Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2025-13789)
Real Decreto 535/2025, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a proyectos españoles por su participación en el esquema «Subasta como Servicio» del Banco Europeo del Hidrógeno, seleccionados por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), y se aprueba la primera convocatoria dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Sábado 5 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 89794

5. Del mismo modo, resulta aplicable la normativa en materia de prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:
a) La Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se modifica la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer directivas de
la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar cuestiones de
índole internacional, que es la forma en la que se ha incorporado al ordenamiento
jurídico nacional la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de julio de 2017.
b) El Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto
General de la Unión europea, incluido lo relativo al artículo 61 (conflictos de intereses).
c) El artículo 53 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
relativo a los principios éticos; el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativo a
la abstención, y el artículo 24 del mismo cuerpo legal, relativo a la recusación.
d) El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021.
e) El artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
f) Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
g) Adicionalmente, será de aplicación el Plan de Medidas Antifraude en el ámbito
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por el IDAE, así como
el procedimiento de gestión de conflicto de interés del Instituto y cualquier procedimiento
o instrucciones que en desarrollo y como complemento de los mismos se aprueben.
6. Será de aplicación lo contenido en el artículo 6.1 de la Ley 38/2003 que dispone
que «Las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea se regirán
por las normas comunitarias aplicables en cada caso y por las normas nacionales de
desarrollo o transposición de aquéllas».
7. Finalmente, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, en caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren
contratos que deban someterse a dicha ley.
8. En todo lo no previsto en el presente real decreto se atenderá a lo dispuesto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, en las leyes de presupuestos generales del Estado, así como en las
demás disposiciones que resulten de aplicación.
Fundamento, justificación y régimen de la concesión directa.

1. Se regula la concesión directa de las ayudas establecidas en este real decreto,
en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por motivo de interés público y económico, así como debido a
la singularidad de los proyectos objeto de las mismas y las específicas entidades que
podrán ser receptoras de los fondos correspondientes.
2. El motivo que aconseja una concesión directa es que las entidades beneficiarias
de las ayudas objeto de este real decreto sólo podrán ser aquellas que hayan resultado
seleccionadas por CINEA en el marco del mecanismo «Subasta como servicio» del
Banco Europeo del Hidrógeno lo que determina la improcedencia de efectuar
convocatoria pública de un proceso de concurrencia, que ya se habrá tramitado por las
autoridades europeas.

cve: BOE-A-2025-13789
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Artículo 3.