Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-16685)
Resolución de 30 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Proyecto de construcción de ampliación de plataforma para prolongación de carril derecho de la MU-31 en la confluencia con la A-30 en Murcia (Murcia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 108816
La Subdirección General de Planificación, Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial de la
Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática de la Región de Murcia
informa que en el documento ambiental no quedan bien definidos la superficie de
afección del proyecto, las áreas afectadas por los trabajos de nivelación, la ubicación de
las zonas de acopio de materiales y los nuevos accesos, si fueran necesarios.
El promotor responde que no será necesaria la apertura de nuevos accesos y no se
prevé la formación de taludes y terraplenes, siendo los únicos movimientos de tierra
previstos los necesarios para el cajeo en la vertical de la sección a construir. Además,
aporta la cartografía con la ubicación de las instalaciones auxiliares.
c.3. Efectos sobre la hidrología.
No se prevé la afección a ningún cauce natural, ni la ocupación de barrancos o zonas
deprimidas próximas. Durante la fase de construcción, el impacto sobre la calidad de las
aguas superficiales podría deberse a la ocurrencia de vertidos accidentales. En la fase
de explotación, el impacto se reduce a la alteración del régimen de escorrentía
superficial por la cimentación del suelo. Por otra parte, el promotor no prevé impactos
sobre las aguas subterráneas, dado que gran parte de los materiales de la zona son
impermeables e impiden la infiltración de agua de escorrentía.
El documento ambiental prevé la instalación de un vallado temporal para evitar la
ocupación de la rambla del Puerto y sus efluentes, la construcción de canalizaciones
impermeables provisionales para recoger las aguas residuales y de escorrentía, la
impermeabilización de los lugares de acopio de maquinaria y el incremento de la
vigilancia en zonas permeables o cercanas a cauces. El promotor solicitará las
autorizaciones administrativas necesarias a la Confederación Hidrográfica del Segura
previo al inicio de las obras en Dominio Público-Hidráulico.
La Confederación Hidrográfica del Segura informa que, dada la proximidad de la
rambla del Puerto en la parte final del trazado, el promotor deberá elaborar una
propuesta de delimitación del Dominio Público Hidráulico y sus zonas de protección
asociadas y, en caso de que la ampliación suponga su ocupación, realizar un estudio
hidrológico-hidráulico para la delimitación de la zona de flujo preferente y zona
inundable. Además, deberá incluir en el documento ambiental medidas para minimizar el
impacto ambiental sobre el Dominio Público Hidráulico y el régimen de corrientes.
El promotor responde que la ampliación prevista se llevará a cabo en Dominio
Público Viario, sin implicar la ocupación adicional del Dominio Público Hidráulico. Las
actuaciones situadas en la zona de policía del cauce se realizarán sobre la berma
hormigonada existente, manteniéndose dentro de la valla de cerramiento actual, excepto
en un tramo en el que se requiere el desplazamiento del cerramiento, sin que sea
necesario generar un nuevo terraplén. Por otra parte, la única actuación prevista en la
zona de servidumbre es el repintado de las marcas viales en el arcén existente.
Asimismo, añade que la actuación no afectará a la hidrología de la zona ni a los
procesos de escorrentía superficial, dado que drenará al sistema de drenaje de la
autovía y que no se prevén movimientos de tierra significativos. En todo caso, el
promotor se compromete a solicitar informe a la Confederación Hidrográfica del Segura
sobre el proyecto constructivo.
Efectos sobre la flora y los hábitats.
Durante la fase de construcción, se procederá al desbroce de la vegetación existente
en el tramo proyectado y terrenos colindantes. Este desbroce se llevará a cabo fuera del
periodo sensible para las especies de fauna y sin la realización de quemas.
Las principales medidas para la protección de la vegetación, previstas en el
documento ambiental son: delimitar la zona de obras, balizar o trasladar los ejemplares
de interés, limpieza periódica de la vegetación en caso de aparición de depósitos sólidos
en las hojas, realizar una prospección de ejemplares de especies exóticas invasoras
antes de las obras que, en caso de detectarse, se jalonarán y retirarán adecuadamente,
cve: BOE-A-2025-16685
Verificable en https://www.boe.es
c.4.
Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 108816
La Subdirección General de Planificación, Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial de la
Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática de la Región de Murcia
informa que en el documento ambiental no quedan bien definidos la superficie de
afección del proyecto, las áreas afectadas por los trabajos de nivelación, la ubicación de
las zonas de acopio de materiales y los nuevos accesos, si fueran necesarios.
El promotor responde que no será necesaria la apertura de nuevos accesos y no se
prevé la formación de taludes y terraplenes, siendo los únicos movimientos de tierra
previstos los necesarios para el cajeo en la vertical de la sección a construir. Además,
aporta la cartografía con la ubicación de las instalaciones auxiliares.
c.3. Efectos sobre la hidrología.
No se prevé la afección a ningún cauce natural, ni la ocupación de barrancos o zonas
deprimidas próximas. Durante la fase de construcción, el impacto sobre la calidad de las
aguas superficiales podría deberse a la ocurrencia de vertidos accidentales. En la fase
de explotación, el impacto se reduce a la alteración del régimen de escorrentía
superficial por la cimentación del suelo. Por otra parte, el promotor no prevé impactos
sobre las aguas subterráneas, dado que gran parte de los materiales de la zona son
impermeables e impiden la infiltración de agua de escorrentía.
El documento ambiental prevé la instalación de un vallado temporal para evitar la
ocupación de la rambla del Puerto y sus efluentes, la construcción de canalizaciones
impermeables provisionales para recoger las aguas residuales y de escorrentía, la
impermeabilización de los lugares de acopio de maquinaria y el incremento de la
vigilancia en zonas permeables o cercanas a cauces. El promotor solicitará las
autorizaciones administrativas necesarias a la Confederación Hidrográfica del Segura
previo al inicio de las obras en Dominio Público-Hidráulico.
La Confederación Hidrográfica del Segura informa que, dada la proximidad de la
rambla del Puerto en la parte final del trazado, el promotor deberá elaborar una
propuesta de delimitación del Dominio Público Hidráulico y sus zonas de protección
asociadas y, en caso de que la ampliación suponga su ocupación, realizar un estudio
hidrológico-hidráulico para la delimitación de la zona de flujo preferente y zona
inundable. Además, deberá incluir en el documento ambiental medidas para minimizar el
impacto ambiental sobre el Dominio Público Hidráulico y el régimen de corrientes.
El promotor responde que la ampliación prevista se llevará a cabo en Dominio
Público Viario, sin implicar la ocupación adicional del Dominio Público Hidráulico. Las
actuaciones situadas en la zona de policía del cauce se realizarán sobre la berma
hormigonada existente, manteniéndose dentro de la valla de cerramiento actual, excepto
en un tramo en el que se requiere el desplazamiento del cerramiento, sin que sea
necesario generar un nuevo terraplén. Por otra parte, la única actuación prevista en la
zona de servidumbre es el repintado de las marcas viales en el arcén existente.
Asimismo, añade que la actuación no afectará a la hidrología de la zona ni a los
procesos de escorrentía superficial, dado que drenará al sistema de drenaje de la
autovía y que no se prevén movimientos de tierra significativos. En todo caso, el
promotor se compromete a solicitar informe a la Confederación Hidrográfica del Segura
sobre el proyecto constructivo.
Efectos sobre la flora y los hábitats.
Durante la fase de construcción, se procederá al desbroce de la vegetación existente
en el tramo proyectado y terrenos colindantes. Este desbroce se llevará a cabo fuera del
periodo sensible para las especies de fauna y sin la realización de quemas.
Las principales medidas para la protección de la vegetación, previstas en el
documento ambiental son: delimitar la zona de obras, balizar o trasladar los ejemplares
de interés, limpieza periódica de la vegetación en caso de aparición de depósitos sólidos
en las hojas, realizar una prospección de ejemplares de especies exóticas invasoras
antes de las obras que, en caso de detectarse, se jalonarán y retirarán adecuadamente,
cve: BOE-A-2025-16685
Verificable en https://www.boe.es
c.4.