Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13764)
Resolución de 25 de junio de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Universitat Oberta de Catalunya, para la organización del encuentro Studium Generale UOC.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89637

Por parte de la UOC, se tratarán los datos personales con fines legítimos y
determinados, gestionando la información para las siguientes finalidades concretas:
– Gestionar las inscripciones de los estudiantes del Grado en Artes asistentes a la
Actividad y obtener las autorizaciones de imagen de los mismos con el alcance
necesario para la realización de la Actividad.
– Abonar los gastos del viaje y alojamiento derivados de la participación de su
claustro en la Actividad.
– Comunicar los datos personales necesarios a MNCARS para la correcta
realización de la actividad (e. g. datos identificativos de los asistentes con motivo de
controlar el acceso a las instalaciones donde tenga lugar la actividad).
– Compartir la grabación audiovisual resultante de la Actividad realizada por
MNCARS en los canales de comunicación habituales de la UOC como sus redes
sociales.
Por parte de MNCARS, se tratarán los datos personales con fines legítimos y
determinados, gestionando la información para las siguientes finalidades concretas:
– Realizar la grabación y emisión en streaming de la Actividad.
– Asumir los gastos de producción de la Actividad, que incluyen: gastos de viaje,
alojamiento, honorarios y manutención de las personas participantes y gastos de
comisariado y licencias de propiedad intelectual si los hubiere.
– Recabar de los ponentes o invitados titulares de los derechos propiedad intelectual
o las entidades de gestión colectiva de derechos de autor las oportunas licencias de
propiedad intelectual que, en el caso de haberlas, fueran precisas y abonar el coste de
las mismas.
– Emitir certificados de asistencia a las personas asistentes a la Actividad y de
organización y participación a las personas participantes y ponentes.
El tratamiento de los datos personales se desarrollará siempre en el contexto del
estricto cumplimiento del convenio y del principio de calidad, es decir, sólo se tratarán los
datos personales necesarios para la realización de las funciones establecidas en el
presente convenio.
La naturaleza del tratamiento de los datos, es decir, de los diferentes datos
personales que los corresponsables tratarán en virtud de este convenio específico para
el desarrollo de las funciones establecidas son las siguientes:
– Datos identificativos: nombre, documento de identificación personal.
– Datos de contacto: correo electrónico.
– Imagen y voz de los ponentes.
Los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas competentes, en los
casos previstos en la ley y para los fines en ella definidos y a las correspondientes
entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos, en su caso.
En virtud de lo anterior, las partes determinan las siguientes responsabilidades y
roles logrados por cada uno de los corresponsables:
La captación de los datos la llevará a cabo la institución coordinadora, institución que
logra, por lo tanto, la obligación de informar adecuadamente al estudiante de la
corresponsabilidad en relación con los datos de carácter personal facilitados, de las
finalidades de los tratamientos, las bases legitimadoras correspondientes, así como de la
posibilidad y canales de ejercicio de derechos ante cualquiera de los corresponsables.
Por lo tanto, la institución coordinadora garantiza que los datos personales captados
en ejercicio del presente convenio han sido recogidos conforme todas las exigencias de
la normativa en la materia y que todos los datos provienen directamente de su titular.

cve: BOE-A-2025-13764
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Núm. 160