Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-16765)
Resolución 420/38379/2025, de 5 de agosto, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia, sobre colaboración y coordinación en el ámbito marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 109934
actividades de su competencia en la mar, velando por los intereses marítimos nacionales
y autonómicos.
Sexto.
Que la disposición adicional octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, determina
que los convenios vigentes suscritos por cualquier administración pública o cualquiera de
sus organismos o entidades vinculadas o dependientes deberán adaptarse a lo previsto
en la misma, en el plazo de tres años a contar desde su entrada en vigor el 1 de octubre
de 2016. Por ello, aplicando supletoriamente la ley y al objeto de actualizar el convenio
de 2019, el Ministerio de Defensa y la Xunta de Galicia, a través de la Consellería do
Mar, están interesados en la firma de un nuevo convenio.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto servir de marco para la cooperación y
colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consellería do Mar de la Xunta de
Galicia en el ámbito marítimo y la mejora de la eficacia en el desempeño de sus
respectivas competencias.
Segunda.
Objetivos específicos.
Se contemplan, entre otros, los siguientes objetivos específicos:
– Establecer métodos y procedimientos para normalizar los intercambios de
información general sobre actividades de interés mutuo y peticiones de colaboración.
– Estudiar y promover oportunidades de adiestramiento mutuo entre unidades
aéreas y marítimas del Servicio de Guardacostas de Galicia y las unidades de la
Armada, especialmente durante las actividades de vigilancia marítima, de modo que
permitan mejorar el adiestramiento mutuo de las dotaciones y tripulaciones de ambas
partes. Estas actividades de adiestramiento se efectuarán en la medida que lo permitan
sus respectivas prioridades operativas y las disponibilidades de personal y material.
Tercera.
Aportaciones de las partes.
Por parte del Ministerio de Defensa:
Por parte de la Consellería do Mar:
– Las unidades que participen en este convenio estarán convenientemente
certificadas conforme la legislación aplicable.
– La Consellería, o en su caso, el departamento designado, confirmará la ejecución
de la colaboración con un mínimo de siete días de antelación.
cve: BOE-A-2025-16765
Verificable en https://www.boe.es
– Las unidades que participen en este convenio estarán convenientemente
certificadas conforme a la normativa de la Armada.
– El Comandante del Mando de las Unidades de la Fuerza de Acción Marítima en
Ferrol (COMARFER) coordinará las colaboraciones propuestas por la Consellería para
compatibilizarlo con las actividades de las unidades de la Armada y confirmará la
ejecución de la colaboración con un mínimo de siete días de antelación.
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 109934
actividades de su competencia en la mar, velando por los intereses marítimos nacionales
y autonómicos.
Sexto.
Que la disposición adicional octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, determina
que los convenios vigentes suscritos por cualquier administración pública o cualquiera de
sus organismos o entidades vinculadas o dependientes deberán adaptarse a lo previsto
en la misma, en el plazo de tres años a contar desde su entrada en vigor el 1 de octubre
de 2016. Por ello, aplicando supletoriamente la ley y al objeto de actualizar el convenio
de 2019, el Ministerio de Defensa y la Xunta de Galicia, a través de la Consellería do
Mar, están interesados en la firma de un nuevo convenio.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto servir de marco para la cooperación y
colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consellería do Mar de la Xunta de
Galicia en el ámbito marítimo y la mejora de la eficacia en el desempeño de sus
respectivas competencias.
Segunda.
Objetivos específicos.
Se contemplan, entre otros, los siguientes objetivos específicos:
– Establecer métodos y procedimientos para normalizar los intercambios de
información general sobre actividades de interés mutuo y peticiones de colaboración.
– Estudiar y promover oportunidades de adiestramiento mutuo entre unidades
aéreas y marítimas del Servicio de Guardacostas de Galicia y las unidades de la
Armada, especialmente durante las actividades de vigilancia marítima, de modo que
permitan mejorar el adiestramiento mutuo de las dotaciones y tripulaciones de ambas
partes. Estas actividades de adiestramiento se efectuarán en la medida que lo permitan
sus respectivas prioridades operativas y las disponibilidades de personal y material.
Tercera.
Aportaciones de las partes.
Por parte del Ministerio de Defensa:
Por parte de la Consellería do Mar:
– Las unidades que participen en este convenio estarán convenientemente
certificadas conforme la legislación aplicable.
– La Consellería, o en su caso, el departamento designado, confirmará la ejecución
de la colaboración con un mínimo de siete días de antelación.
cve: BOE-A-2025-16765
Verificable en https://www.boe.es
– Las unidades que participen en este convenio estarán convenientemente
certificadas conforme a la normativa de la Armada.
– El Comandante del Mando de las Unidades de la Fuerza de Acción Marítima en
Ferrol (COMARFER) coordinará las colaboraciones propuestas por la Consellería para
compatibilizarlo con las actividades de las unidades de la Armada y confirmará la
ejecución de la colaboración con un mínimo de siete días de antelación.