Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-16689)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Vega Lyra Promociones Fotovoltaicas, SL, de autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica Barcina Garoña Vega I, de 63,57 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Lunes 11 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 108858

Se requiere que presente el Plan de Conservación, en los términos establecidos por
la DIA, así como que aporte informe favorable por la Administración autonómica.
– La Declaración de Impacto Ambiental, establece que:
Previamente a la puesta en marcha de las obras, se realizará una prospección
botánica de la zona de estudio verificando que no existe ninguna especie incluida en el
Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla y León. En caso de existencia de alguna
especie en la zona, se delimitará y acordonará convenientemente el área para evitar
afecciones sobre ella.
En el diseño del trazado final de la infraestructura de evacuación soterrada, se
evitará la afección a vegetación arbustiva o arbolada. Específicamente se impedirá la
afección a HICs. Para ello, se realizará una prospección botánica de la zona para
localizar los hábitats y se cartografiará con la finalidad de replantear la disposición de las
placas solares, disminuyendo así su deterioro.
(…)
Se realizará una prospección zoológica, para poder identificar especies de avifauna
que hayan podido nidificar en el terreno. Dicha prospección se deberá llevar a cabo, en
fechas inmediatamente anteriores a las primeras ocupaciones previstas en el
cronograma de obras. Los resultados de dicha prospección se remitirán a los organismos
autonómicos competentes en materia de fauna, para la adopción de las medidas
oportunas, en su caso.
(…)
Se debe llevar control arqueológico por si apareciera algún elemento de interés
durante las remociones de terreno en la obra. Deberá ser más intenso en el entorno de
los yacimientos Vía Romana, Carrera/Erelma y Sant Torcat, junto a la PSFV Barcina
Garoña Vega II. La Ley en concreto especifica la necesidad de realizar un censo,
inventario, cuantificación y, en su caso, cartografía, de todos los factores que puedan
verse afectados por el proyecto. Además, estas labores han de complementarse con una
evaluación específica sobre el terreno en la que conste la memoria resultante de
prospectar la zona de afección del proyecto. Estas labores deberán ser realizadas por
profesionales cualificados técnicos en patrimonio.
Se requiere que presente los resultados de las prospecciones y controles que la DIA
exige, en los términos establecidos en ella.
– Asimismo, la Declaración de Impacto Ambiental, establece que el Programa de
Vigilancia Ambiental deberá ser completado, por lo que se requiere que presente el PVA
actualizado, en los términos establecidos en la DIA.
A fecha 30 de diciembre de 2024, no constaba respuesta del promotor en la que
hubiera aportado lo solicitado, incluyendo el informe preceptivo del Consejo de
Seguridad Nuclear.
Permisos de acceso y conexión.

El proyecto de instalación solar fotovoltaica y sus infraestructuras de evacuación
obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la emisión de
Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de
Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Barcina-Garoña 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
De acuerdo con el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y
conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, la instalación
cuenta con permiso de acceso de fecha 30 de noviembre de 2020.

cve: BOE-A-2025-16689
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.