado por el Fondo a los acreedores
era inferior a los intereses devengados.
Al igual que en el caso de la recomendación número 7 anterior, la CDGAE ha incluido en sus
acuerdos medidas concernientes al Fondo que afectan a las propuestas planteadas por el Tribunal:
En la medida número 1 del Acuerdo de la CDGAE de 14 de marzo de 2019 se redujo el tipo de
interés aplicado a las operaciones "sin préstamo" provenientes del Fondo de Pago a Proveedores
de las entidades locales.
Por su parte en la medida número 2 del Acuerdo de la CDGAE de 14 de marzo de 2019 se acordó
“sustituir deuda de las entidades locales con el Fondo de Pago a Proveedores de las entidades
locales que se estaba reembolsando con cargo a la participación en los tributos del Estado por
operaciones de préstamo con el Fondo”, de tal suerte que el tipo de interés de estas operaciones
no estaría agravado, como era el caso de las operaciones “sin préstamo”.
Valoración
La recomendación se considera cumplida, ya que se han adoptado medidas conducentes a mejorar
las condiciones financieras de las operaciones “sin préstamo”.
A continuación, se expone el seguimiento de las recomendaciones que fueron dirigidas al Ministerio
de Hacienda y Función Pública.
Recomendaciones dirigidas al Ministerio de Hacienda y Función Pública (MHFP)
Recomendación 9: Se sugiere la implantación de aplicaciones informáticas o sistemas de trabajo
que permitan, en el ámbito de la SGFAL, la atribución de roles en función del nivel de
responsabilidad en el examen de la documentación, el tratamiento de ficheros y otros documentos
que tengan trascendencia en procedimientos administrativos y de gestión en relación con las
entidades locales. En particular, se sugiere desarrollar un sistema de trabajo en el que se garantice
un adecuado nivel de seguridad, integridad y trazabilidad en el tratamiento y explotación de las
bases de datos con las magnitudes financieras de las entidades locales, especialmente cuando se
lleven a cabo actualizaciones, integraciones y otros procesos de evolución de las aplicaciones
informáticas.
-
Desarrollo de los “roles de usuarios”, recogiendo categorías de permisos de escritura y
lectura y permisos de solo-lectura.
-
Implantación de mejoras técnicas de seguridad de integridad y no repudio mediante firma
electrónica y paso por registro electrónico.
-
Incorporación de medidas seguridad e integridad, cálculo de algoritmos de autenticidad en
los documentos que se firman.
-
Mejoras desde el punto de vista de la trazabilidad: tablas de históricos; registro de trazas de
auditoría y envío automático de correos electrónicos de confirmación ante eventos.
cve: BOE-A-2025-13717
Verificable en https://www.boe.es
La SGFAL, órgano del MHFP, ha incorporado mejoras implementadas en la aplicación informática
FEL, utilizada para la gestión del Fondo, relacionadas a continuación:
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89293
periodos de amortización, sino que el total de la deuda, computando conjuntamente intereses y
principal, creció entre el 31 de diciembre de 2014 y el 31 de diciembre de 2016, ya que la retención
en los tributos del Estado destinada a amortizar el importe adelantado por el Fondo a los acreedores
era inferior a los intereses devengados.
Al igual que en el caso de la recomendación número 7 anterior, la CDGAE ha incluido en sus
acuerdos medidas concernientes al Fondo que afectan a las propuestas planteadas por el Tribunal:
En la medida número 1 del Acuerdo de la CDGAE de 14 de marzo de 2019 se redujo el tipo de
interés aplicado a las operaciones "sin préstamo" provenientes del Fondo de Pago a Proveedores
de las entidades locales.
Por su parte en la medida número 2 del Acuerdo de la CDGAE de 14 de marzo de 2019 se acordó
“sustituir deuda de las entidades locales con el Fondo de Pago a Proveedores de las entidades
locales que se estaba reembolsando con cargo a la participación en los tributos del Estado por
operaciones de préstamo con el Fondo”, de tal suerte que el tipo de interés de estas operaciones
no estaría agravado, como era el caso de las operaciones “sin préstamo”.
Valoración
La recomendación se considera cumplida, ya que se han adoptado medidas conducentes a mejorar
las condiciones financieras de las operaciones “sin préstamo”.
A continuación, se expone el seguimiento de las recomendaciones que fueron dirigidas al Ministerio
de Hacienda y Función Pública.
Recomendaciones dirigidas al Ministerio de Hacienda y Función Pública (MHFP)
Recomendación 9: Se sugiere la implantación de aplicaciones informáticas o sistemas de trabajo
que permitan, en el ámbito de la SGFAL, la atribución de roles en función del nivel de
responsabilidad en el examen de la documentación, el tratamiento de ficheros y otros documentos
que tengan trascendencia en procedimientos administrativos y de gestión en relación con las
entidades locales. En particular, se sugiere desarrollar un sistema de trabajo en el que se garantice
un adecuado nivel de seguridad, integridad y trazabilidad en el tratamiento y explotación de las
bases de datos con las magnitudes financieras de las entidades locales, especialmente cuando se
lleven a cabo actualizaciones, integraciones y otros procesos de evolución de las aplicaciones
informáticas.
-
Desarrollo de los “roles de usuarios”, recogiendo categorías de permisos de escritura y
lectura y permisos de solo-lectura.
-
Implantación de mejoras técnicas de seguridad de integridad y no repudio mediante firma
electrónica y paso por registro electrónico.
-
Incorporación de medidas seguridad e integridad, cálculo de algoritmos de autenticidad en
los documentos que se firman.
-
Mejoras desde el punto de vista de la trazabilidad: tablas de históricos; registro de trazas de
auditoría y envío automático de correos electrónicos de confirmación ante eventos.
cve: BOE-A-2025-13717
Verificable en https://www.boe.es
La SGFAL, órgano del MHFP, ha incorporado mejoras implementadas en la aplicación informática
FEL, utilizada para la gestión del Fondo, relacionadas a continuación: