Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-13783)
Sala Primera. Sentencia 124/2025, de 26 de mayo de 2025. Recurso de amparo 5988-2024. Promovido por doña Katalin Nazabal Ortueta en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. TC. Pág. 89751

fundamento jurídico séptimo de la sentencia núm. 140/2024, de 6 de noviembre, del
Pleno del Tribunal Constitucional», lo que sucede en el presente recurso.
9. El 10 de abril de 2025 presentó sus alegaciones el fiscal ante este tribunal
interesando la estimación del recurso de amparo por vulneración del derecho
fundamental de igualdad ante la ley y no discriminación por razón de nacimiento (art. 14
CE) de un hijo menor en una familia monoparental, en aplicación de lo decidido en la
STC 140/2024, de 6 de noviembre, que declaró la inconstitucionalidad por omisión de los
art. 48.4 LET y 177 LGSS. Considera asimismo que, de acuerdo con lo solicitado en la
demanda de amparo, procede la retroacción de las actuaciones hasta la primera
resolución dictada por el INSS, teniendo en cuenta que —en lo relativo a la infracción del
derecho fundamental del art. 14 CE— tanto las resoluciones del INSS como las
diferentes resoluciones judiciales habían confirmado la denegación de la prestación
adicional solicitada por la demandante, no coincidente en ningún caso con los términos
que se recogen en el citado fundamento jurídico 7 de la STC 140/2024, pues ninguna de
dichas resoluciones reconoció y reparó la lesión del derecho fundamental en términos
conformes al fallo de esa sentencia.
En consecuencia, procede a su parecer la anulación de las diferentes resoluciones
judiciales —sentencias y auto— recaídas en cada instancia, así como las resoluciones
del INSS a fin de que ese organismo se pronuncie sobre la petición de ampliación de la
prestación en los términos formulados en aquel momento, respetando el derecho
fundamental vulnerado y aplicando la normativa de acuerdo con el criterio de la ya citada
STC 140/2024.
10. Mediante providencia de 23 de mayo de 2025, se señaló para deliberación y
votación de la presente sentencia el día 26 del mismo mes y año.
II. Fundamentos jurídicos
1.

Objeto del recurso.

El objeto del presente proceso es dilucidar si las resoluciones impugnadas han
ocasionado una discriminación por razón de nacimiento, contraria al art. 14 CE, en
conexión con el art. 39 CE, al aplicar el art. 48.4 LET, en relación con el art. 177 LGSS,
con la redacción dada a los mismos por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de
medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres
y hombres en el empleo y la ocupación.

Conviene comenzar recordando, en relación con la incidencia que tiene en el
presente recurso el allanamiento a las pretensiones de la recurrente por parte de la
letrada de la Seguridad Social, que este tribunal ya ha dicho, por todas, en la
STC 6/2017, de 16 de enero, FJ 2 b), que «el allanamiento no podrá tener más alcance
que el de un apoyo a la pretensión formulada por la parte demandante de amparo, pero
nunca podrá dar lugar a la terminación anticipada del procedimiento, que deberá
concluirse necesariamente mediante sentencia en la que este tribunal se pronuncie
sobre las pretensiones del recurso de amparo». En el mismo sentido y ya con relación a
la serie de recursos de amparo dentro de la que se inscribe la presente demanda, entre
otras las SSTC 67/2025, de 18 de marzo, FJ 2; 90/2025, 93/2025 y 94/2025, estas tres
últimas de 7 de abril, FJ 2.
Aclarado este punto, la cuestión de fondo planteada en este recurso de amparo es
coincidente con la resuelta por la STC 140/2024, de 6 de noviembre, motivo por el que la
letrada de la administración de la Seguridad Social, en la representación que ostenta de
la parte demandada, ha manifestado su allanamiento en el presente proceso de amparo,
con los efectos que se han señalado. Debemos remitirnos, pues, a los fundamentos

cve: BOE-A-2025-13783
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2. Aplicación de la doctrina constitucional fijada en la STC 140/2024, de 6 de
noviembre.