Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (2025061845)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en las categorías de Técnico/a Medio en Cuidados Auxiliares de Enfermería y Técnico/a Auxiliar de Farmacia en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025
25786
que se trate, incluyendo la fecha, hora de presentación y el número de entrada en el registro,
así como un formulario acreditativo de otros documentos que, en su caso, se acompañen a
la solicitud.
3.1.1. En el supuesto de estar interesados los cónyuges o parejas de hecho en las plazas
que se ofertan en el presente concurso y que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, podrán condicionar sus peticiones por razón de convivencia familiar al hecho de que
ambos obtengan destino en dicho concurso, entendiéndose anulada la petición efectuada
por ambos en el supuesto de que uno de ellos no obtenga destino.
Ambos participantes que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en el
apartado correspondiente de la instancia, indicando el DNI del otro solicitante, así como
aportar los dos la documentación que acredite dicha condición de cónyuge o pareja de
hecho. Si una de las personas solicitantes no condicionara su petición, se considerará que
la petición de la otra persona no está sujeta a condición alguna y se tramitará entendiendo
que no existe dicho condicionante.
3.1.2. Durante el plazo de presentación de instancias los concursantes podrán modificar o
desistir de sus solicitudes mediante nueva instancia, que anulará totalmente las anteriores, debiendo firmar digitalmente y registrar telemáticamente esta última según se indica
en el anexo III. Finalizado dicho plazo no se admitirá modificación alguna en la relación de
plazas solicitadas.
3.1.3. No obstante, los interesados podrán renunciar a la participación en el concurso o
a la solicitud condicionada hasta el día anterior a la constitución de la Comisión de Valoración, que se anunciará con, al menos, 10 días naturales de antelación en el Portal de
Selección. Dicha renuncia se tramitará de conformidad con lo establecido en el anexo III.
Los concursantes reingresados al servicio activo con carácter provisional en plaza dependiente del Servicio Extremeño de Salud, que desistieran de su participación en el concurso,
serán declarados de oficio en la situación de excedencia voluntaria.
En el supuesto de que la renuncia se hubiese formulado por uno de los participantes en el
concurso que hubiere condicionado su solicitud en los términos señalados en el subapartado 3.1.1. de la convocatoria, dicha renuncia no implicará la del otro participante, cuya
solicitud continuará su tramitación en dicho procedimiento de provisión.
3.2. Los participantes deberán indicar en la solicitud, por orden de prelación, las vacantes
a las que optan, especificando a tal fin el código o los códigos de las plazas y/o el código o
códigos de los centros hospitalarios que figuran en el anexo II.
Lunes 12 de mayo de 2025
25786
que se trate, incluyendo la fecha, hora de presentación y el número de entrada en el registro,
así como un formulario acreditativo de otros documentos que, en su caso, se acompañen a
la solicitud.
3.1.1. En el supuesto de estar interesados los cónyuges o parejas de hecho en las plazas
que se ofertan en el presente concurso y que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, podrán condicionar sus peticiones por razón de convivencia familiar al hecho de que
ambos obtengan destino en dicho concurso, entendiéndose anulada la petición efectuada
por ambos en el supuesto de que uno de ellos no obtenga destino.
Ambos participantes que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en el
apartado correspondiente de la instancia, indicando el DNI del otro solicitante, así como
aportar los dos la documentación que acredite dicha condición de cónyuge o pareja de
hecho. Si una de las personas solicitantes no condicionara su petición, se considerará que
la petición de la otra persona no está sujeta a condición alguna y se tramitará entendiendo
que no existe dicho condicionante.
3.1.2. Durante el plazo de presentación de instancias los concursantes podrán modificar o
desistir de sus solicitudes mediante nueva instancia, que anulará totalmente las anteriores, debiendo firmar digitalmente y registrar telemáticamente esta última según se indica
en el anexo III. Finalizado dicho plazo no se admitirá modificación alguna en la relación de
plazas solicitadas.
3.1.3. No obstante, los interesados podrán renunciar a la participación en el concurso o
a la solicitud condicionada hasta el día anterior a la constitución de la Comisión de Valoración, que se anunciará con, al menos, 10 días naturales de antelación en el Portal de
Selección. Dicha renuncia se tramitará de conformidad con lo establecido en el anexo III.
Los concursantes reingresados al servicio activo con carácter provisional en plaza dependiente del Servicio Extremeño de Salud, que desistieran de su participación en el concurso,
serán declarados de oficio en la situación de excedencia voluntaria.
En el supuesto de que la renuncia se hubiese formulado por uno de los participantes en el
concurso que hubiere condicionado su solicitud en los términos señalados en el subapartado 3.1.1. de la convocatoria, dicha renuncia no implicará la del otro participante, cuya
solicitud continuará su tramitación en dicho procedimiento de provisión.
3.2. Los participantes deberán indicar en la solicitud, por orden de prelación, las vacantes
a las que optan, especificando a tal fin el código o los códigos de las plazas y/o el código o
códigos de los centros hospitalarios que figuran en el anexo II.