Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-16905)
Decreto-ley 12/2025, de 3 de junio, para aumentar la resiliencia del suministro eléctrico en Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de agosto de 2025
Sec. I. Pág. 111540
como el ciclo combinado de gas (45-108 $/MWh), el carbón (69-168 $/MWh) o la nuclear
(142-222 $/MWh).
En cuanto a la sostenibilidad, se hace absolutamente imprescindible tomar medidas
para reducir la huella de carbono del sector energético, uno de los principales
responsables del cambio climático globalmente. Tal como destaca el Panel
Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC), la manera más rápida, eficaz y
eficiente de combatir el cambio climático es mediante la instalación de centrales solares
fotovoltaicas y eólicas.
Finalmente, un sistema energético seguro pasa por obtener la energía de fuentes
autóctonas, de forma que se reduzca la dependencia de combustibles que vienen de
fuera de las fronteras de la Unión Europea y que están sometidos al riesgo de tensiones
geopolíticas, como quedó patente con la subida extrema del precio del gas natural a raíz
de la invasión rusa de Ucrania en febrero del 2022. Por el contrario, las energías eólica,
solar e hidráulica, en tanto que utilizan el viento, el sol y el agua, permiten generar
energía de forma local y reducir, por lo tanto, la dependencia energética. Asimismo, un
sistema energético seguro debe garantizar el suministro de calidad, mediante las
renovables, el almacenaje, las redes inteligentes y la gestión de la demanda.
Sin embargo, hay medidas que hay que adoptar de manera inmediata, y que resultan
especialmente relevantes, necesarias y urgentes después de la alteración generalizada
del suministro eléctrico en la península Ibérica del día 28 de abril de 2025, para reducir el
riesgo de que vuelva a producirse una situación similar.
Dado que la energía eólica y solar fotovoltaica son tecnologías no gestionables, que
para funcionar dependen de la presencia de un factor externo y natural, como es el
viento o el sol, se hace necesario completar estas tecnologías con otras que, sin perder
de vista la sostenibilidad y la competitividad, permitan alcanzar un sistema 100 %
renovable y suficientemente flexible para poder responder a las variaciones de
generación solar o eólica, así como para dotar el sistema eléctrico de mejor control de
tensión y frecuencia.
Sin perjuicio de las medidas que puedan adoptarse en el ámbito europeo y estatal
para hacer más resiliente la red eléctrica y para reforzar los cortafuegos a fin de que una
incidencia en algún punto de la red no cause un apagón general como el del 28 de abril
de 2025, Cataluña tiene competencias para incidir en la reducción de los riesgos de
desconexión del sistema eléctrico y para estimular el desarrollo de elementos de gestión
de este sistema, estableciendo un marco regulatorio claro y eficiente que permita dotar
de seguridad jurídica la tramitación de estos proyectos.
Un elemento clave para la gestión del sistema son las baterías, que permiten
almacenar energía y también sirven como sistema de apoyo en caso de interrupción del
suministro. Las baterías reducen el riesgo de apagón en el sistema eléctrico, pueden
funcionar en isla en caso de apagón a fin de que el consumidor siga disponiendo de
suministro de energía eléctrica y, en el caso de las baterías de un cierto tamaño, pueden
contribuir a la recuperación del suministro eléctrico del sistema en caso de apagón. Es
por eso que se hace imprescindible aclarar el marco normativo de las baterías y dotarlo
de más seguridad jurídica, introduciendo cambios a su tramitación urbanística y
energética, de manera que las empresas desarrolladoras de los proyectos, los
ayuntamientos y la ciudadanía tengan un marco normativo claro que no genere ninguna
duda respecto de la tramitación de este tipo de instalaciones y que permita acelerar la
implementación con todas las garantías para todos los actores implicados. Como las
baterías son un elemento relativamente nuevo, que gracias a la bajada de costes de los
últimos años se ha convertido en viable, la legislación catalana no regulaba hasta ahora
este tipo de instalaciones de manera clara. Cuestiones como el procedimiento de que
hay que seguir, la normativa aplicable tanto energética como urbanística, o cuestiones
relacionadas con la potencia y la conexión a efectos de expropiaciones o de normativa
cve: BOE-A-2025-16905
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 196
Viernes 15 de agosto de 2025
Sec. I. Pág. 111540
como el ciclo combinado de gas (45-108 $/MWh), el carbón (69-168 $/MWh) o la nuclear
(142-222 $/MWh).
