Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2025061802)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a otorgar a las Asociaciones y Federaciones de Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 86
Miércoles 7 de mayo de 2025

24906

presentar en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de esta
resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura junto con su extracto en la
dirección web http://doe.juntaex.es, así como en la sede electrónica asociada de la Junta
de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal de Transparencia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias.
En el supuesto de no mostrar en los apartados correspondientes el consentimiento expreso
para obtener información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
seguridad social, así como de obtener del Servicio de Poderes Notariales el poder de representación, se deberán aportar los certificados correspondientes.
2. J unto con la solicitud se presentará la siguiente documentación:
a. Estatutos de la Asociación o Federación de Asociaciones de Personas Consumidoras de
Extremadura.
b. Relación nominativa de personas asociadas con vecindad administrativa en cualquier
localidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con indicación del DNI, nombre,
apellidos, número de teléfono y dirección de correo ordinario y/o electrónico.
c. Relación de reclamaciones tramitadas por la solicitante durante el ejercicio anterior a la
convocatoria, con indicación de número de teléfono y domicilio de las personas consumidoras y usuarias que presentaron la reclamación.
d. Última Relación Nominal de Trabajadores -TC2- y Recibo de Liquidación de Cotizaciones
o acreditación bancaria de este pago.
e. Declaración responsable (conforme al modelo anexo II), en la que se haga constar:


— Si esta incurso en prohibición para ser beneficiaria de la subvención.



— Relación de oficinas de atención presencial abiertas en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, con indicación de la dirección postal.



— Personal de plantilla afecto a la actividad subvencionada con indicación del grupo de
cotización y el porcentaje de la jornada dedicado a ésta, así como la dirección de la
oficina en que cada uno presta atención a las personas consumidoras y usuarias.



— Horario de atención a las personas consumidoras y usuarias de las oficinas.



— Acciones formativas y educativas en materia de consumo, desarrolladas presencialmente en Extremadura durante el ejercicio anterior al de la convocatoria, con indicación de fechas y número de horas.