Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-16989)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de BSH Electrodomésticos España, SA (Servicio BSH al Cliente).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198

Lunes 18 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 112453

Formación: BUP, ESO, Titulación Profesional o equivalente o Conocimientos
equivalentes equiparados por la empresa, completadas ambas con formación y
adaptación en el puesto de trabajo durante al menos dos años.
Área funcional gestión-técnicos (soporte centros de servicio).
Comprende los siguientes Niveles Salariales:
– Niveles A, B o C: los puestos de Administrativo, oficial administrativo,
administrativo-vendedor, vendedor Service Shop, telefonista, almacenero, almacenerovendedor, mozo de almacén, así como los puestos auxiliares de cada Área funcional.
También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 4,
5, 6, y 7.
Área funcional operativa.
Es personal de convenio y comprende los siguientes Niveles Salariales:
– Nivel D: pertenecen a este nivel los trabajadores/as del Grupo 3 que ya han
superado el período de acogida y adaptación, y que bajo dependencia de mando de
profesionales de más alta cualificación y/o experiencia, ya han adquirido los
conocimientos y experiencia adecuada para realizar las tareas de Técnico Reparador o
Preparador de Avisos (siempre que por cuestiones de redistribución de tareas no se trate
de personal exento, en cuyo caso se respetarán categoría y salario. Del mismo modo,
cuando la actividad del preparador de avisos, sea llevada a cabo por un técnico
reparador, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 39 del Estatuto de los
Trabajadores, así como lo dispuesto en los artículos 21 y 22 del presente convenio,
pudiéndose dar por tanto la alternancia entre ambas tareas y puestos).
– Nivel E: pertenecen a este nivel los puestos de entrada de auxiliar de servicios,
puestos de promoción comercial (promotores) y puestos o funciones de montaje,
instalación, demostración y puesta en marcha; así como aquellos empleados contratados
en régimen de Formación DUAL (combina formación y experiencia laboral práctico).
También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 8,
9 y 10 si los hubiera.

Pertenecen a estos niveles los trabajadores/as de los Grupos 3 C y 3 D denominados
ACOGES. Son aquellos que recién entrados en la empresa todavía están en período de
acogida y adaptación, y que bajo dependencia de mando de profesionales de más alta
cualificación y/o experiencia, van adquiriendo los conocimientos y experiencia adecuada
para asumir y entender los procesos establecidos, adquirir destreza en el uso de
herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas
y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y
procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Durante
ese período van paulatinamente compartiendo autonomía, iniciativa y responsabilidad
bajo supervisión.
Comprenden, dependiendo de su evolución, de tres niveles salariales progresivos:
3C-1, 3C-2, 3C-3 y 3D-1, 3D-2 y 3D-3.
Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva
clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o
función en fase de aprendizaje, como los puestos Acoges, Promotores/as,
Demostradores/as y Auxiliares que pasarían a ser Grupo 3 Acoge excepto si han
cumplido ya los períodos de adaptación por nivel.
También a título orientativo, pueden corresponder a los Grupos de Cotización 6, 7, 8
y 9 (Grupo 3 Nivel C Acoge) y Grupos 10 y 11 si los hubiera (Grupo 3 Nivel D Acoge).

cve: BOE-A-2025-16989
Verificable en https://www.boe.es

Acoges.