En cuanto a la sostenibilidad, se hace absolutamente imprescindible tomar medidas
para reducir la huella de carbono del sector energético, uno de los principales
responsables del cambio climático globalmente. Tal como destaca el Panel
Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC), la manera más rápida, eficaz y
eficiente de combatir el cambio climático es mediante la instalación de centrales solares
fotovoltaicas y eólicas.
Finalmente, un sistema energético seguro pasa por obtener la energía de fuentes
autóctonas, de forma que se reduzca la dependencia de combustibles que vienen de
fuera de las fronteras de la Unión Europea y que están sometidos al riesgo de tensiones
geopolíticas, como quedó patente con la subida extrema del precio del gas natural a raíz
de la invasión rusa de Ucrania en febrero del 2022. Por el contrario, las energías eólica,
solar e hidráulica, en tanto que utilizan el viento, el sol y el agua, permiten generar
energía de forma local y reducir, por lo tanto, la dependencia energética. Asimismo, un
sistema energético seguro debe garantizar el suministro de calidad, mediante las
renovables, el almacenaje, las redes inteligentes y la gestión de la demanda.
Sin embargo, hay medidas que hay que adoptar de manera inmediata, y que resultan
especialmente relevantes, necesarias y urgentes después de la alteración generalizada
del suministro eléctrico en la península Ibérica del día 28 de abril de 2025, para reducir el
riesgo de que vuelva a producirse una situación similar.
Dado que la energía eólica y solar fotovoltaica son tecnologías no gestionables, que
para funcionar dependen de la presencia de un factor externo y natural, como es el
viento o el sol, se hace necesario completar estas tecnologías con otras que, sin perder
de vista la sostenibilidad y la competitividad, permitan alcanzar un sistema 100 %
renovable y suficientemente flexible para poder responder a las variaciones de
generación solar o eólica, así como para dotar el sistema eléctrico de mejor control de
tensión y frecuencia.
Sin perjuicio de las medidas que puedan adoptarse en el ámbito europeo y estatal
para hacer más resiliente la red eléctrica y para reforzar los cortafuegos a fin de que una
incidencia en algún punto de la red no cause un apagón general como el del 28 de abril
de 2025, Cataluña tiene competencias para incidir en la reducción de los riesgos de
desconexión del sistema eléctrico y para estimular el desarrollo de elementos de gestión
de este sistema, estableciendo un marco regulatorio claro y eficiente que permita dotar
de seguridad jurídica la tramitación de estos proyectos.
Un elemento clave para la gestión del sistema son las baterías, que permiten
almacenar energía y también sirven como sistema de apoyo en caso de interrupción del
suministro. Las baterías reducen el riesgo de apagón en el sistema eléctrico, pueden
funcionar en isla en caso de apagón a fin de que el consumidor siga disponiendo de
suministro de energía eléctrica y, en el caso de las baterías de un cierto tamaño, pueden
contribuir a la recuperación del suministro eléctrico del sistema en caso de apagón. Es
por eso que se hace imprescindible aclarar el marco normativo de las baterías y dotarlo
de más seguridad jurídica, introduciendo cambios a su tramitación urbanística y
energética, de manera que las empresas desarrolladoras de los proyectos, los
ayuntamientos y la ciudadanía tengan un marco normativo claro que no genere ninguna
duda respecto de la tramitación de este tipo de instalaciones y que permita acelerar la
implementación con todas las garantías para todos los actores implicados. Como las
baterías son un elemento relativamente nuevo, que gracias a la bajada de costes de los
últimos años se ha convertido en viable, la legislación catalana no regulaba hasta ahora
este tipo de instalaciones de manera clara. Cuestiones como el procedimiento de que
hay que seguir, la normativa aplicable tanto energética como urbanística, o cuestiones
relacionadas con la potencia y la conexión a efectos de expropiaciones o de normativa
cve: BOE-A-2025-16905
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 196