Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2025061802)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a otorgar a las Asociaciones y Federaciones de Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 86
Miércoles 7 de mayo de 2025

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3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, de conformidad con lo previsto en los
artículos 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y
simplificación administrativa de Extremadura y en el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los documentos
que ya estuvieran en poder de la Administración no se tendrán que presentar, siempre y
cuando se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o
emitidos y siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan.
4. Tanto la solicitud como la documentación correspondiente se presentará a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica asociada a la sede electrónica corporativa
de la Junta de Extremadura
https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO ,
de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico
de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera
de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. La presentación de la solicitud conlleva la aceptación de las condiciones establecidas tanto
en el decreto por el que se aprueban las bases reguladoras de esta subvención, como en
la presente convocatoria.
Quinto. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de
subvenciones y plazo para la notificación de la resolución. Comisión de valoración.
a. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones correrá
a cargo de la Jefatura de Servicio de Control de Mercados, del Instituto de Consumo de
Extremadura, que realizará de oficio cuantas actuaciones de determinación, conocimiento
y comprobación de los datos resulten precisas para formular la propuesta de resolución.
b. Para la evaluación de las solicitudes se constituirá una comisión de valoración que llevará
a cabo las actuaciones de:
— Estudio y valoración de las solicitudes y documentación presentada por las interesadas,
conforme a los criterios que se indican en el resuelvo siguiente.
— Recabar los informes de las solicitudes a evaluadores propios del Instituto de Consumo
de Extremadura o a otros externos cuando, en su caso, se estimen necesarios.
— Elaborar informe vinculante en el que se concrete el resultado de la valoración.