Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-17017)
Resolución de 31 de julio de 2025, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Económico-Financiera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de agosto de 2025

Sec. II.B. Pág. 112999

c) Las personas aspirantes que, en la instancia de participación (Recuadro C)
hayan alegado la condición de discapacitado/a por causa de ser pensionista de la
Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el
grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con
reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente
para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP»,
respectivamente, deberán presentar la resolución que acredite tal situación.
3.12 Para el caso de presentación de subsanaciones o mejora de la solicitud,
dentro del plazo establecido en la base 3.1, deberá formalizarse mediante modelo de
«Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es,
sección «Registro electrónico»).
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres
meses, el Sr. Rector de la Universidad dictará resolución en virtud de la cual se
declararán aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y
excluidas al proceso selectivo. En esta resolución, que será publicada en el BOCYL,
figurarán las personas aspirantes excluidas con indicación expresa de la causa de
exclusión. Las listas certificadas completas de las personas aspirantes admitidas y
excluidas serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica
de la Universidad de Valladolid. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el
supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas
aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la
relación de excluidos/as sino, además, que sus nombres figuran en la pertinente relación
de admitidos/as.
4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de quince días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución
en el BOCYL, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su
omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as. Las personas aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su
derecho a ser incluidas en la relación de admitidos/as, serán definitivamente excluidas
del proceso selectivo.
La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará del modo previsto
en la base 3.3, teniéndose en cuenta que habrá de cumplimentarse el modelo de
«Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es,
sección «Registro electrónico»).
4.3 Finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes de subsanación, el
Sr. Rector dictará resolución que eleve a definitivas las listas de personas aspirantes
admitidas y excluidas. En dicha resolución figurará la fecha y lugar de celebración del
primer ejercicio de la fase de oposición y este acto pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, las personas aspirantes definitivamente excluidas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente a la publicación en el BOCYL de la citada resolución, ante el Juzgado
competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid.
Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso,
no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta
que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de
reposición.
4.4 En las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas a las que se hace
mención en la presente base, figurarán las personas aspirantes identificadas según lo
previsto por la LOPDP. En el caso de las personas aspirantes excluidas, además, se
indicará la causa o motivo de exclusión.

cve: BOE-A-2025-17017
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Núm. 199