Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2025-13789)
Real Decreto 535/2025, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a proyectos españoles por su participación en el esquema «Subasta como Servicio» del Banco Europeo del Hidrógeno, seleccionados por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), y se aprueba la primera convocatoria dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 89789

Europeo del Hidrógeno llevada a cabo del 3 de diciembre de 2024 al 20 de febrero
de 2025, para la participación en el esquema «Subastas como servicio», para la que
España ha recibido la autorización de un presupuesto máximo de
hasta 400.000.000 euros mediante Decisión SA 116676 de fecha 15 de abril de 2025,
según documento C(2025) 2240 final.
Se pretende que las actuaciones objeto de ayuda contribuyan sustancialmente a la
mitigación del cambio climático según el artículo 10 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento
de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2019/2088.
Este real decreto está en línea con la finalidad que persiguen la inversión 1 de la
componente 9 y la componente 31, medida C31.I2, orientada a favorecer un cambio en
el modelo productivo de nuestro país, la generación de empleo y el impulso al
crecimiento económico a través de la reducción de las importaciones de combustibles
fósiles y la mejora de la competitividad de las empresas españolas.
El buen desarrollo del PRTR se evalúa mediante los hitos y objetivos asignados a
cada reforma e inversión, aprobados en el marco del mismo. En particular, esta norma
constituye un esquema de apoyo a proyectos de hidrógeno renovable y, por tanto,
contribuye a los hitos y objetivos de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID)
números #133 y #134 de la componente 9, así como #480, #481 y #482 de la
componente 31, en su alcance:
1. #133 (T4 2025), #134 (T3 2026). Régimen de apoyo al hidrógeno renovable:
acuerdos jurídicos firmados con los beneficiarios finales o decisiones de adjudicación
definitiva publicadas: las resoluciones de concesión que se dicten en cumplimiento de
esta norma contribuirán, cuando el presupuesto comprometido en las mismas se financie
con presupuesto de la inversión 1 de la componente 9, a estos dos objetivos.
2. #480 (T4 2024). Plan de apoyo para el hidrógeno renovable: creación del
régimen. La entrada en vigor de esta norma contribuye en la parte correspondiente al
cumplimiento de este hito.
3. #481 (T2 2025) y 482 (T3 2026). Plan de apoyo para el hidrógeno renovable:
acuerdos jurídicos firmados con los beneficiarios finales o decisiones de adjudicación
definitivas publicadas (I y II). Las resoluciones de concesión que se dicten en
cumplimiento de esta norma contribuirán, cuando el presupuesto comprometido en las
mismas se financie con presupuesto de la inversión 2 de la componente 31, a estos dos
objetivos.
En cuanto a las actividades que se ejecutan en el marco de este real decreto,
cuentan con una contribución del 100 % a los objetivos climáticos, y una contribución
del 0 % al etiquetado digital, conforme a la metodología de seguimiento para la acción
por el clima establecida en el anexo VI del Reglamento (UE) núm. 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
Además, se tiene en cuenta en todo momento el principio de «no causar un perjuicio
significativo» (do no significant harm, en adelante DNSH) a ninguno de los objetivos
medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar
las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 a la
hora de diseñar los requisitos de valoración y elegibilidad de las actuaciones.
En cumplimiento de la normativa europea y nacional en materia de prevención del
fraude y gestión de conflictos de interés, IDAE cuenta con un Procedimiento de Gestión
de Conflicto de Interés, aprobado el 15 de diciembre de 2023, en el que se recoge la
obligación de suscribir las declaraciones de ausencia de conflicto de interés por parte de
todos los intervinientes en los procedimientos, que además viene a sistematizar toda la
normativa y obligaciones que ha de cumplir el Instituto referida a la gestión de los
conflictos de interés.

cve: BOE-A-2025-13789
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Núm. 161