Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13714)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89005

matrícula con los obligados al pago, el domicilio recaudatorio, tarifas, cuotas y demás datos
oportunos22.
Además de las deficiencias que aún persisten en el control de las cifras que se gestionan derivadas
del servicio, el control técnico efectuado deficiente, pues este consiste únicamente en la
comprobación de los gastos facturados, verificando que el número de toneladas facturadas se
corresponden con los precios establecidos y los pesajes de los residuos depositados, así como en
conocer la actividad de la concesionaria a través de la memoria anual que esta última le hace llegar
anualmente.
Por lo que se refiere al servicio de selección de envases, que también es prestado por la
concesionaria del servicio de tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos, se mantienen
las irregularidades puestas de manifiesto en relación con el Informe de fiscalización objeto de
seguimiento.
Este servicio continúa prestándose a los seis ayuntamientos mancomunados de forma indirecta, al
amparo de un convenio formalizado el 16 de febrero de 2005 entre la Mancomunidad y la
concesionaria, pese a señalarse en el momento de su suscripción que no estaba incluido entre las
prestaciones contempladas en la concesión administrativa, por lo que era necesaria la licitación de
una nueva concesión o la modificación de aquella, sin que se haya realizado durante el periodo
fiscalizado alguna de estas actuaciones.
También se sigue prestando este servicio a los municipios integrantes de la Mancomunidad del
Guadalquivir, en virtud de un convenio de colaboración suscrito en 2004 entre esa Mancomunidad
y la de los Alcores.
En ambos casos, la concesionaria cobra directamente la subvención sin pago adicional por la
Mancomunidad y sin intervención ni control por parte de esta.
Valoración:
Por lo expuesto, se considera no cumplida la recomendación 19 formulada por el Tribunal de
Cuentas, excepto en lo que se refiere a la gestión del pago del servicio de tratamiento y eliminación
de residuos sólidos urbanos respecto de los ayuntamientos mancomunados al haber sido asumida
por la Mancomunidad.

22

La cantidad recaudada por este concepto en el ejercicio 2021 asciende a 409.253,51 euros, sin que se disponga de los
datos correspondientes al ejercicio 2022 por cuanto la entidad fiscalizada no ha aprobado la liquidación del presupuesto
de dicho ejercicio ni los estudios costes correspondientes.

cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es

Respecto de los municipios de la Mancomunidad del Guadalquivir está pendiente de ejecución el
convenio de colaboración suscrito con la Mancomunidad de Servicios La Vega, mientras que
respecto de los municipios de la extinguida Mancomunidad del Bajo Guadalquivir y de los terceros
autorizados no se ha llevado a cabo actuación alguna. Igualmente, sigue siendo muy deficitario el
control técnico ejercido sobre la prestación del servicio.