Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13714)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88982
II.4. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES REFERIDAS A LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
II.4.1. Recomendación 8:
Debería planificar sus necesidades presupuestarias de acuerdo con el desarrollo de la
gestión de la totalidad de los servicios que presta, de forma que anualmente disponga de un
presupuesto debidamente tramitado y aprobado que debe constituir un instrumento esencial
para la ejecución, el seguimiento y el control de su actividad.
En el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de los Alcores para la gestión de los residuos
sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019, se puso de manifiesto la falta de planificación
presupuestaria de la Mancomunidad, de manera que desde 2014 hasta 2019 inclusive había
desarrollado su actividad con los presupuestos de 2013 prorrogados, convirtiendo en habitual lo que
debería haber sido un recurso excepcional y transitorio.
En el periodo fiscalizado la Mancomunidad no ha aprobado los presupuestos de los ejercicios 2022
y 2023 −hasta la fecha de finalización de las actuaciones fiscalizadoras−, gestionando su actividad
con el presupuesto prorrogado del ejercicio 20215. Además, las prórrogas anuales no han sido
aprobadas por Resolución de la Presidencia, sin que, por tanto, se hayan realizado ajustes en
relación con los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o
que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados.
Valoración
De acuerdo con lo expuesto, se considera no cumplida la recomendación 8 formulada por este
Tribunal, al continuar acudiendo a la prórroga presupuestaria.
II.4.2. Recomendación 9:
El presupuesto de la Mancomunidad debería incluir los ingresos y gastos relativos a la
prestación del servicio de tratamiento y eliminación de residuos de los seis ayuntamientos
mancomunados, dado que actualmente el presupuesto de la Mancomunidad solo recoge el
10 % del servicio prestado.
En el Informe de fiscalización cuyas recomendaciones son objeto de seguimiento se puso de
manifiesto que el capítulo 2 del presupuesto de la entidad del ejercicio 2020 no recogía la realidad
de los gastos, puesto que las tarifas correspondientes al tratamiento y eliminación de residuos de
los municipios de Carmona, Dos Hermanas, Sevilla y El Viso del Alcor que correspondería que se
pagaran por la Mancomunidad −que es quien ostenta la titularidad del servicio− se abonaron
directamente por esos municipios a la concesionaria, sin que, por tanto, se recogiera en ese capítulo
los créditos correspondientes al pago de la tarifa por los servicios prestados en los cuatro municipios
citados.
5
La Junta General de la Mancomunidad aprobó los presupuestos correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021, el primero
el 28 de noviembre de 2019 y el segundo el 30 de noviembre de 2020, respetando en ambos casos los plazos legalmente
establecidos para su tramitación.
cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es
El presupuesto del ejercicio 2021, último aprobado por la Mancomunidad, sigue sin recoger, al igual
que hacían los anteriores, los ingresos y gastos relativos a la prestación del servicio de tratamiento
y eliminación de residuos de esos cuatro ayuntamientos mancomunados. Solo incluye los relativos
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88982
II.4. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES REFERIDAS A LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
II.4.1. Recomendación 8:
Debería planificar sus necesidades presupuestarias de acuerdo con el desarrollo de la
gestión de la totalidad de los servicios que presta, de forma que anualmente disponga de un
presupuesto debidamente tramitado y aprobado que debe constituir un instrumento esencial
para la ejecución, el seguimiento y el control de su actividad.
En el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de los Alcores para la gestión de los residuos
sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019, se puso de manifiesto la falta de planificación
presupuestaria de la Mancomunidad, de manera que desde 2014 hasta 2019 inclusive había
desarrollado su actividad con los presupuestos de 2013 prorrogados, convirtiendo en habitual lo que
debería haber sido un recurso excepcional y transitorio.
En el periodo fiscalizado la Mancomunidad no ha aprobado los presupuestos de los ejercicios 2022
y 2023 −hasta la fecha de finalización de las actuaciones fiscalizadoras−, gestionando su actividad
con el presupuesto prorrogado del ejercicio 20215. Además, las prórrogas anuales no han sido
aprobadas por Resolución de la Presidencia, sin que, por tanto, se hayan realizado ajustes en
relación con los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o
que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados.
Valoración
De acuerdo con lo expuesto, se considera no cumplida la recomendación 8 formulada por este
Tribunal, al continuar acudiendo a la prórroga presupuestaria.
II.4.2. Recomendación 9:
El presupuesto de la Mancomunidad debería incluir los ingresos y gastos relativos a la
prestación del servicio de tratamiento y eliminación de residuos de los seis ayuntamientos
mancomunados, dado que actualmente el presupuesto de la Mancomunidad solo recoge el
10 % del servicio prestado.
En el Informe de fiscalización cuyas recomendaciones son objeto de seguimiento se puso de
manifiesto que el capítulo 2 del presupuesto de la entidad del ejercicio 2020 no recogía la realidad
de los gastos, puesto que las tarifas correspondientes al tratamiento y eliminación de residuos de
los municipios de Carmona, Dos Hermanas, Sevilla y El Viso del Alcor que correspondería que se
pagaran por la Mancomunidad −que es quien ostenta la titularidad del servicio− se abonaron
directamente por esos municipios a la concesionaria, sin que, por tanto, se recogiera en ese capítulo
los créditos correspondientes al pago de la tarifa por los servicios prestados en los cuatro municipios
citados.
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La Junta General de la Mancomunidad aprobó los presupuestos correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021, el primero
el 28 de noviembre de 2019 y el segundo el 30 de noviembre de 2020, respetando en ambos casos los plazos legalmente
establecidos para su tramitación.
cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es
El presupuesto del ejercicio 2021, último aprobado por la Mancomunidad, sigue sin recoger, al igual
que hacían los anteriores, los ingresos y gastos relativos a la prestación del servicio de tratamiento
y eliminación de residuos de esos cuatro ayuntamientos mancomunados. Solo incluye los relativos