Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-13867)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M.P., para la organización del curso «Masculinidad, cuidados y cultura de paz: conexiones y retos».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90045

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Comisión
podrá establecer o completar su propio régimen jurídico de funcionamiento interno.
Séptima. Protección de datos personales.
I. Que ambas partes, respecto a la citada colaboración, cumplirán en todo momento
lo dispuesto en materia de protección de datos personales por el Reglamento Europeo
(EU) 2016/679 de protección de datos personales, así como por la normativa nacional
vigente, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, en cuanto a la recogida y tratamiento de los datos
personales relacionados con el presente convenio, y por cualquier otra legislación que
pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de
datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Ambas partes se informan de que los datos personales contenidos en el presente
convenio serán tratados en base al interés legítimo, con la finalidad de llevar a cabo la
gestión acordada con la firma del presente convenio.
Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con la
finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades
derivadas del tratamiento. Posteriormente, la conservación o, en su caso, la supresión se
realiza conforme a la normativa vigente.
II. En el supuesto de que la SEIEVM, respecto de la citada colaboración, tuviera
que tener acceso a los datos de carácter personal registrados en el fichero de
tratamiento denominado FORMACIÓN, titularidad de la FGUCM, M.P., responsable en
último término, se firmará el correspondiente anexo mediante adenda. Dicho encargo se
llevará a cabo únicamente para el desarrollo de las funciones legítimas de las partes,
pudiendo utilizar los datos la SEIEVM cuando esta actúe en su nombre y como
subencargada del tratamiento por cuenta de aquella, exclusivamente para los fines
descritos en el presente convenio.
III. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y
decisiones individuales automatizadas, portabilidad y limitación del tratamiento de los datos
personales podrá realizarse vía correo electrónico al email de la parte patrocinadora
(dpd@igualdad.gob.es), de la parte patrocinada (protecciondedatos@rect.ucm.es) o bien
mediante escrito dirigido a la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid,
M.P. a calle Doctor Severo Ochoa número 7 - 28040 Madrid.
Las Partes tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de
Protección de Datos (AEPD), si se consideran infringidos estos derechos.
– Delegada/o de Protección de Datos (DPO) de la parte patrocinadora:
dpd@igualdad.gob.es
– Delegada/o de Protección de Datos (DPO) de la parte patrocinada:
dpdfgucm.@ucm.es
Octava. Extinción y causas de resolución.
I. El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto o por incurrir en las siguientes causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de las personas firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las
partes firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.
e) Por la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la
personalidad jurídica de alguna de las partes o por disposiciones del Gobierno o de las
comunidades/ciudades autónomas de restricción de la movilidad, o de cualquier otro tipo,
derivadas de la gestión de situaciones de pandemia o emergencia sanitaria.

cve: BOE-A-2025-13867
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Núm. 161